Ayudas al alquiler en Castilla y León, se podrán solicitar desde el 20 de noviembre
Vie Nov 14, 2014 12:15 pm
La Junta de Castilla y León sacará en los próximos días la convocatoria de las ayudas para el alquiler de vivienda. La subvención podrá solicitarse entre el 20 de noviembre y el 19 de diciembre y está orientada a familias (las personas que viven solas tendrán muy difícil cumplir el requisito de renta) con ingresos bastante ajustados.
«Van a ser unas ayudas orientadas a las familias más desfavorecidas, a las que peor lo están pasanso, a las que más dificultades tienen», ha resaltado el consejero de Fomento y Medio Ambiente, Antonio Silván. Las bases con los requisitos se publicarán en el Bocyl de mañana, 12 de noviembre, y la convocatoria a partir de la cual se pueden solicitar las ayudas en el del día 19.
Las bases de las ayudas establecen un mínimo de renta anual de 7.455 euros (1 Iprem) y un máximo de 18.637 (2,5 veces el Iprem). Este tope máximo puede corregirse al alza en función del número de miembros que conviven en el hogar y de la edad de estas personas.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente establece también que la renta de las viviendas alquiladas no podrá superar los 475 euros mensuales en Burgos, Valladolid, Segovia o Salamanca; los 420 en Ávila, León, Palencia, Miranda de Ebro y San Andrés del Rabanedo; los 400 en Soria, Zamora, Aranda de Duero, Laguna de Duero, Ponferrada y otros 75 municipios intermedios; y los 350 euros en el resto de las localidades de Castilla y León.
Junto a la solicitud, que podrá encontrarse en los servicios territoriales de Fomento y en la web de la Junta: www.jcyl.es y www.tramitacastillayleon.jcyl.es , será necesario el DNI, o el NIE para los extranjeros, de todas las personas que habiten la vivienda y la fotocopia del libro de familia en el caso en que se requiera; el certificado de empadronamiento actualizado (expedido después del 20 de noviembre); fotocopia del contrato de arrendamiento, declaración de la Renta o una declaración responsable sobre los ingresos.
Se trata de la primera convocatoria de ayudas de vivienda desde 2010. Fomento y Medio Ambiente contaba con presupuesto en 2011 para las anteriores líneas de subvención para facilitar el acceso a la vivienda, pero fue una de las primeras partidas que la Junta recortó por falta de ingresos.
El departamento que dirige Antonio Silván ha reservado en esta ocasión una dotación de 2,97 millones de euros. Si sobra dinero, podrá abrirse la línea de ayudas a hogares con hasta 22.365 euros, aunque desde la consejería ven esta posibilidad poco probable.
http://www.elnortedecastilla.es/castillayleon/201411/11/ayudas-para-alquiler-junta-20141111104515.html
«Van a ser unas ayudas orientadas a las familias más desfavorecidas, a las que peor lo están pasanso, a las que más dificultades tienen», ha resaltado el consejero de Fomento y Medio Ambiente, Antonio Silván. Las bases con los requisitos se publicarán en el Bocyl de mañana, 12 de noviembre, y la convocatoria a partir de la cual se pueden solicitar las ayudas en el del día 19.
Las bases de las ayudas establecen un mínimo de renta anual de 7.455 euros (1 Iprem) y un máximo de 18.637 (2,5 veces el Iprem). Este tope máximo puede corregirse al alza en función del número de miembros que conviven en el hogar y de la edad de estas personas.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente establece también que la renta de las viviendas alquiladas no podrá superar los 475 euros mensuales en Burgos, Valladolid, Segovia o Salamanca; los 420 en Ávila, León, Palencia, Miranda de Ebro y San Andrés del Rabanedo; los 400 en Soria, Zamora, Aranda de Duero, Laguna de Duero, Ponferrada y otros 75 municipios intermedios; y los 350 euros en el resto de las localidades de Castilla y León.
