- slieve87Usuario/a de Renta Antigua
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Una pareja de inquilinos logra el alquiler vitalicio tras ser desahuciados
Lun Oct 24, 2016 11:14 am
La Audiencia Provincial ha dado la razón a un matrimonio de inquilinos que llevaba 31 años en la misma vivienda y que hace dos fueron desahuciados por la hija de los dueños, que quería desalojarlos y dejar libre su piso. El tribunal revoca la sentencia de otro juez que desahució a la pareja y dice ahora que los inquilinos tienen derecho a seguir residiendo de alquiler en la misma casa «de por vida» porque así lo habían acordado con sus antiguos caseros en octubre del 1985, cuando firmaron un contrato de arrendamiento prorrogable por tiempo de indefinido.
Los inquilinos no pagaban renta antigua sino que habían actualizado los pagos según el IPC a lo largo de tres décadas, entre 300 y 400 euros al mes. Cada cierto tiempo renovaban su contrato pero, un buen día, la hija de los caseros obtuvo el dominio de la viviendas se negó a prorrogar el alquiler. Les dijo a la pareja, ya en la cincuentena, que el contrato había expirado y debían abandonar la vivienda.
La heredera alegó que iba a aplicar con todas las consecuencias el decreto Boyer, dictado en abril de 1985, medio año antes de que ellos arrendaran el piso, y que derogó la prórroga forzosa del alquiler. Eso significaba que los moradores no tenían derecho a pedir una prórroga del contrato y se tendrían que marchar. Ellos se negaron a irse y la casera los llevó a juicio.
El juzgado de primera instancia número 7 de Vigo dictó el 1 de diciembre del 2015 una sentencia a favor de la dueña. La jueza declaraba resuelto y expirado el contrato de alquiler y ordenaba a los demandados que dejasen libre la vivienda de inmediato.
El matrimonio desahuciado apeló a la Sexta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, y los magistrados les dan hora la razón. Para el tribunal no hay duda de que el contrato firmado en 1985 entre los inquilinos y los padres de la actual casera mostró la voluntad de las partes de que el alquiler fuese indefinido y la prórroga forzosa año tras año. Fuentes cercanas al caso explicaron que cuando se firmó el contrato, el deseo claro de todos fue que la pareja pudiese vivir de alquiler en ese inmueble toda la vida hasta el fallecimiento de ambos cónyuges. Aunque el decreto Boyer se había aplicado el mismo año, primaba la voluntad del casero y sus inquilinos, pues estos habían preferido que el plazo de arrendamiento fuese de un año prorrogable en la forma prevista por la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos (que se remonta a 1964), más beneficiosa para el morador.
La Audiencia rechaza desahuciar a la pareja porque considera que no fue un contrato tipo sino que estaba redactado sin rigor y solo le cabe interpretar que fue el propio propietario arrendador el que mostró su voluntad de que hubiese una futura renovación a sus inquilinos, pues citó expresamente que habría la prórroga.
Los inquilinos no pagaban renta antigua sino que habían actualizado los pagos según el IPC a lo largo de tres décadas, entre 300 y 400 euros al mes. Cada cierto tiempo renovaban su contrato pero, un buen día, la hija de los caseros obtuvo el dominio de la viviendas se negó a prorrogar el alquiler. Les dijo a la pareja, ya en la cincuentena, que el contrato había expirado y debían abandonar la vivienda.
La heredera alegó que iba a aplicar con todas las consecuencias el decreto Boyer, dictado en abril de 1985, medio año antes de que ellos arrendaran el piso, y que derogó la prórroga forzosa del alquiler. Eso significaba que los moradores no tenían derecho a pedir una prórroga del contrato y se tendrían que marchar. Ellos se negaron a irse y la casera los llevó a juicio.
El juzgado de primera instancia número 7 de Vigo dictó el 1 de diciembre del 2015 una sentencia a favor de la dueña. La jueza declaraba resuelto y expirado el contrato de alquiler y ordenaba a los demandados que dejasen libre la vivienda de inmediato.
El matrimonio desahuciado apeló a la Sexta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, y los magistrados les dan hora la razón. Para el tribunal no hay duda de que el contrato firmado en 1985 entre los inquilinos y los padres de la actual casera mostró la voluntad de las partes de que el alquiler fuese indefinido y la prórroga forzosa año tras año. Fuentes cercanas al caso explicaron que cuando se firmó el contrato, el deseo claro de todos fue que la pareja pudiese vivir de alquiler en ese inmueble toda la vida hasta el fallecimiento de ambos cónyuges. Aunque el decreto Boyer se había aplicado el mismo año, primaba la voluntad del casero y sus inquilinos, pues estos habían preferido que el plazo de arrendamiento fuese de un año prorrogable en la forma prevista por la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos (que se remonta a 1964), más beneficiosa para el morador.
La Audiencia rechaza desahuciar a la pareja porque considera que no fue un contrato tipo sino que estaba redactado sin rigor y solo le cabe interpretar que fue el propio propietario arrendador el que mostró su voluntad de que hubiese una futura renovación a sus inquilinos, pues citó expresamente que habría la prórroga.
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