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Burgos, las familias afectadas por desahucio ya pueden solicitar las ayudas al alquiler Empty Burgos, las familias afectadas por desahucio ya pueden solicitar las ayudas al alquiler

Miér Mayo 27, 2015 9:32 am
Las familias afectadas por el desahucio de su vivienda habitual pueden comenzar a solicitar las subvenciones al alquiler y las ayudas para el pago del impuesto de plusvalías. Este lunes el Boletín Oficial de la Provincia publicaba las bases de la convocatoria de estas ayudas, que pueden comenzar a solicitarse ya en la Gerencia de Servicios Sociales.

El Ayuntamiento de Burgos ha dotado a estas subvenciones con una partida de 120.000 euros y podrán ser beneficiarios de las ayudas las familias que hayan vivido situaciones de desahucio desde el año 2011, cuando comenzó a acrecentarse esta problemática como consecuencia de la crisis económica. La Gerencia de Servicios Sociales comenzó con esta línea de ayudas en el año 2013 y continuó en el 2014 y, a la vista de los resultados, se han aprobado las bases para el ejercicio 2015. Servirán para obtener ayudas para el alquiler de una vivienda, así como para afrontar el pago del impuesto municipal sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía).

Como novedad, este año se incluye la posibilidad de obtener ayuda económica para que los afectados puedan liquidar las deudas con el Ayuntamiento que figuren como anotaciones de embargo sobre la vivienda habitual, cuando estas deudas están impidiendo la dación en pago al banco con el que mantienen la deuda hipotecaria o bien la reestructuración de la deuda. Esta última medida fue aprobada en el pleno del pasado 12 de diciembre y era una de las reivindicaciones que la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) venía realizando a la institución local.

La convocatoria está abierta hasta el 1 de noviembre por lo que los beneficiarios podrán acudir hasta entonces para solicitar las ayudas contenidas en las bases. En relación con las subvenciones al alquiler de una vivienda, se establece que los pisos donde estén alojadas estas familias no deben tener una superficie útil máxima 90 metros cuadrados, sin incluir trastero y garaje, y la renta mensual máxima de la vivienda será de 540 euros.

En el momento de presentación de la solicitud el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar o unidad arrendataria, no superen el límite de 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). A esta cantidad resultante se le deducirán las cantidades que estén siendo objeto de retención por embargo judicial dimanante de la ejecución hipotecaria. Según las bases, se entenderá como Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) 7.455,14 euros con 14 pagas.
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