Junto a la solicitud, que podrá encontrarse en los servicios territoriales de Fomento y en la web de la Junta: www.jcyl.es y www.tramitacastillayleon.jcyl.es , será necesario el DNI, o el NIE para los extranjeros, de todas las personas que habiten la vivienda y la fotocopia del libro de familia en el caso en que se requiera; el certificado de empadronamiento actualizado (expedido después del 20 de noviembre); fotocopia del contrato de arrendamiento, declaración de la Renta o una declaración responsable sobre los ingresos.
Se trata de la primera convocatoria de ayudas de vivienda desde 2010. Fomento y Medio Ambiente contaba con presupuesto en 2011 para las anteriores líneas de subvención para facilitar el acceso a la vivienda, pero fue una de las primeras partidas que la Junta recortó por falta de ingresos.
El departamento que dirige Antonio Silván ha reservado en esta ocasión una dotación de 2,97 millones de euros. Si sobra dinero, podrá abrirse la línea de ayudas a hogares con hasta 22.365 euros, aunque desde la consejería ven esta posibilidad poco probable.
http://www.elnortedecastilla.es/castillayleon/201411/11/ayudas-para-alquiler-junta-20141111104515.html
Re: Ayudas al alquiler en Castilla y León, se podrán solicitar desde el 20 de noviembre
Vie Nov 14, 2014 12:17 pm
Las diez claves para entender las ayudas al alquiler de vivienda de la Junta
La Administración autonómica volverá a tramitar ayudas de vivienda, concretamente de apoyo al alquiler, a partir del 20 de noviembre. El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicará hoy las bases que recogen los requisitos de acceso a estas subvenciones y convocará las ayudas el 19, con lo que se podrán solicitar a partir del día 20 de noviembre y hasta el 19 de diciembre. La maquinaria de ayudas de vivienda, que se frenó en 2010, vuelve a ponerse en marcha, aunque sin el tronío de antes de la crisis. Se acabó la subvención a la compra y para ciudadanos con rentas más holgadas.
Pero la normativa que regula este tipo de ayudas tiene puntualizaciones, recovecos, en los que los menos habituados pueden perderse irremisiblemente. He aquí diez claves para poder conocer si se puede optar a las ayudas y cómo ha de hacerse.
1. Ayudas
Se subvenciona el contrato de arrendamiento de un piso o casa para residencia habitual y permanente.
No se subvencionan arrendamientos parciales o de habitaciones.
2. Beneficiarios
Mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento suscrito después del 31 de diciembre de 2010. Los extranjeros no comunitarios deberán estar en situación de residencia legal en España. Quedan excluidos los propietarios o usufructuarios de una vivienda, salvo en el caso de que no puedan disponer de la misma por separación o divorcio, situación que deberá acreditarse.Tampoco valen los casos de parentesco entre el arrendador y el arrendatario o las situaciones de afinidad.
3. Renta
Podrán acceder a las ayudas las familias que dispongan de un mínimo de 7.455 euros anuales (1 Iprem) y un máximo de 18.637 (2,5 Iprem). Este tope de ingresos podrá corregirse al alza en función del número de miembros que habitan la vivienda y de la edad de estos. En cambio, las personas que viven solas tendrán muy complicado cumplir el perfil de ingresos que marca la Junta.
4. Cuantía
Cuantía. La ayuda subvencionará hasta el 30% del coste del alquiler con un máximo de 1.710 euros anuales.
5.
Alquiler máximo. Solamente podrán acceder a subvención los alquileres que no sobrepasen los 475 euros al mes en Valladolid, Salamanca, Burgos y Segovia; los 420 en Ávila, León, Palencia, Miranda de Ebro y San Andrés del Rabanedo; los 400 en Soria, Zamora, Aranda de Duero, Laguna de Duero, Ponferrada y otras 75 localidades que son cabeceras de comarca o municipios medios o grandes; los 350 euros en el resto de poblaciones.
6.
Plazos. El plazo de presentación de las solicitudes se abrirá el 20 de noviembre y concluirá el 19 de diciembre. Se podrán presentar en los servicios territoriales de Fomento, en cualquier oficina de información y registro de la Junta, por internet y por telefax.
7.
