Ayudas al alquiler Cataluña 2017
Jue Ene 26, 2017 11:44 am
Del 23 de enero de 2017 al 28 de febrero está abierto el plazo para renovar la prestación de las ayudas al alquiler en Cataluña. Prestacions per al pagament del lloguer. Any 2017
Se debe presentar la solicitud para obtener una prórroga de las prestaciones para el pago del alquiler
Las personas solicitantes que autoricen expresamente el órgano gestor para que pueda obtener de forma electrónica los datos necesarios para el seguimiento y control de estas prestaciones NO será necesario que aporten la documentación correspondiente a: la declaración de renta, el certificado de imputaciones, el certificado de discapacidad reconocida y el certificado de convivencia.
Se debe presentar la siguiente documentación:
•Justificación de los ingresos: ◦Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2014 de la persona perceptora y de cada uno de los miembros que forman la unidad de convivencia, y que estén en edad laboral.
Si algunos miembros de la unidad de convivencia no están obligados a presentar la declaración del IRPF, se acreditarán los ingresos con la siguiente documentación:
◦Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con el informe de vida laboral (sólo los menores de 65 años), si hay miembros de la unidad de convivencia que no están obligados a presentar la declaración del IRPF.
◦En caso de que los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia se acrediten mediante una declaración responsable, será necesario que vaya acompañada de un informe sobre la situación socioeconómica, emitido por los servicios sociales municipales o por el personal técnico mediador de las entidades colaboradoras para la gestión de estas prestaciones.
•Todos los recibos de alquiler correspondientes al año 2017, pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud
Si en la unidad de convivencia se ha producido algún cambio (número de miembros, ingresos, vivienda, etc.) se deberá aportar la siguiente documentación:
•Sentencia y/o convenio regulador correspondiente, en el caso de personas que se han separado o divorciado desde la fecha en que se les concedió la prestación.
•Certificado acreditativo del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias del grado de discapacidad reconocida, en caso de una discapacidad sobrevenida.
•Certificado o volante de convivencia que acredite el domicilio de la persona solicitante y de las personas que forman su unidad de convivencia.
•Nuevo contrato de alquiler en el que conste el pago de la fianza (en el contrato debe constar la referencia catastral de la vivienda)
La Agencia de la Vivienda de Cataluña puede solicitar, directamente o a través de las entidades colaboradoras en la gestión de estas prestaciones, la documentación complementaria que considere necesaria para la resolución del expediente.
Link para realizar los trámites: http://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Prestacions-permanents-per-al-pagament-del-lloguer
Se debe presentar la solicitud para obtener una prórroga de las prestaciones para el pago del alquiler
Las personas solicitantes que autoricen expresamente el órgano gestor para que pueda obtener de forma electrónica los datos necesarios para el seguimiento y control de estas prestaciones NO será necesario que aporten la documentación correspondiente a: la declaración de renta, el certificado de imputaciones, el certificado de discapacidad reconocida y el certificado de convivencia.
Se debe presentar la siguiente documentación:
•Justificación de los ingresos: ◦Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2014 de la persona perceptora y de cada uno de los miembros que forman la unidad de convivencia, y que estén en edad laboral.
Si algunos miembros de la unidad de convivencia no están obligados a presentar la declaración del IRPF, se acreditarán los ingresos con la siguiente documentación:
◦Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con el informe de vida laboral (sólo los menores de 65 años), si hay miembros de la unidad de convivencia que no están obligados a presentar la declaración del IRPF.
◦En caso de que los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia se acrediten mediante una declaración responsable, será necesario que vaya acompañada de un informe sobre la situación socioeconómica, emitido por los servicios sociales municipales o por el personal técnico mediador de las entidades colaboradoras para la gestión de estas prestaciones.
•Todos los recibos de alquiler correspondientes al año 2017, pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud
Si en la unidad de convivencia se ha producido algún cambio (número de miembros, ingresos, vivienda, etc.) se deberá aportar la siguiente documentación:
•Sentencia y/o convenio regulador correspondiente, en el caso de personas que se han separado o divorciado desde la fecha en que se les concedió la prestación.
•Certificado acreditativo del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias del grado de discapacidad reconocida, en caso de una discapacidad sobrevenida.
•Certificado o volante de convivencia que acredite el domicilio de la persona solicitante y de las personas que forman su unidad de convivencia.
•Nuevo contrato de alquiler en el que conste el pago de la fianza (en el contrato debe constar la referencia catastral de la vivienda)
La Agencia de la Vivienda de Cataluña puede solicitar, directamente o a través de las entidades colaboradoras en la gestión de estas prestaciones, la documentación complementaria que considere necesaria para la resolución del expediente.
Link para realizar los trámites: http://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Prestacions-permanents-per-al-pagament-del-lloguer
- silvia_bcnNoob
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Re: Ayudas al alquiler Cataluña 2017
Jue Feb 09, 2017 9:27 am
solicitada
a ver lo que tardan ahora en enviar los pagos
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