Ayudas al Alquiler Cantabria 2017
Lun Ene 09, 2017 11:11 am
La Consejería de Vivienda del Gobierno de Cantabria abrirá del 16 de enero al 17 de febrero el plazo de solicitud de las ayudas al alquiler.
Así consta en el decreto publicado el 31 de diciembre, en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), por el que se prorroga la vigencia de las ayudas al alquiler de vivienda en 2017.
La prórroga, aprobada este jueves por el Consejo de Gobierno, es consecuencia a su vez de la prórroga por un año del Plan Nacional de Vivienda, que finalizaba en 2016, lo que habría supuesto la supresión de la financiación estatal de este tipo de ayudas.
El Gobierno de Cantabria destinará este año un total de 4,6 millones de euros a ayudar a pagar el alquiler a cerca de 3.000 familias de la región, beneficiarias todas de una subvención que, dependiendo de los casos, cubrirá hasta un 40% de su renta.
Así consta en el decreto publicado el 31 de diciembre, en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), por el que se prorroga la vigencia de las ayudas al alquiler de vivienda en 2017.
La prórroga, aprobada este jueves por el Consejo de Gobierno, es consecuencia a su vez de la prórroga por un año del Plan Nacional de Vivienda, que finalizaba en 2016, lo que habría supuesto la supresión de la financiación estatal de este tipo de ayudas.
El Gobierno de Cantabria destinará este año un total de 4,6 millones de euros a ayudar a pagar el alquiler a cerca de 3.000 familias de la región, beneficiarias todas de una subvención que, dependiendo de los casos, cubrirá hasta un 40% de su renta.
Re: Ayudas al Alquiler Cantabria 2017
Mar Ene 17, 2017 10:42 am
La Consejería de Obras Públicas y Vivienda del Gobierno de Cantabria ha abierto hasta el 17 de febrero el plazo de solicitud de las ayudas al alquiler.
Si tenías pensado presentar la solicitud en la Dirección General de Vivienda, este año la atención al público se desplazará al Archivo y Biblioteca Central de Cantabria, ubicada en la calle Ruiz de Alda, nº19, y será obligatorio pedir cita previa -a través de la página web www.viviendadecantabria.es o en el teléfono 012- y acudir con DNI.
Una vez obtenida la calificación, deberás presentar antes del día 10 de cada mes justificante original de la transferencia bancaria del pago de la renta del alquiler del mes anterior. La primera solicitud de ayuda al alquiler deberá presentarse en el plazo de 15 días a contar desde el día siguiente de la notificación, que se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección General de Vivienda y en la web: www.viviendadecantabria.es.
Podrán solicitar la calificación de alquiler las personas que reúnan las siguientes condiciones:
1. Quienes tengan un contrato de arrendamiento de vivienda, con mención expresa de su referencia catastral.
2. La firma del contrato debe estar suscrita con posterioridad al 22 de agosto de 2012.
3. El pago mensual del alquiler no debe superar los 500 euros.
4. El importe de la renta debe aparecer en el contrato de arrendamiento de forma concreta y diferenciada de cualquier otra cantidad abonada por el arrendatario por cualquier concepto.
5. Los miembros de la unidad de convivencia se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Seguridad Social y con la Administración.
6. Todos los miembros de la unidad de convivencia deben tener su domicilio fiscal en Cantabria.
7. Que los ingresos sean inferiores a 3 veces el IPREM ponderado.
8. La vivienda debe destinarse a domicilio habitual y los inquilinos tienen que estar empadronados en ella.
Condiciones para acceder a la subvención
1. Haber obtenido la calificación de alquiler.
2. La solicitud se debe referir a la renta de la misma vivienda para la que se solicitó la calificación de alquiler.
3. El importe debe ser el estipulado en el contrato de arrendamiento.
4. El pago de la renta se tiene que realizar mediante transferencia bancaria.
6. Tener al día las obligaciones con la Administración.
¿Qué papeles hay que presentar?
Nunca acudas a realizar ningún trámite sin el DNI. LLévalo siempre.
- Solicitud ( http://www.viviendadecantabria.es/documents/2262324/4461441/ANEXO+I.pdf/9d8b67cf-7379-9720-20f2-e4e9af2d6b12 ) y anexos ( http://www.viviendadecantabria.es/documents/2262324/4461441/ANEXO+II.pdf/b85fcf24-2617-7971-2316-5e29cd7c5326 ) debidamente cumplimentados y firmados.