Documentación. El solicitante deberá presentar DNI o NIE de todos los residentes en la vivienda, certificado de empadronamiento con fecha posterior al 20 de noviembre, copia íntegra del contrato de arrendamiento y del libro de familia (en el caso de que se le requiera). Declaración de la Renta o una declaración responsable de ingreso.
En el caso de cambiar de vivienda deberá presentar el nuevo contrato. Infórmese antes, porque tiene pocos días para comunicarlo (5) y el contrato nuevo debe iniciarse justo a continuación de la extinción del anterior, formalizarse sin interrupción temporal con el primero.
8.
En competencia. O concurrencia competitiva. Así se otorgarán estas ayudas, lo que quiere decir que si hay más solicitantes con derecho que dinero disponible (2,97 millones de euros), la Junta priorizará y dará preferencia a los peticionarios con menos ingresos, para lo que se tendrá en cuenta el número de miembros de la familia.
9.
Controles. La Junta efectuará un control previo de cumplimiento de requisitos y, una vez concedida, abonará mensualmente la ayuda previa presentación del justificante de pago de la renta de alquiler abonada por transferencia, domiciliación o ingreso bancario (no valdrán recibos manuscritos). Deberá constar la identificación completa de la persona que paga, a quién paga y el mes. Deberá presentar el justificante en los primeros 10 días de mes o perderá el derecho a cobro.
10
Información. Puede solventar dudas o ampliar datos en el teléfono 012. En los servicios territoriales de Fomento. En la página web de la Junta www.jcyl.es. Solicitudes en: tramitacastillayleon.jcyl.es
http://www.elnortedecastilla.es/castillayleon/201411/12/diez-claves-para-entender-20141111190004.html
La Administración autonómica volverá a tramitar ayudas de vivienda, concretamente de apoyo al alquiler, a partir del 20 de noviembre. El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicará hoy las bases que recogen los requisitos de acceso a estas subvenciones y convocará las ayudas el 19, con lo que se podrán solicitar a partir del día 20 de noviembre y hasta el 19 de diciembre. La maquinaria de ayudas de vivienda, que se frenó en 2010, vuelve a ponerse en marcha, aunque sin el tronío de antes de la crisis. Se acabó la subvención a la compra y para ciudadanos con rentas más holgadas.
Pero la normativa que regula este tipo de ayudas tiene puntualizaciones, recovecos, en los que los menos habituados pueden perderse irremisiblemente. He aquí diez claves para poder conocer si se puede optar a las ayudas y cómo ha de hacerse.
1. Ayudas
Se subvenciona el contrato de arrendamiento de un piso o casa para residencia habitual y permanente.
No se subvencionan arrendamientos parciales o de habitaciones.
2. Beneficiarios
Mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento suscrito después del 31 de diciembre de 2010. Los extranjeros no comunitarios deberán estar en situación de residencia legal en España. Quedan excluidos los propietarios o usufructuarios de una vivienda, salvo en el caso de que no puedan disponer de la misma por separación o divorcio, situación que deberá acreditarse.Tampoco valen los casos de parentesco entre el arrendador y el arrendatario o las situaciones de afinidad.
3. Renta
Podrán acceder a las ayudas las familias que dispongan de un mínimo de 7.455 euros anuales (1 Iprem) y un máximo de 18.637 (2,5 Iprem). Este tope de ingresos podrá corregirse al alza en función del número de miembros que habitan la vivienda y de la edad de estos. En cambio, las personas que viven solas tendrán muy complicado cumplir el perfil de ingresos que marca la Junta.
4. Cuantía
Cuantía. La ayuda subvencionará hasta el 30% del coste del alquiler con un máximo de 1.710 euros anuales.
5.
Alquiler máximo. Solamente podrán acceder a subvención los alquileres que no sobrepasen los 475 euros al mes en Valladolid, Salamanca, Burgos y Segovia; los 420 en Ávila, León, Palencia, Miranda de Ebro y San Andrés del Rabanedo; los 400 en Soria, Zamora, Aranda de Duero, Laguna de Duero, Ponferrada y otras 75 localidades que son cabeceras de comarca o municipios medios o grandes; los 350 euros en el resto de poblaciones.
