Renta 2012 Me sale a pagar!!
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Krla
cnaviaregistra
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- thebobInvitado
Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
Mar Mayo 21, 2013 3:41 pm
Esto es a lo que me refería, tomando como ejemplo Madrid:
Deducción autonómica para inquilinos menores de 35 años
En la Comunidad de Madrid, los inquilinos menores de 35 años pueden deducir el 20% de las cantidades que hayan satisfecho durante un periodo impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual, hasta un máximo de 840 euros. Requisitos para que se pueda aplicar esta deducción:
•
Tener menos de 35 años a 31 de diciembre.
•
Que la base imponible (entendiendo como tal la suma de la base imponible general y la del ahorro) del período impositivo no sea superior a 25.620 € en tributación individual o a 36.200 € en tributación conjunta.
•
Que las cantidades abonadas por el arrendamiento de la vivienda habitual superen el 10% de la base imponible del período impositivo del inquilino.
•
Que el arrendador de la vivienda haya depositado la fianza correspondiente al alquiler en el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) y que el inquilino disponga de una copia del resguardo del depósito.
En todas las campañas de tributación del IRPF, la Comunidad de Madrid pone a la disposición de los contribuyentes un teléfono y una página Web en www.madrid.org para solicitar información sobre las deducciones específicas de la Comunidad en relación con el IRPF. Además, la Agencia Tributaria dispone de un teléfono de información permanente: 901 33 55 33.
Esta deducción se encuentra regulada en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre.
Deducción estatal para inquilinos sin límite de edad
Los contribuyentes cuya base imponible máxima no supere 24.107,20€ podrán aplicarse una deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, teniendo en cuenta un límite máximo (base máxima de deducción) que varía en función de su base imponible pudiendo ser:
•
9.040€, siempre que la base imponible sea menor a 17.707,20€
•
9.040 - 1,4125 x (BI-17.707,20), cuando la base imponible sea mayor de 17.707,21 y menor o igual a 24.107,20€
Esta deducción se puede aplicar conjuntamente con la deducción de la Comunidad de Madrid por arrendamiento de vivienda habitual para menores de 35 años.
Para los menores de 35 años yo creo que no rige esto de la base imponible o al menos no funciona igual, supongo que varía en cada Comunidad.
Deducción autonómica para inquilinos menores de 35 años
En la Comunidad de Madrid, los inquilinos menores de 35 años pueden deducir el 20% de las cantidades que hayan satisfecho durante un periodo impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual, hasta un máximo de 840 euros. Requisitos para que se pueda aplicar esta deducción:
•
Tener menos de 35 años a 31 de diciembre.
•
Que la base imponible (entendiendo como tal la suma de la base imponible general y la del ahorro) del período impositivo no sea superior a 25.620 € en tributación individual o a 36.200 € en tributación conjunta.
•
Que las cantidades abonadas por el arrendamiento de la vivienda habitual superen el 10% de la base imponible del período impositivo del inquilino.
•
Que el arrendador de la vivienda haya depositado la fianza correspondiente al alquiler en el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) y que el inquilino disponga de una copia del resguardo del depósito.
En todas las campañas de tributación del IRPF, la Comunidad de Madrid pone a la disposición de los contribuyentes un teléfono y una página Web en www.madrid.org para solicitar información sobre las deducciones específicas de la Comunidad en relación con el IRPF. Además, la Agencia Tributaria dispone de un teléfono de información permanente: 901 33 55 33.
Esta deducción se encuentra regulada en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre.
Deducción estatal para inquilinos sin límite de edad
Los contribuyentes cuya base imponible máxima no supere 24.107,20€ podrán aplicarse una deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, teniendo en cuenta un límite máximo (base máxima de deducción) que varía en función de su base imponible pudiendo ser:
•
9.040€, siempre que la base imponible sea menor a 17.707,20€
•
9.040 - 1,4125 x (BI-17.707,20), cuando la base imponible sea mayor de 17.707,21 y menor o igual a 24.107,20€
Esta deducción se puede aplicar conjuntamente con la deducción de la Comunidad de Madrid por arrendamiento de vivienda habitual para menores de 35 años.