-Un ejemplar del contrato de arrendamiento con la referencia catastral y liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
-Aportar documentación que acredite residencia legal en España.
-En caso de que alguno de los miembros de la unidad de convivencia sea titular de alguna vivienda deberá aportar justificación documental de que no dispone del uso de la misma.
-Justificante del pago de la renta mediante transferencia bancaria.
Toda la información relacionada con la solicitud de ayuda al alquiler la tienes aquí: http://www.viviendadecantabria.es/es/web/vivienda-de-cantabria/detalle/-/journal_content/56_INSTANCE_P4Po/2262324/4461481
Si tenías pensado presentar la solicitud en la Dirección General de Vivienda, este año la atención al público se desplazará al Archivo y Biblioteca Central de Cantabria, ubicada en la calle Ruiz de Alda, nº19, y será obligatorio pedir cita previa -a través de la página web www.viviendadecantabria.es o en el teléfono 012- y acudir con DNI.
Una vez obtenida la calificación, deberás presentar antes del día 10 de cada mes justificante original de la transferencia bancaria del pago de la renta del alquiler del mes anterior. La primera solicitud de ayuda al alquiler deberá presentarse en el plazo de 15 días a contar desde el día siguiente de la notificación, que se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección General de Vivienda y en la web: www.viviendadecantabria.es.
Podrán solicitar la calificación de alquiler las personas que reúnan las siguientes condiciones:
1. Quienes tengan un contrato de arrendamiento de vivienda, con mención expresa de su referencia catastral.
2. La firma del contrato debe estar suscrita con posterioridad al 22 de agosto de 2012.
3. El pago mensual del alquiler no debe superar los 500 euros.
4. El importe de la renta debe aparecer en el contrato de arrendamiento de forma concreta y diferenciada de cualquier otra cantidad abonada por el arrendatario por cualquier concepto.
5. Los miembros de la unidad de convivencia se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Seguridad Social y con la Administración.
6. Todos los miembros de la unidad de convivencia deben tener su domicilio fiscal en Cantabria.
7. Que los ingresos sean inferiores a 3 veces el IPREM ponderado.
8. La vivienda debe destinarse a domicilio habitual y los inquilinos tienen que estar empadronados en ella.
Condiciones para acceder a la subvención
1. Haber obtenido la calificación de alquiler.
2. La solicitud se debe referir a la renta de la misma vivienda para la que se solicitó la calificación de alquiler.
3. El importe debe ser el estipulado en el contrato de arrendamiento.
4. El pago de la renta se tiene que realizar mediante transferencia bancaria.
6. Tener al día las obligaciones con la Administración.
¿Qué papeles hay que presentar?
Nunca acudas a realizar ningún trámite sin el DNI. LLévalo siempre.
- Solicitud ( http://www.viviendadecantabria.es/documents/2262324/4461441/ANEXO+I.pdf/9d8b67cf-7379-9720-20f2-e4e9af2d6b12 ) y anexos ( http://www.viviendadecantabria.es/documents/2262324/4461441/ANEXO+II.pdf/b85fcf24-2617-7971-2316-5e29cd7c5326 ) debidamente cumplimentados y firmados.
-Un ejemplar del contrato de arrendamiento con la referencia catastral y liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
-Aportar documentación que acredite residencia legal en España.
-En caso de que alguno de los miembros de la unidad de convivencia sea titular de alguna vivienda deberá aportar justificación documental de que no dispone del uso de la misma.
-Justificante del pago de la renta mediante transferencia bancaria.
Toda la información relacionada con la solicitud de ayuda al alquiler la tienes aquí: http://www.viviendadecantabria.es/es/web/vivienda-de-cantabria/detalle/-/journal_content/56_INSTANCE_P4Po/2262324/4461481
Re: Ayudas al Alquiler Cantabria 2017
Mar Feb 14, 2017 10:43 am
Queda una semana para pedir las ayudas al alquiler en Cantabria
El próximo viernes día 17 finalizará el plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas de alquiler de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de 2017, para cuya gestión se ha habilitado una oficina específica en las instalaciones de la Biblioteca Central de Cantabria, en Castilla-Hermida.
Hasta el momento se han concertado, mediante el sistema de cita previa un total de 6.319 citas, quedando aún toda esta semana, hasta el próximo viernes en que concluye la campaña.
Del total de citas concertadas, han asistido 4.663 personas, es decir, un 73,79%, mientras que no han acudido, a pesar de tener cita, un total de 1.656 personas, es decir, 26,21%.
