- BioInvitado
DECLARACION PAIS VASCO
Miér Abr 10, 2013 11:56 am
Buenos días a todos,
He oido por ahi que en el Pais Vasco al tener una fiscalidad diferente, no hay que declarar la ayuda, es decir que esta exenta. Lo he preguntado en Bilbao al departamento que lleva la RBE y me han dicho que es posible pero no me lo sabe decir al cien por cien, que algo ha oido. Alguien sabe algo de esto?
Muchas gracias de antemano.
He oido por ahi que en el Pais Vasco al tener una fiscalidad diferente, no hay que declarar la ayuda, es decir que esta exenta. Lo he preguntado en Bilbao al departamento que lleva la RBE y me han dicho que es posible pero no me lo sabe decir al cien por cien, que algo ha oido. Alguien sabe algo de esto?
Muchas gracias de antemano.
- david82Invitado
Re: DECLARACION PAIS VASCO
Miér Abr 10, 2013 1:18 pm
Esta nota es del 2010:
Nota sobre exención en IRPF de los pagos a personas jóvenes en concepto de renta básica de emancipación (RBE)
La renta básica de emancipación (RBE) es una subvención a fondo perdido a los jóvenes para facilitar su emancipación, contribuyendo al pago del alquiler mensual de su vivienda (hasta 210 euros/mes) como elemento más destacado (aunque no único).
Es un programa de regulación estatal en cuanto a la normativa de aplicación, gestionado administrativamente, hasta su reconocimiento o denegación efectivos, por cada Comunidad Autónoma y, con pago final de las ayudas reconocidas por parte del Gobierno de España.
En Euskadi, a 31 de marzo de 2010, hay ya 8.417 personas jóvenes que están cobrando todos los meses la RBE, 1.421 en Araba, 2.978 en Gipuzkoa y 4.018 en Bizkaia.
La RBE está sujeta y no exenta del pago del IRPF en el resto de España.
En Euskadi y para las personas perceptoras de estas ayudas RBE, ya se resolvió en tiempo y forma, sin polémica alguna, la exención fiscal de estas ayudas en IRPF, con efectos retroactivos desde el 1 de Enero de 2009.
En ese sentido, ninguna persona perceptora de RBE en Euskadi tendrá que tributar en el IRPF 2009 por dichas ayudas, estando normativamente declaradas como exentas a través de los Decretos Forales 11/ 2010 en Bizkaia; 40/2009 en el caso de Gipuzkoa y 12/2010 en el caso de Álava.
Aunque internamente hemos informado de este tratamiento fiscal, con mucha anticipación. a nuestros gestores y servicios de Atención al Público para que informen convenientemente a las personas interesadas, procedemos a difundir y comunicar esta situación en las paginas Web de Etxebide e Irekia para mejorar el grado de comunicación de esta exención fiscal.
Director de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda
http://www.garraioak.ejgv.euskadi.net/r41-430/es/contenidos/noticia/nptv_20100511_irpfrbe/es_nptv/nptv_20100226_resp.html
Nota sobre exención en IRPF de los pagos a personas jóvenes en concepto de renta básica de emancipación (RBE)
La renta básica de emancipación (RBE) es una subvención a fondo perdido a los jóvenes para facilitar su emancipación, contribuyendo al pago del alquiler mensual de su vivienda (hasta 210 euros/mes) como elemento más destacado (aunque no único).
Es un programa de regulación estatal en cuanto a la normativa de aplicación, gestionado administrativamente, hasta su reconocimiento o denegación efectivos, por cada Comunidad Autónoma y, con pago final de las ayudas reconocidas por parte del Gobierno de España.
En Euskadi, a 31 de marzo de 2010, hay ya 8.417 personas jóvenes que están cobrando todos los meses la RBE, 1.421 en Araba, 2.978 en Gipuzkoa y 4.018 en Bizkaia.
La RBE está sujeta y no exenta del pago del IRPF en el resto de España.
En Euskadi y para las personas perceptoras de estas ayudas RBE, ya se resolvió en tiempo y forma, sin polémica alguna, la exención fiscal de estas ayudas en IRPF, con efectos retroactivos desde el 1 de Enero de 2009.
En ese sentido, ninguna persona perceptora de RBE en Euskadi tendrá que tributar en el IRPF 2009 por dichas ayudas, estando normativamente declaradas como exentas a través de los Decretos Forales 11/ 2010 en Bizkaia; 40/2009 en el caso de Gipuzkoa y 12/2010 en el caso de Álava.
Aunque internamente hemos informado de este tratamiento fiscal, con mucha anticipación. a nuestros gestores y servicios de Atención al Público para que informen convenientemente a las personas interesadas, procedemos a difundir y comunicar esta situación en las paginas Web de Etxebide e Irekia para mejorar el grado de comunicación de esta exención fiscal.
Director de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda
http://www.garraioak.ejgv.euskadi.net/r41-430/es/contenidos/noticia/nptv_20100511_irpfrbe/es_nptv/nptv_20100226_resp.html
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