- GazpachoNoob
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Titular de otra vivienda
Jue Sep 27, 2012 12:04 pm
Hola, tengo una duda, ¿se puede seguir cobrando la ayuda si te compras un piso?. El piso está en un pueblo a unos 200 Km. de donde estoy alquilado por razones de trabajo.
Esto es que he encontrado:
http://www.enalquiler.com/ayudas_alquiler/renta-basica-emancipacion-valencia_23.html
http://blog.elrealista.es/?p=3007
-No podrán ser beneficiarios de la renta básica de emancipación quienes sean titulares de bienes y derechos con un valor, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, superior a 110.000 €.
-Quienes sean titulares de otra vivienda, deberán aportar nota registral de la misma, a efectos de comprobar si disponen del uso y disfrute, y un certificado del valor de la vivienda determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales emitido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde esté situada la vivienda, para comprobar que el valor de la misma no excede del 60% del precio máximo de una vivienda protegida de régimen general. Antes de esta modificación cuando un solicitante era titular de una vivienda debía presentar el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.
-En su caso, y en el supuesto que el arrendatario sea titular de otra vivienda, original y copia para su cotejo, del último recibo de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, para acreditar que el valor catastral de dicha vivienda no excede del 60 por 100 del precio máximo de venta de una Vivienda Protegida de Precio General, calificada provisionalmente en la misma localidad en el momento de la solicitud de la presente ayuda.
Si es posible seguir percibiendo la ayuda, que valor catastral máximo debería tener el piso si para la localidad la VPO RG (Vivienda de Protección Oficial de Régimen General) es 1.212,80 €. ¿Tiene que ver los metros que tiene o solo el valor catastral?
Esto es que he encontrado:
http://www.enalquiler.com/ayudas_alquiler/renta-basica-emancipacion-valencia_23.html
http://blog.elrealista.es/?p=3007
-No podrán ser beneficiarios de la renta básica de emancipación quienes sean titulares de bienes y derechos con un valor, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, superior a 110.000 €.
-Quienes sean titulares de otra vivienda, deberán aportar nota registral de la misma, a efectos de comprobar si disponen del uso y disfrute, y un certificado del valor de la vivienda determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales emitido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde esté situada la vivienda, para comprobar que el valor de la misma no excede del 60% del precio máximo de una vivienda protegida de régimen general. Antes de esta modificación cuando un solicitante era titular de una vivienda debía presentar el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.
-En su caso, y en el supuesto que el arrendatario sea titular de otra vivienda, original y copia para su cotejo, del último recibo de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, para acreditar que el valor catastral de dicha vivienda no excede del 60 por 100 del precio máximo de venta de una Vivienda Protegida de Precio General, calificada provisionalmente en la misma localidad en el momento de la solicitud de la presente ayuda.
Si es posible seguir percibiendo la ayuda, que valor catastral máximo debería tener el piso si para la localidad la VPO RG (Vivienda de Protección Oficial de Régimen General) es 1.212,80 €. ¿Tiene que ver los metros que tiene o solo el valor catastral?
- JuanluInvitado
Re: Titular de otra vivienda
Jue Sep 27, 2012 3:08 pm
Los metros seguro que no tienen nada que ver, irá en función del valor catastral. ¿Cuántos meses te quedan de RBE? te lo pregunto porque si te quedan pocos igual no te merece la pena hacer nada y que se extinga sola. Con el caos que tienen probablemente ni se den cuenta del hecho por un par de meses.
- GazpachoNoob
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Re: Titular de otra vivienda
Jue Sep 27, 2012 3:37 pm
Juanlu escribió:Los metros seguro que no tienen nada que ver, irá en función del valor catastral. ¿Cuántos meses te quedan de RBE? te lo pregunto porque si te quedan pocos igual no te merece la pena hacer nada y que se extinga sola. Con el caos que tienen probablemente ni se den cuenta del hecho por un par de meses.
Hola Juanlu, me quedan 13 meses, cuando cumplo los 30 años.
La verdad es que el piso esta a un precio bastante interesante en mi pueblo (Hay uno de 30.000 y otro de 40.000). Donde estoy alquilado no creo este más del verano por motivos de trabajo (empresa no le quedan muchos meses para quebrar) pero mantener la ayuda me vendría bien.
- AlguienInvitado
Re: Titular de otra vivienda
Jue Sep 27, 2012 4:24 pm
Por lo que has escrito, entiendo que deberás dividir el valor catastral de la vivienda que has comprado entre los metros útiles que tiene, y el precio del metro debe ser inferior al 60% de 1212,80 € que segun tu, yo le desconozco es el precio del metro de VPO en la localidad donde te vas a comprar la vivienda.
Caso de ser superior deberías comunicarlo y darte de baja de la RBE, pues parece muy claro que es un motivo de incumplimiento, o arriesgarte a no comunicarlo, sabiendo que quizás algún día te hagan devolver con intereses lo indebidamente percibido.
Salu2
Caso de ser superior deberías comunicarlo y darte de baja de la RBE, pues parece muy claro que es un motivo de incumplimiento, o arriesgarte a no comunicarlo, sabiendo que quizás algún día te hagan devolver con intereses lo indebidamente percibido.
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- GazpachoNoob
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Re: Titular de otra vivienda
Jue Sep 27, 2012 5:58 pm
Alguien escribió:Por lo que has escrito, entiendo que deberás dividir el valor catastral de la vivienda que has comprado entre los metros útiles que tiene, y el precio del metro debe ser inferior al 60% de 1212,80 € que segun tu, yo le desconozco es el precio del metro de VPO en la localidad donde te vas a comprar la vivienda.
Caso de ser superior deberías comunicarlo y darte de baja de la RBE, pues parece muy claro que es un motivo de incumplimiento, o arriesgarte a no comunicarlo, sabiendo que quizás algún día te hagan devolver con intereses lo indebidamente percibido.
Salu2
Gracias, por tu respuesta, yo tambien he entendido lo mismo que tu. Ahora solo me falta saber el valor catastral y los metros exactos, llamaré al 900 para preguntar.
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