La presencia de interesados ha sido mayor las tres primeras semanas, con un descenso significativo la semana pasada. No obstante, se espera un cierto repunte a lo largo de la semana actual.
De esta manera, la primera semana asistieron 1.449 personas (31%); la segunda 1.196 (26%); la tercera 1.176 (25%); y, finalmente, la cuarta 842 (18%).
Respecto del horario de atención al público elegido hay que señalar que de las 4.663 personas que han asistido, 2.635 lo han hecho en horario de mañana, lo que supone un 56,51% del total de las citas atendidas, mientras que 2.028 han preferido el horario de tarde lo que, a su vez supone un 43,49% de todas las atendidas.
Por su parte, el tiempo medio de espera se ha situado en torno a los cinco minutos, habiéndose reducido sustancialmente con respecto al del año pasado que en las semanas de mayor afluencia se situó en los 32 minutos.
1. Sistema de cita previa durante el plazo de solicitudes. Cualquier interesado podrá solicitar cita previa en la pagina web: www.viviendadecantabria.es y en el teléfono 012.
2. Refuerzo de plantilla: Se han incorporado 3 efectivos más a la plantilla de alquiler, con lo que la misma queda fijada en 14 personas, de las que 10 atenderán al público.
3. Ampliación de horarios con horarios especiales: Se han establecido horarios especiales durante todo el mes. Así, se atenderá, previa solicitud de cita previa, en horario de mañana y tarde de lunes a viernes.
4. Cambio de ubicación durante el mes de presentación de solicitudes: Previa obtención de cita previa y durante toda la campaña de recogida de solicitudes (es decir, del 16/01/2017 al 17/02/2017) en el Archivo y Biblioteca Central de Cantabria, sito en la calle Ruiz de Alda, nº 19 – Santander.
Posteriormente en las Oficinas de Vivienda sitas en la C/ Alta, 5 3º: .
5. Simplificación de la documentación: Se ha eliminado la necesidad de aportar el Índice de Titularidades del Registro de la propiedad y de la nota simple de la vivienda. Con lo cual, los nuevos solicitantes sólo tendrán que aportar el contrato de arrendamiento, eso si, sellado con la liquidación del impuesto de Actos Jurídicos documentados (eso se hace en la Agencia Cantabra Tributaria) y la solicitud (que se puede descargar en la Web de vivienda) debidamente rellenada y firmada.
6. Prorroga para los beneficiarios de 2015: Este año, igual que el año pasado, se amplía la posibilidad de solicitar las ayudas a un tercer año. En este sentido hay que señalar que en el Decreto original sólo se podía cobrar la ayuda, como máximo dos años. Así este año podrán optar a las ayudas quienes ya la hubieran percibido el año 2016 y el año 2015. Aquellos que la percibieron el año 2014, este año ya no tendrán derecho a ella.
7. Pago mensual de las ayudas: Es un acuerdo del Parlamento, y forma parte del pacto con Ciudadanos para la aprobación del presupuesto del año 2017. Así, una vez se resuelva por la Consejería de Obras Públicas y Vivienda la convocatoria, la Consejería de Economía y Hacienda articulará la fórmula para pagar mensualmente las ayudas.
El próximo viernes día 17 finalizará el plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas de alquiler de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de 2017, para cuya gestión se ha habilitado una oficina específica en las instalaciones de la Biblioteca Central de Cantabria, en Castilla-Hermida.
Hasta el momento se han concertado, mediante el sistema de cita previa un total de 6.319 citas, quedando aún toda esta semana, hasta el próximo viernes en que concluye la campaña.
Del total de citas concertadas, han asistido 4.663 personas, es decir, un 73,79%, mientras que no han acudido, a pesar de tener cita, un total de 1.656 personas, es decir, 26,21%.
La presencia de interesados ha sido mayor las tres primeras semanas, con un descenso significativo la semana pasada. No obstante, se espera un cierto repunte a lo largo de la semana actual.
De esta manera, la primera semana asistieron 1.449 personas (31%); la segunda 1.196 (26%); la tercera 1.176 (25%); y, finalmente, la cuarta 842 (18%).
Respecto del horario de atención al público elegido hay que señalar que de las 4.663 personas que han asistido, 2.635 lo han hecho en horario de mañana, lo que supone un 56,51% del total de las citas atendidas, mientras que 2.028 han preferido el horario de tarde lo que, a su vez supone un 43,49% de todas las atendidas.
