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VALENCIANA - Guía ayudas al alquiler Comunidad Valenciana 2017 Empty Guía ayudas al alquiler Comunidad Valenciana 2017

Lun Abr 24, 2017 1:55 pm
El Consell se ha comprometido a colaborar con aquellas personas que más lo necesitan para que puedan acceder a una vivienda en alquiler, tomando medidas para implantar la línea de ayudas que dé respuesta a las necesidades de la ciudadanía.

En los ejercicios 2015 y 2016, ya fueron convocadas las ayudas para alquiler. La convocatoria realizada en el ejercicio 2015 supuso un elevado interés para la ciudadanía, que cada vez se inclina más al disfrute de una vivienda en alquiler, triplicándose en el ejercicio 2016 el número de solicitudes.

Por ello, para el ejercicio 2017 se van a convocar de nuevo las ayudas, habiéndose presupuestado para las mismas un importe de 8.587.850,00 euros.

¿Quién puede pedir esta ayuda?

Las personas titulares de un contrato de arrendamiento, para la vivienda que sea su domicilio habitual y permanente, que cumplan estas condiciones:

• El precio del alquiler debe ser inferior a los límites fijados para cada municipio.
• Los Ingresos de la Unidad de Convivencia (IUC), es decir la suma de ingresos de todos las personas que tengan su domicilio en esa vivienda, no han de superar unos límites prefijados, en adelante Límite de Ingresos de laUnidad de Convivencia (LIUC). En la página web del portal www.gva.es se podrá consultar el simulador para obtener esta información.

Tendrán prioridad en la concesión de ayudas el grupo de especial protección, formado por:

• Personas afectadas por desahucios, ejecución hipotecaria o dación en pago.
• Jóvenes menores de 30 años.
• Familias monoparentales según lo dispuesto en el Decreto 179/2013 de 22 de noviembre del Consell de la Generalitat.
• Personas con diversidad funcional (grado de discapacidad igual o superior al 33%).
• Víctima de Violencia de género: documentación del juzgado
• Jóvenes extutelados: acreditación administrativa
• Personas inscritas en el Registro de Demandantes de Vivienda, establecido por la Ley 2/2017, la función social de la vivienda de la Comunitat Valencia.
• Personas a las que se les haya reconocido la Renta Garantizada de Ciudadanía de la Comunitat Valenciana, de conformidad con la Ley 9/2007.

¿Cómo se pide la ayuda?

Se rellena el formulario desde cualquier ordenador con acceso a internet.
• Si se dispone de certificado digital, toda la tramitación se puede hacer desde casa, escaneando la documentación complementaria a presentar.
• Si no se dispone de certificado digital, se rellena el formulario y se imprime el justificante. Ese justificante debe ser presentado por registro de entrada en los Servicios Territoriales de Vivienda y Rehabilitación, Oficinas Prop, Ayuntamientos e incluso por correo certificado, junto con la documentación complementaria.
La ayuda se debe pedir en el plazo establecido para ello, presentando el justificante de la solicitud y la documentación complementaria, por alguno de estos dos métodos.
Las ayudas se tramitan en concurrencia competitiva, lo que quiere decir que solo se pueden solicitar en un periodo determinado de tiempo, se valoran todas las solicitudes y se conceden las ayudas a las solicitudes que más se acercan a los criterios de valoración.

¿Qué documentación hay que aportar?

El impreso de solicitud, acompañado de la siguiente documentación.

a. Identificación de las personas: Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante y demás miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años, y en caso de personas extranjeras, NIE y permiso de trabajo y residencia en vigor, conforme a lo establecido en la legislación estatal.
b. Acreditación de empadronamiento único por vivienda que incluya a todas las personas: Documento que acredite, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato, a los efectos de determinar la unidad de convivencia. La acreditación deberá ser única por vivienda, incluyendo a todas las personas que figuren allí empadronadas.
c. Contrato de arrendamiento de la vivienda, con mención expresa de su referencia catastral, de duración mínima de un año y domiciliación bancaria del pago del alquiler, formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, firmado en todas sus páginas.
d. Recibo bancario del último pago del alquiler efectuado.
e. Declaración responsable y autorización suscrita por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayor de 16 años, que será facilitada con el impreso de solicitud.
MUY IMPORTANTE: El titular del contrato debe ser el solicitante de las ayudas y el titular de la cuenta bancaria para ingreso de la ayuda. Cuando en el contrato haya dos inquilinos titulares puede ser cualquiera de ellos.

Guía informativa Ayudas al alquiler

VALENCIANA - Guía ayudas al alquiler Comunidad Valenciana 2017 E6b953cd-9292-44b3-a562-e41e30516276?t=1492775451933
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