Foro Alquiler
Bienvenido al Foro de Alquiler.

Aquí podrás plantear tus dudas sobre contratos de arrendamiento. condiciones, ayudas al alquiler, subvenciones o cualquier otra duda que tengas sobre el alquiler.

Si tienes un piso de alquiler que quieres anunciar o buscas piso pásate por el "Mercadillo" y pon tu anuncio.

Recuerda que esto es un foro participativo, tus respuestas pueden ser útiles a otros usuarios.
Últimos temas
trabajos fin de masterMiér Sep 04, 2024 8:42 amLori8
Lindorff acosoLun Ago 05, 2024 4:36 ameventdaylight
Caída falso techoMar Nov 14, 2023 10:07 ammarkola
Fin de contrato tras los 5 añosSáb Nov 04, 2023 1:06 pmuni20
Foro Alquiler y RBE versión para móvilesVie Nov 03, 2023 7:08 amdorothyconnor
Que frases chistosas más buenas!!!Jue Nov 02, 2023 8:45 amluiscovillas
PAGO AYUDAS ARAGONJue Nov 02, 2023 8:37 amluiscovillas
Trabajo como comercial inmobiliario en MadridMiér Oct 18, 2023 9:52 amannlily

Ganar dinero con Internet


Ir abajo
Sasquacht
Sasquacht
Arrendando que es gerundio
Arrendando que es gerundio
Cantidad de envíos : 297
Nivel de experiencia en el foro : 631
Agradecimientos : 14
Fecha de inscripción : 28/06/2012

Mascotas en los pisos de alquiler Empty Mascotas en los pisos de alquiler

Mar Jun 13, 2017 11:33 am
Para resolver dudas sobre si se puede tener o no una mascota en un piso de alquiler.

¿Puedo tener mascotas aunque esté de alquiler?

Depende del contrato que se haya firmado. Si en el contrato no se prohibe de forma explícita, sí, se pueden tener mascotas en casa sin ningún tipo de problemas. No obstante, el casero puede poner una cláusula en la que se especifique que no acepta animales en el inmueble, por lo que si uno entra, puede ser motivo para la rescisión del acuerdo ya aceptado por el inquilino.

¿Debo decirle al casero que tengo animales?

Siempre es aconsejable hablar con el casero antes de firmar y negociar si estos miembros de la familia pueden instalarse también en el piso. El dueño de la vivienda está en su derecho de negarse a aceptar mascotas y ponerlo por escrito en el contrato, por lo que el futuro inquilino tendrá que aceptar la decisión si quiere ese piso. En caso contrario, tendrá que buscar otro domicilio en el que los animales sean aceptados por el propietario.

¿Y a la comunidad de vecinos?

Una vez el dueño de la vivienda ha accedido a que tus mascotas entren en casa, estaría bien saber si la comunidad de vecinos prohíbe la tenencia de animales, una situación que se plantea en los estatutos de las fincas cada vez más. Sin embargo, aunque los propios reglamento señale de modo rotundo que no se aceptan animales, se puede impugnar. El inquilino podrá tener a estos miembros de la familia siempre y cuando se respeten los espacios comunes, puesto que en la Ley de Propiedad Horizontal se estipula en su artículo 7, apartado 2, que no están permitidas actividades "que resulten dañosas para la finca" o "molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas". Por lo que habrá que andar con ojo cuando las mascotas se paseen por estas zonas de la comunidad para que no pongan inconvenientes.

¿Debería contratar un seguro si soy inquilino?

No es obligatorio, pero sí aconsejable. De este modo, el ocupante de la vivienda puede buscar un seguro que cubra posibles destrozos de sus mascotas, sobre todo si son perros y, de este modo, tanto el propietario como el arrendatario se quedarán más tranquilos ante posibles comportamientos inesperados de los canes.

¿Dónde busco pisos que admitan mascotas?

En internet hay múltiples plataformas con anuncios en los que se pueden seleccionar la opción de buscar viviendas en las que se admitan mascotas, solo tienes que buscar entre los filtros (precio, habitaciones...) para que solo aparezcan aquellas en las que tu mascota es bienvenida.

Soy propietario, ¿puedo rescindir el contrato si meten un animal?

Depende del contrato. Si hay una cláusula en la que se prohiben los animales, sí, se puede anular el contrato ya que el inquilino está incumpliendo el acuerdo firmado. Sin embargo, si no hay ningún tipo de cláusula al respecto de las mascotas, no se podrá rescindir. Sin embargo, la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU), en su artículo 27, apartados d y e pueden ayudar al dueño de la vivienda a rescindir el contrato si se han realizado "daños causados dolosamente en la finca" o "cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas". Es decir, son dos supuestos que el dueño del inmueble puede usar para intentar anular el acuerdo firmado si se interpreta que la mascota ha podido causar daños o producir situaciones molestas o insalubres.

¿Debo pagar los destrozos causados por la mascota de mi inquilino?

No. Son los inquilinos quienes tienen que encargarse, en primer lugar, de que no los haya. Pero si estos no se pueden evitar, deben encargarse de los gastos derivados de la tenencia de mascotas en el piso. ¿Puedo quedarme con la fianza si meten una mascota? Si la familia no ha sido cuidadosa y su mascota ha estropeado muebles, sofás, el suelo o cualquier parte de la casa, sí. El propietario del piso en alquiler tiene derecho a quedarse con el dinero de la fianza puesto que no se ha mantenido la vivienda en buenas condiciones, tal y como se alquiló.
avatar
rempiko
Alquilado/a
Alquilado/a
Cantidad de envíos : 33
Nivel de experiencia en el foro : 37
Agradecimientos : 0
Fecha de inscripción : 19/11/2016

Mascotas en los pisos de alquiler Empty Re: Mascotas en los pisos de alquiler

Lun Jul 03, 2017 11:30 am
A mi me encantan los animales, pero nunca los metería en un piso en una gran ciudad. No es el sitio para ellos.
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.