Por su parte, el tiempo medio de espera se ha situado en torno a los cinco minutos, habiéndose reducido sustancialmente con respecto al del año pasado que en las semanas de mayor afluencia se situó en los 32 minutos.
1. Sistema de cita previa durante el plazo de solicitudes. Cualquier interesado podrá solicitar cita previa en la pagina web: www.viviendadecantabria.es y en el teléfono 012.
2. Refuerzo de plantilla: Se han incorporado 3 efectivos más a la plantilla de alquiler, con lo que la misma queda fijada en 14 personas, de las que 10 atenderán al público.
3. Ampliación de horarios con horarios especiales: Se han establecido horarios especiales durante todo el mes. Así, se atenderá, previa solicitud de cita previa, en horario de mañana y tarde de lunes a viernes.
4. Cambio de ubicación durante el mes de presentación de solicitudes: Previa obtención de cita previa y durante toda la campaña de recogida de solicitudes (es decir, del 16/01/2017 al 17/02/2017) en el Archivo y Biblioteca Central de Cantabria, sito en la calle Ruiz de Alda, nº 19 – Santander.
Posteriormente en las Oficinas de Vivienda sitas en la C/ Alta, 5 3º: .
5. Simplificación de la documentación: Se ha eliminado la necesidad de aportar el Índice de Titularidades del Registro de la propiedad y de la nota simple de la vivienda. Con lo cual, los nuevos solicitantes sólo tendrán que aportar el contrato de arrendamiento, eso si, sellado con la liquidación del impuesto de Actos Jurídicos documentados (eso se hace en la Agencia Cantabra Tributaria) y la solicitud (que se puede descargar en la Web de vivienda) debidamente rellenada y firmada.
6. Prorroga para los beneficiarios de 2015: Este año, igual que el año pasado, se amplía la posibilidad de solicitar las ayudas a un tercer año. En este sentido hay que señalar que en el Decreto original sólo se podía cobrar la ayuda, como máximo dos años. Así este año podrán optar a las ayudas quienes ya la hubieran percibido el año 2016 y el año 2015. Aquellos que la percibieron el año 2014, este año ya no tendrán derecho a ella.
7. Pago mensual de las ayudas: Es un acuerdo del Parlamento, y forma parte del pacto con Ciudadanos para la aprobación del presupuesto del año 2017. Así, una vez se resuelva por la Consejería de Obras Públicas y Vivienda la convocatoria, la Consejería de Economía y Hacienda articulará la fórmula para pagar mensualmente las ayudas.
Re: Ayudas al Alquiler Cantabria 2017
Mar Mar 28, 2017 11:02 am
Los solicitantes de ayudas al alquiler tienen hasta el 10 de abril para corregir deficiencias
La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha publicado la relación de solicitantes de ayudas al alquiler que tienen que completar o subsanar sus expedientes por encontrarse incompletos. Las solicitudes afectadas se refieren a aquellas que no se acompañan de los documentos exigidos o bien que presentan deficiencias en los mismos. (Listado solicitudes afectadas)
El listado, que ya es público, establece un plazo de diez días hábiles, es decir, hasta el día 10 de abril , para la aportación o subsanación de las deficiencias detectadas.
El Gobierno ha publicado la lista de expedientes que deben ser completados en la Oficina de Vivienda situada en la Calle Alta número 5 de Santander (tercera planta) aunque también pueden consultarse en las página web de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, concretamente en www.viviendadecantabria.es. Asimismo, se puede solicitar información en el teléfono 012.
Las solicitudes recibidas para las ayudas al alquiler de este año ascienden a 5.286, las cuales afectan a más de 10.919 personas, entre los titulares de las ayudas y los que conforman la unidad de convivencia. En este sentido cabe destacar el aumento en el número de solicitudes, con respecto al año pasado. Así, en el año 2.016 se presentaron un total de 4.432 solicitudes, es decir, se ha producido un incremento de solicitudes del 16,2% con respecto al año pasado.
Los técnicos de la Dirección General de Vivienda han estado evaluando en el último mes todas solicitudes junto con la documentación aportada por los interesados, tanto la del titular de la solicitud, como de cada uno del resto de miembros de la unidad de convivencia.