Para los menores de 35 años yo creo que no rige esto de la base imponible o al menos no funciona igual, supongo que varía en cada Comunidad.
- cnaviaregistraCasaPapi
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Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
Mar Mayo 21, 2013 3:50 pm
alejo123 escribió:Buenas tardes,
Los cálculos que das están bien hechos, pero, creo yo, al modificar el borrador directamente en la WEB de la AEAT, sin el programa PADRE, introduces los importes pagados de alquiler y automáticamente te los calcula, tanto para la parte estatal como para la parte autonómica.
Saludos.
Es cierto te los calcula sólo.
Por otra parte he llamado a hacienda y me han confirmado que los ingresos obtenidos de la rbe NO HAY QUE DECLARARLOS en el ejercicio correspondiente al año que te han confirmado la aprobación de la misma, sino en el año del ejercicio en el que realmente comiencen a ingresarte la ayuda. (que en mi caso fue en febrero del 2012)
Y resulta que a mi la concedieron en septiembre de 2011 y lo declaré en esa renta les llameé por teléfono y me comentaron que había que declararla en ese año pq el que no me la pagaran en el mismo momento en el que me la confirmaban era un defecto de atrasos del pago pero que de cara a mi patrimonio habría un auento un o un rollo de esos me soltó... !!
El caso es que ahora tengo que solicitar una modificación de la renta declarada en 2011 y eliminar el importe de la rbe recibida (casilla 314 ) por si alguno le pasa lo mismo.
- Lu32Invitado
Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
Mar Mayo 21, 2013 5:51 pm
Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
por thebob Hoy a las 2:52 pm
Ese ejemplo de dónde lo has sacado? pone eso en la guía de la declaración ? me está sonado rarisísimo lo que estás diciendo. La deducción por alquiler es el 10% de lo pagado hasta un tope (creo que algo más de 800 euros) y un % en la parte autonómica (también ronda el 10%) y los únicos requisitos son tener menos de 35 años y cobrar menos de 22.000 euros (o similar, no recuerdo la cantidad exacta). No hay nada más que yo sepa, eso de aplicar el 50% no se de donde sale.
ME pasa lo mismo que a thebob... ¿Alguién podría explicarlo?
por thebob Hoy a las 2:52 pm
Ese ejemplo de dónde lo has sacado? pone eso en la guía de la declaración ? me está sonado rarisísimo lo que estás diciendo. La deducción por alquiler es el 10% de lo pagado hasta un tope (creo que algo más de 800 euros) y un % en la parte autonómica (también ronda el 10%) y los únicos requisitos son tener menos de 35 años y cobrar menos de 22.000 euros (o similar, no recuerdo la cantidad exacta). No hay nada más que yo sepa, eso de aplicar el 50% no se de donde sale.
ME pasa lo mismo que a thebob... ¿Alguién podría explicarlo?
- MayteInvitado
Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
Mar Mayo 21, 2013 5:58 pm
Yo también pienso que debería ser así, a la parte autonómica se suma la estatal. Por ejemplo, si pagas de piso 3.600€/año, la desgravación estatal correspondería a 360€ y la autonómica otros 360€, lo que sumado correspondería 720€. Si no es así, por favor que alguno me corrija,.
Muchas gracias
Muchas gracias
- JUAN13Invitado
Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
Mar Mayo 21, 2013 6:13 pm
cnaviaregistra, ¿COMOOOOOOOOO?
El año pasado llamé para ver si tenía que declarar la RBE, sin haberla recibido y en hacienda me dijeron que sí, que era mejor, que sino lo declaraba, este año iba tener que hacer una complementaria... ¿QUE SE ESTÁN RIENDO DE NOSOTROS?
Alguien podría aclarar la pregunta de Mayte???
QUE LIO!!!!!!!!!!
