- inquilinaNoob
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¿Obligación de dar mi cuenta?
Vie Jul 24, 2015 7:15 pm
Hola de nuevo,
Tengo otra duda respecto al contrato:
En la cláusula gastos de mi contrato pone:
"La titularidad de los contratos de agua, electricidad, gas y recogida de residuos urbanos será del arrendador, siendo por cuenta de los arrendatarios el gasto por consumo de estos suministros.
Los arrendatarios deberán acreditar el pago de los recibos de agua, electricidad, gas y recogida de residuos urbanos mediante justificante bancario.
Será por cuenta del arrendador los gastos de comunidad y el IBI."
Mi pregunta es: ¿Se interpreta esto como que tengo que darle mi cuenta bancaria?
Gracias
Tengo otra duda respecto al contrato:
En la cláusula gastos de mi contrato pone:
"La titularidad de los contratos de agua, electricidad, gas y recogida de residuos urbanos será del arrendador, siendo por cuenta de los arrendatarios el gasto por consumo de estos suministros.
Los arrendatarios deberán acreditar el pago de los recibos de agua, electricidad, gas y recogida de residuos urbanos mediante justificante bancario.
Será por cuenta del arrendador los gastos de comunidad y el IBI."
Mi pregunta es: ¿Se interpreta esto como que tengo que darle mi cuenta bancaria?
Gracias
- laila29Invitado
Re: ¿Obligación de dar mi cuenta?
Mar Jul 28, 2015 1:50 am
No tienes porqué dar tu cuenta pero si tienes que demostrar con los pagos con justificantes bancarios tendrás que poner casi todos los pagos a tu cuenta. Hay algunos como el agua que se pueden ir a pagar directamente sin tener que domiciliarlos. La verdad que lo más cómodo es domiciliar los pagos que te correspondan, el titular seguirá siendo el dueño del piso.
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