De este modo, una vez evaluados inicialmente todos los expedientes, se han requerido a 1.482 solicitantes por carecer de documentos o requisitos que pueden ser subsanables en el plazo abierto al efecto, lo que supone un 28% sobre el total de las presentadas este año, frente a las 1.532 del año pasado, que supusieron un 34,5 %. Es decir, se ha producido un descenso tanto en términos relativos como en términos absolutos de solicitudes mal presentadas o incompletas. A ello ha contribuido sin duda la mejor atención dispensada con el sistema de cita previa, así como el hecho de haber reducido la documentación que cada solicitante tenía que aportar.
Durante el plazo improrrogable de diez días, que finaliza el día 10 de abril, todos los solicitantes con expedientes incompletos deberán presentar la documentación que se les ha indicado en los listados publicados por la Dirección General de Vivienda.
Aquellos solicitantes que no figuren en la relación, deberán seguir esperando a que estos 1.482 subsanen su solicitud. Una vez finalizado el plazo de subsanación, los servicios de la Dirección General de Vivienda revisarán de nuevo todos los expedientes subsanados y procederán a baremar y publicar la lista definitiva de solicitantes que obtengan la calificación de alquiler.
La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha publicado la relación de solicitantes de ayudas al alquiler que tienen que completar o subsanar sus expedientes por encontrarse incompletos. Las solicitudes afectadas se refieren a aquellas que no se acompañan de los documentos exigidos o bien que presentan deficiencias en los mismos. (Listado solicitudes afectadas)
El listado, que ya es público, establece un plazo de diez días hábiles, es decir, hasta el día 10 de abril , para la aportación o subsanación de las deficiencias detectadas.
El Gobierno ha publicado la lista de expedientes que deben ser completados en la Oficina de Vivienda situada en la Calle Alta número 5 de Santander (tercera planta) aunque también pueden consultarse en las página web de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, concretamente en www.viviendadecantabria.es. Asimismo, se puede solicitar información en el teléfono 012.
Las solicitudes recibidas para las ayudas al alquiler de este año ascienden a 5.286, las cuales afectan a más de 10.919 personas, entre los titulares de las ayudas y los que conforman la unidad de convivencia. En este sentido cabe destacar el aumento en el número de solicitudes, con respecto al año pasado. Así, en el año 2.016 se presentaron un total de 4.432 solicitudes, es decir, se ha producido un incremento de solicitudes del 16,2% con respecto al año pasado.
Los técnicos de la Dirección General de Vivienda han estado evaluando en el último mes todas solicitudes junto con la documentación aportada por los interesados, tanto la del titular de la solicitud, como de cada uno del resto de miembros de la unidad de convivencia.
De este modo, una vez evaluados inicialmente todos los expedientes, se han requerido a 1.482 solicitantes por carecer de documentos o requisitos que pueden ser subsanables en el plazo abierto al efecto, lo que supone un 28% sobre el total de las presentadas este año, frente a las 1.532 del año pasado, que supusieron un 34,5 %. Es decir, se ha producido un descenso tanto en términos relativos como en términos absolutos de solicitudes mal presentadas o incompletas. A ello ha contribuido sin duda la mejor atención dispensada con el sistema de cita previa, así como el hecho de haber reducido la documentación que cada solicitante tenía que aportar.
Durante el plazo improrrogable de diez días, que finaliza el día 10 de abril, todos los solicitantes con expedientes incompletos deberán presentar la documentación que se les ha indicado en los listados publicados por la Dirección General de Vivienda.
Aquellos solicitantes que no figuren en la relación, deberán seguir esperando a que estos 1.482 subsanen su solicitud. Una vez finalizado el plazo de subsanación, los servicios de la Dirección General de Vivienda revisarán de nuevo todos los expedientes subsanados y procederán a baremar y publicar la lista definitiva de solicitantes que obtengan la calificación de alquiler.
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Re: Ayudas al Alquiler Cantabria 2017
Vie Jun 30, 2017 9:48 am
Ya se han resuelto y se van a empezar a pagar:
El Gobierno resuelve las ayudas al alquiler, que se pagarán desde el 17 de julio
La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha resuelto la convocatoria de las ayudas al alquiler, correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril, en el plazo previsto y se comenzarán a cobrar a partir del próximo 17 de julio.
El importe total de las ayudas, que se resolvieron el pasado 23 de junio, asciende a casi 1,9 millones de euros (1.897.062 euros ) y beneficia a 3.407 solicitantes, ha informado el Gobierno en un comunicado.
