- CFMALAGAInvitado
Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza
Sáb Nov 26, 2011 7:56 pm
Hola,
Para que en la declaración te deduzcan por alquiler de vivienda, en Andalucía debemos cumplir:
Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza a que se refiere el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, (BOE del 25), a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con la normativa autonómica de aplicación.
¿ Alguien puede ayudarme con esto?
Sabe que documento necesito para acreditar este depósito?
¿Es el dueño del piso el que me tiene que realizar ese depósito?
Muchas gracias
Para que en la declaración te deduzcan por alquiler de vivienda, en Andalucía debemos cumplir:
Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza a que se refiere el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, (BOE del 25), a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con la normativa autonómica de aplicación.
¿ Alguien puede ayudarme con esto?
Sabe que documento necesito para acreditar este depósito?
¿Es el dueño del piso el que me tiene que realizar ese depósito?
Muchas gracias
- 766352pgAlquilado/a
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Re: Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza
Lun Nov 28, 2011 8:52 am
Es el propietario de la vivienda quien tiene la fianza y el que la debe depositar a favor de la Comunidad Autonoma.
Si no lo hace, quiza en unos meses, crucen los datos de tu RBE con los datos de los propietarios que ingresan la fianza, y vean que no la ha ingresado. Entonces le pueden enviar una carta para reclarselo y a demas una multa por retrasarse de has ta 1500€.
Asi que a ti te interesa que lo haga y a el propietario tambien.
Si no lo hace, quiza en unos meses, crucen los datos de tu RBE con los datos de los propietarios que ingresan la fianza, y vean que no la ha ingresado. Entonces le pueden enviar una carta para reclarselo y a demas una multa por retrasarse de has ta 1500€.
Asi que a ti te interesa que lo haga y a el propietario tambien.
- CFMALAGAInvitado
Re: Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza
Mar Nov 29, 2011 8:18 pm
Hola
Hoy he llamado al propietario del piso y me dice que no tiene hecho el deposito.
Desde hacienda tengo hasta el 9 de diciembre para reclamar la deducción autonómica.
Al principio de la conversación quería librarse de todo, pues me hacía hincapié que el no está obligado ha hacerlo, y ahora me dice que va a realizar el depósito, pero que yo tengo que pagar la mitad de la demora, según el me comenta unos 60 €, pues mi alquiler son de 600€, él pagaría otros 60€.
Pues os pregunto si yo puedo denunciarlo por no haber hecho el depósito, a donde debo de dirigirme, etc. Como indico eso en hacienda. Pues tengo como plazo hasta el 9 de diciembre para alegar algo, sino no me deducen los 500 €, por autonómica.
Muchas gracias
Saludos cordiales
Hoy he llamado al propietario del piso y me dice que no tiene hecho el deposito.
Desde hacienda tengo hasta el 9 de diciembre para reclamar la deducción autonómica.
Al principio de la conversación quería librarse de todo, pues me hacía hincapié que el no está obligado ha hacerlo, y ahora me dice que va a realizar el depósito, pero que yo tengo que pagar la mitad de la demora, según el me comenta unos 60 €, pues mi alquiler son de 600€, él pagaría otros 60€.
Pues os pregunto si yo puedo denunciarlo por no haber hecho el depósito, a donde debo de dirigirme, etc. Como indico eso en hacienda. Pues tengo como plazo hasta el 9 de diciembre para alegar algo, sino no me deducen los 500 €, por autonómica.
Muchas gracias
Saludos cordiales
- 766352pgAlquilado/a
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Re: Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza
Miér Nov 30, 2011 8:33 am
Si el propietario no cumple con la ley, es él el que tendrá que pagar las consecuencias.
Aquí en Cataluña, donde yo trabajo, a los propietarios de las viviendas donde se ha pedido una RBE, si a los 6 meses no se había entregado la fianza, les envían una carta reclamando la fianza más una penalización por no haberlo hecho en el plazo legal.
Si el propietario te exige algo, no tiene ningún derecho.
Si crees que te sale a cuenta pagarle 60€ paga poder dejar de pagar 500€, eso es otro tema.
Aquí en Cataluña, donde yo trabajo, a los propietarios de las viviendas donde se ha pedido una RBE, si a los 6 meses no se había entregado la fianza, les envían una carta reclamando la fianza más una penalización por no haberlo hecho en el plazo legal.
Si el propietario te exige algo, no tiene ningún derecho.
Si crees que te sale a cuenta pagarle 60€ paga poder dejar de pagar 500€, eso es otro tema.
- sinayudaCasaPapi
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Re: Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza
Miér Nov 30, 2011 4:37 pm
Me gustaría saber si lo de la fianza es obligatorio en Andalucía ya que el propietario de mi piso, al conocerlo desde hace años acordamos q no tendríamos fianza. ¿Nos afectará esto a alguna de las partes?
- 766352pgAlquilado/a
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Re: Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza
Vie Dic 09, 2011 12:25 pm
La Ley que regula esto es estatal, por lo tanto es para toda España. Para más informació Ley 13/1996.
- MartusInvitado
Re: Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza
Lun Dic 12, 2011 11:11 am
Hola, he llamado a vivienda y a la Tesorería de la Junta de Andalucía para informarme y lo de depositar la fianza es obligación del arrendador cobres o no la rbe. Si el propietario se niega a depositarla, tu ya no cumples el requisito para las deducciones fiscales por alquiler pero también se arriega a que le llegue la carta con la sanción por no hacerlo que en todo caso tiene que pagarla el dueño ya que es su obligación.Todo esto es para que el año que viene en la declaración de la renta nos podamos deducir un porcentaje por tema de alquiler pues ya se sabe que la ayuda de los 210€ computan como ganancias y dependiendo la persona le tocaba pagar a hacienda.
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