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Las nuevas ayudas al alquiler entran oficialmente en vigor Empty Las nuevas ayudas al alquiler entran oficialmente en vigor

Miér Dic 03, 2014 2:04 pm
Según lo publicado en el BOE. La orden del Ministerio de Fomento "determina la efectividad de las líneas de ayuda del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016”.

¿Dónde se regulan las ayudas?

El Real Decreto que regula las ayudas al alquiler se publicó en el BOE en abril del año 2013. Sin embargo, se retrasó su entrada en vigor, mientras el Gobierno cerraba los acuerdos entre las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Fomento para poder ponerlas en marcha. Tras cerrar esos acuerdos, en abril presentó el Plan, pero aún faltaba la publicación de la orden del Ministerio de Fomento para que se hicieran efectivas. Una vez publicada en el BOE, la orden que da efectividad a las ayudas entrará en vigor el jueves.

¿De cuánto será la ayuda al alquiler?

Se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 40% de la renta anual que paga el inquilino por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda.

¿Cuándo se pagará?

Se abonarán mensualmente por el importe proporcional al monto anual.

¿Durante qué plazo se concede?

Se concederán por un plazo de 12 meses, prorrogables, siempre a solicitud del interesado, por sucesivos periodos de 12 meses, hasta la finalización del Plan, es decir, 2016.

¿Quién puede solicitar la ayuda al alquiler?

Las ayudas al alquiler las pueden solicitar personas físicas mayores de edad, con un contrato de alquiler o que deseen acceder a uno. En este segundo caso, el contrato deberá aportarse en el plazo de 30 días desde la resolución de concesión de la ayuda, que quedará condicionada a su aportación.

Se fija un límite de ingresos inferior a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que será modulable según el número de miembros y composición de la unidad de convivencia. Se considera unidad de convivencia al conjunto de personas que habitan en una vivienda de manera habitual y permanente, independientemente de la relación entre ellas y tanto si aparecen como si no en el contrato de alquiler.

¿Cómo y dónde se solicitan?

La gestión de las ayudas es competencia de las Comunidades Autónomas y son ellas las que establecen la forma, plazon y vía para solcitarlas, en concreto, la Consejería competente en materia de vivienda de cada comunidad. Una vez que se han hecho efectivas las ayudas del Plan Estatal, las convocatorias concretas las irá publicando cada comunidad autónoma

Cada Comunidad, eso sí, cuenta con un presupuesto limitado y fijado a nivel estatal. La Conferencia Sectorial de Urbanismo, Vivienda y Suelo celebrada el 22 de julio de 2013 determinó, para cada Comunidad Autónoma, Ceuta y Melilla, los porcentajes de reparto de los recursos disponibles para subvenciones.

¿Qué ocurre con la renta básica de emancipación?

Desaparece con la entrada en vigor de las nuevas ayudas al alquiler. La renta básica de emancipación es el conjunto de ayudas directas del Estado, destinadas al apoyo económico para el pago del alquiler de la vivienda que establecía el anterior plan de ayuda al alquiler y que regulaba el Real Decreto 1472/2007.

Según la orden publicada este miércoles por el Ministerio de Fomento, para los beneficiarios de las ayudas de renta básica de emancipación se aplicará lo siguiente:

- La efectividad de las nuevas líneas de ayuda se producirá a la finalización del plazo por el cual tuviera reconocida la ayuda de renta básica de emancipación

- Podrá solicitar las ayudas y desde que se resuelva favorablemente su solicitud perderá el derecho a la ayuda de renta básica de emancipación.

El Ministerio ya había cerrado el grifo a nuevas solicitudes a finales de 2011 y las había reducido en un 30% hasta los 147 euros mensuales en julio de 2012.

Link al BOE: http://www.boe.es/boe/dias/2014/12/03/pdfs/BOE-A-2014-12560.pdf

Artículos con más información: https://alquiler.forosactivos.net/t2088-hilo-sobre-las-nuevas-ayudas-al-alquiler

https://alquiler.forosactivos.net/t1813-requisitos-y-condiciones-para-solicitar-las-nuevas-ayudas-al-alquiler
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nayarajose
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Las nuevas ayudas al alquiler entran oficialmente en vigor Empty Re: Las nuevas ayudas al alquiler entran oficialmente en vigor

Miér Dic 03, 2014 2:59 pm
Entonces a partir de mañana ya se pueden solicitar? Soi de andalucia donde tendria q ir a solicitar la ayuda
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cris24
Invitado

Las nuevas ayudas al alquiler entran oficialmente en vigor Empty alquiler andalucia

Jue Dic 04, 2014 1:53 pm
hoy he llamado yo a la delegación de cadiz y me han informado que aun no las han aprobado en andalucia, que estemos pendiente que en breve podremos solicitarla.
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kuno1o3
CasaPapi
CasaPapi
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Las nuevas ayudas al alquiler entran oficialmente en vigor Empty Re: Las nuevas ayudas al alquiler entran oficialmente en vigor

Lun Ene 12, 2015 4:22 am
he estado mirando las ayudas para andalucia y me he encontrao con dos ayudas para el alquiler

Ayudas a personas inquilinas en situación vulnerable para el alquiler de viviendas gestionadas por entidades públicas "esta ayuda esta cerrada la solicitud comprendian 06/08/2014 - 01/10/2014" con un indicador del 1.5 iprem Orden de 29 de julio de 2014

http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/75393.html

y esta otra

Ayudas a personas en circunstancias de emergencia social por procedimientos de desahucios o de ejecución

http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/77669.html

esta esta todavia activa 13/11/2014 - Hasta agotar el crédito establecido

por favor si alguien me pudiera explicar si la primera es el del plan general del ministerio por que estaba interesado en solicitarla y me he topado con esto y se me paso el plazo, hay varios noticias que y dejo una que esta aprobado en septiembre de este mismo año pero que no se sabe nada de la solicitud

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/09/15/andalucia/1410792773_403318.html

gracias
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