Las ayudas del mes de mayo se resolverán la semana que viene, remitiéndose a continuación para su pago a la Consejería de Hacienda que tiene previsto ir abonándolas de forma periódica a partir del mes de agosto.
Desde el 2 de enero al 17 de febrero, el servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno de Cantabria 012 ha atendido un total de 10.200 llamadas relacionadas con las ayudas de vivienda. De éstas, 2.871 fueron para solicitar una cita previa y 7.329 lo fueron para otras consultas.
SOLICITUDES PRESENTADAS
Según ha informado la Consejería, el importe total de las ayudas calificadas en 2017 asciende a más de 6,7 millones de euros, frente a los 5,9 de 2016, lo que supone un incremento del 13,62%).
Del total de solicitudes concedidas, son de primer año 1.914 (50,74%); de segundo año 1.391 (36,85%); y de tercero 468 (12,41%).
El importe medio de la renta de alquiler de las solicitudes admitidas es de 377 euros frente a los 354 euros de 2016, lo que supone un incremento del 6,10%.
El importe medio de la subvención mensual a recibir es de 149,05 euros frente a los 149,59 euros de 2016; y el importe medio de la subvención anual a recibir es de 1.788,57 euros, frente a los 1.747,43 euros de 2016, lo que supone un leve incremento del 2,30%.
El número total de personas beneficiadas será de 7.519, con una media de 1,99 personas por unidad familiar.
Respecto a la nacionalidad de los solicitantes, el 80,05% son españoles y el 19,95% extranjeros.
Del total de solicitudes presentadas, 1.058 (20,01%) han sido denegadas. De éstas, hay 121 que tienen más de un motivo de denegación.
Mas información en la web www.viviendadecantabria.es, en el tablón de anuncios de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, y en el teléfono de atención a la ciudadanía 012.
http://www.eldiario.es/norte/cantabria/ultima-hora/Gobierno-resuelve-ayudas-alquiler-pagaran_0_659684458.html
El Gobierno resuelve las ayudas al alquiler, que se pagarán desde el 17 de julio
La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha resuelto la convocatoria de las ayudas al alquiler, correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril, en el plazo previsto y se comenzarán a cobrar a partir del próximo 17 de julio.
El importe total de las ayudas, que se resolvieron el pasado 23 de junio, asciende a casi 1,9 millones de euros (1.897.062 euros ) y beneficia a 3.407 solicitantes, ha informado el Gobierno en un comunicado.
Las ayudas del mes de mayo se resolverán la semana que viene, remitiéndose a continuación para su pago a la Consejería de Hacienda que tiene previsto ir abonándolas de forma periódica a partir del mes de agosto.
Desde el 2 de enero al 17 de febrero, el servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno de Cantabria 012 ha atendido un total de 10.200 llamadas relacionadas con las ayudas de vivienda. De éstas, 2.871 fueron para solicitar una cita previa y 7.329 lo fueron para otras consultas.
SOLICITUDES PRESENTADAS
Según ha informado la Consejería, el importe total de las ayudas calificadas en 2017 asciende a más de 6,7 millones de euros, frente a los 5,9 de 2016, lo que supone un incremento del 13,62%).
Del total de solicitudes concedidas, son de primer año 1.914 (50,74%); de segundo año 1.391 (36,85%); y de tercero 468 (12,41%).
El importe medio de la renta de alquiler de las solicitudes admitidas es de 377 euros frente a los 354 euros de 2016, lo que supone un incremento del 6,10%.
El importe medio de la subvención mensual a recibir es de 149,05 euros frente a los 149,59 euros de 2016; y el importe medio de la subvención anual a recibir es de 1.788,57 euros, frente a los 1.747,43 euros de 2016, lo que supone un leve incremento del 2,30%.
El número total de personas beneficiadas será de 7.519, con una media de 1,99 personas por unidad familiar.
Respecto a la nacionalidad de los solicitantes, el 80,05% son españoles y el 19,95% extranjeros.
Del total de solicitudes presentadas, 1.058 (20,01%) han sido denegadas. De éstas, hay 121 que tienen más de un motivo de denegación.
Mas información en la web www.viviendadecantabria.es, en el tablón de anuncios de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, y en el teléfono de atención a la ciudadanía 012.
http://www.eldiario.es/norte/cantabria/ultima-hora/Gobierno-resuelve-ayudas-alquiler-pagaran_0_659684458.html
- Ayudas al alquiler Cantabria 2018
- Ya se pueden solicitar las ayudas al alquiler en Cantabria
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