6.
Plazos. El plazo de presentación de las solicitudes se abrirá el 20 de noviembre y concluirá el 19 de diciembre. Se podrán presentar en los servicios territoriales de Fomento, en cualquier oficina de información y registro de la Junta, por internet y por telefax.
7.
Documentación. El solicitante deberá presentar DNI o NIE de todos los residentes en la vivienda, certificado de empadronamiento con fecha posterior al 20 de noviembre, copia íntegra del contrato de arrendamiento y del libro de familia (en el caso de que se le requiera). Declaración de la Renta o una declaración responsable de ingreso.
En el caso de cambiar de vivienda deberá presentar el nuevo contrato. Infórmese antes, porque tiene pocos días para comunicarlo (5) y el contrato nuevo debe iniciarse justo a continuación de la extinción del anterior, formalizarse sin interrupción temporal con el primero.
8.
En competencia. O concurrencia competitiva. Así se otorgarán estas ayudas, lo que quiere decir que si hay más solicitantes con derecho que dinero disponible (2,97 millones de euros), la Junta priorizará y dará preferencia a los peticionarios con menos ingresos, para lo que se tendrá en cuenta el número de miembros de la familia.
9.
Controles. La Junta efectuará un control previo de cumplimiento de requisitos y, una vez concedida, abonará mensualmente la ayuda previa presentación del justificante de pago de la renta de alquiler abonada por transferencia, domiciliación o ingreso bancario (no valdrán recibos manuscritos). Deberá constar la identificación completa de la persona que paga, a quién paga y el mes. Deberá presentar el justificante en los primeros 10 días de mes o perderá el derecho a cobro.
10
Información. Puede solventar dudas o ampliar datos en el teléfono 012. En los servicios territoriales de Fomento. En la página web de la Junta www.jcyl.es. Solicitudes en: tramitacastillayleon.jcyl.es
http://www.elnortedecastilla.es/castillayleon/201411/12/diez-claves-para-entender-20141111190004.html
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Re: Ayudas al alquiler en Castilla y León, se podrán solicitar desde el 20 de noviembre
Lun Ene 05, 2015 9:30 am
La subvención podrá solicitarse entre el 20 de noviembre y el 19 de diciembre
Si por ejemplo alquilo una casa ahora en enero? Ya no puedo solicitar una ayuda hasta el próximo el año?
Es que no lo entiendo pongamos una familia desahuciada o cualquier otro ejemplo una familia con ingresos bajos una pareja etc, por las razones que sean ahora es cuando necesitan una casa en alquiler con mucha urgencia en vez de alquilarla en diciembre la alquilan ahora en enero o en febrero etc ya no pueden recibir nada osea es plan que les den?
Mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento suscrito después del 31 de diciembre de 2010
Osea que si no llevas en una casa de alquiler viviendo 5 años tampoco nada?
Si por ejemplo alquilo una casa ahora en enero? Ya no puedo solicitar una ayuda hasta el próximo el año?
Es que no lo entiendo pongamos una familia desahuciada o cualquier otro ejemplo una familia con ingresos bajos una pareja etc, por las razones que sean ahora es cuando necesitan una casa en alquiler con mucha urgencia en vez de alquilarla en diciembre la alquilan ahora en enero o en febrero etc ya no pueden recibir nada osea es plan que les den?
Mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento suscrito después del 31 de diciembre de 2010
Osea que si no llevas en una casa de alquiler viviendo 5 años tampoco nada?
- javitxuInvitado
Re: Ayudas al alquiler en Castilla y León, se podrán solicitar desde el 20 de noviembre
Jue Ene 08, 2015 12:04 pm
Ayudas al alquiler pensadas para darlas a la menos gente posible y encima las anuncian poco para que no te enteres.
Yo preguntaría de todas formas en las oficinas de tu ciudad por si acaso han ampliado el plazo o algo así.
Yo preguntaría de todas formas en las oficinas de tu ciudad por si acaso han ampliado el plazo o algo así.
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