El año pasado llamé para ver si tenía que declarar la RBE, sin haberla recibido y en hacienda me dijeron que sí, que era mejor, que sino lo declaraba, este año iba tener que hacer una complementaria... ¿QUE SE ESTÁN RIENDO DE NOSOTROS?
Alguien podría aclarar la pregunta de Mayte???
QUE LIO!!!!!!!!!!
- cnaviaregistraCasaPapi
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Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
Mar Mayo 21, 2013 6:53 pm
JUAN13 escribió: cnaviaregistra, ¿COMOOOOOOOOO?
El año pasado llamé para ver si tenía que declarar la RBE, sin haberla recibido y en hacienda me dijeron que sí, que era mejor, que sino lo declaraba, este año iba tener que hacer una complementaria... ¿QUE SE ESTÁN RIENDO DE NOSOTROS?
Alguien podría aclarar la pregunta de Mayte???
QUE LIO!!!!!!!!!!
Hola, yo pensaba lo mismo, pero he llamado y me han dicho que debo solicitar una modificacion de la declaracion del 2011 pq no debí declararlo hasta que me lo pagaran. Llámales y confírmalo por si no me crees jeje: 901 335 533
Empiezo a pensar que somos muchos los que estamos en igual situación, por eso creí bueno compartirlo con ustedes.
saludos.
- cnaviaregistraCasaPapi
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Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
Mar Mayo 21, 2013 7:28 pm
Lu32 escribió: Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
por thebob Hoy a las 2:52 pm
Ese ejemplo de dónde lo has sacado? pone eso en la guía de la declaración ? me está sonado rarisísimo lo que estás diciendo. La deducción por alquiler es el 10% de lo pagado hasta un tope (creo que algo más de 800 euros) y un % en la parte autonómica (también ronda el 10%) y los únicos requisitos son tener menos de 35 años y cobrar menos de 22.000 euros (o similar, no recuerdo la cantidad exacta). No hay nada más que yo sepa, eso de aplicar el 50% no se de donde sale.
ME pasa lo mismo que a thebob... ¿Alguién podría explicarlo?
Hola: entrad en las siguientes:
Guias
Manual práctico de Renta y Patrimonio 2012
- KhalisseArrendando que es gerundio
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Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
Mar Mayo 21, 2013 8:56 pm
Yo cobro cerca de los 17300 y he cobrado 3400€ aprox y me sale a devolver unos 430€.
Tambien decir que tengo un niño a cargo y la retencion que te toca.
Tambien decir que tengo un niño a cargo y la retencion que te toca.
- Lu32Invitado
Re: Renta 2012 Me sale a pagar!!
Miér Mayo 22, 2013 11:59 am
A ver.. si lo entiendo bien...
La normativa establece: ""Sin perjuicio de la deducción por alquiler de vivienda habitual que, en su caso, hubiese aprobado
cada Comunidad Autónoma para el ejercicio 2012, los contribuyentes podrán deducir el 10,05
por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda
habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales."
"El importe de la deducción así determinado se hará constar en las casillas 716 y 772 de la página 13 de la declaración
consignando en cada una de ellas el 50 por 100 del total de la deducción"
Lo que me pregunto es, ¿a esto hay que sumar la deducción por alquiler de mi comunidad autonóma?
Alguno puedo ayudarme, PLEASEEEEE
La normativa establece: ""Sin perjuicio de la deducción por alquiler de vivienda habitual que, en su caso, hubiese aprobado
cada Comunidad Autónoma para el ejercicio 2012, los contribuyentes podrán deducir el 10,05
por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda
habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales."
"El importe de la deducción así determinado se hará constar en las casillas 716 y 772 de la página 13 de la declaración
consignando en cada una de ellas el 50 por 100 del total de la deducción"
Lo que me pregunto es, ¿a esto hay que sumar la deducción por alquiler de mi comunidad autonóma?
Alguno puedo ayudarme, PLEASEEEEE
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