Ayudas al alquiler Castilla La Mancha, abierto el plazo de solicitud
Mar Nov 29, 2016 11:52 am
La Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha ha convocado las ayudas al arrendamiento de viviendas, con una subvención de 4.308.860 euros, y que están dirigidas a personas que tengan un contrato de alquiler que no supere los 500 euros mensuales en una vivienda que sea su domicilio habitual.
Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), el alquiler podrá ser de hasta 600 euros en el caso de familia numerosa.
Los beneficiarios podrán obtener una ayuda de hasta un 40 % de la renta anual, un 60 % en el caso de desahucios, con un límite máximo de 200 euros mensuales por vivienda, 2.400 euros anuales.
Estas ayudas, que se podrán solicitar hasta el 28 de febrero de 2017 y están dirigidas a personas con escasos medios económicos o que hayan sufrido la pérdida de su vivienda habitual a causa de un desahucio, se abonarán trimestralmente y se concederán por un plazo máximo de doce meses, sujetas a la disponibilidad presupuestaria, hasta la finalización del crédito disponible.
Además, no se exigirá para acceder a ellas el cumplimiento del requisito relativo al límite mínimo de ingresos en el caso de las mujeres víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, personas afectadas por situaciones catastróficas, dependientes o personas con movilidad reducida.
Y tampoco a personas pertenecientes a familias inmersas en procesos de intervención social, sin hogar, deudores hipotecarios en procedimientos de ejecución y otros colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), el alquiler podrá ser de hasta 600 euros en el caso de familia numerosa.
Los beneficiarios podrán obtener una ayuda de hasta un 40 % de la renta anual, un 60 % en el caso de desahucios, con un límite máximo de 200 euros mensuales por vivienda, 2.400 euros anuales.
Estas ayudas, que se podrán solicitar hasta el 28 de febrero de 2017 y están dirigidas a personas con escasos medios económicos o que hayan sufrido la pérdida de su vivienda habitual a causa de un desahucio, se abonarán trimestralmente y se concederán por un plazo máximo de doce meses, sujetas a la disponibilidad presupuestaria, hasta la finalización del crédito disponible.
Además, no se exigirá para acceder a ellas el cumplimiento del requisito relativo al límite mínimo de ingresos en el caso de las mujeres víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, personas afectadas por situaciones catastróficas, dependientes o personas con movilidad reducida.
Y tampoco a personas pertenecientes a familias inmersas en procesos de intervención social, sin hogar, deudores hipotecarios en procedimientos de ejecución y otros colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
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