Cómo usar hipoteca y alquiler para pagar menos a Hacienda
Jue Mayo 17, 2012 11:41 am
Cómo usar hipoteca y alquiler para pagar menos a Hacienda
Pagar menos a Hacienda o que nos devuelvan más es el objetivo de todos los contribuyentes ahora que estamos en plena campaña de la Renta 2011. En materia de vivienda conviene saber qué apartados fiscales son claves para conseguir el máximo ahorro posible. Consuelo Villanueva, directora de empresas y particulares de Sociedad de Tasación nos hace algunas recomendaciones a tener en cuenta.
¿Qué puedo desgravar?
■Mejoras de la vivienda habitual
En este epígrafe figuran las obras que se ejecuten en beneficio del medio ambiente (mejoras en las instalaciones térmicas, instalación de paneles solares) o que se adapten a las necesidades de personas con discapacidad o mayores de 65 años (ascensores, rampas, dispositivos de acceso...), así como los trabajos para que la casa o el edificio tengan acceso a Internet y a la TDT. Aplicable a todos los declarantes y hasta un máximo de 9.040 euros anuales.
■Apoyo a la discapacidad
Esta deducción podrá llegar a los 12.080 euros si de lo que se trata es de adaptar elementos comunes de un edificio o una vivienda donde habiten personas con discapacidad.
■Viviendas no habituales
También pueden beneficiarse de deducciones, de hasta un 20%, con un máximo de 6.750 euros por contribuyente y para rentas no superiores a 71.007,20 euros.
■Viviendas en régimen de alquiler
Tanto el inquilino como el arrendador tienen sus propias desgravaciones. Si eres inquilino y tu renta no supera los 17.000 euros, la rebaja fiscal será del 100%. A partir de esa cantidad y hasta 24.000 euros, las deducciones varían de forma gradual, mientras que los que superen esta última cifra no pueden acceder a ninguna ayuda fiscal en concepto de vivienda. Por otro lado, si eres arrendador, podrás desgravar el 60% de los ingresos del alquiler, y en caso de que tu inquilino sea menor de 30 años, estarás exento de tributar.
■La luz no se deduce
Los gastos que correspondan a la factura del agua, la luz o el gas no están incluidos dentro de la cuantía que desgrava, con independencia de que sea el inquilino quien los afronte.
■Renta básica de emancipación (RBE)
La ayuda de 210 euros para menores de 30 años –cuyos ingresos anuales no superen los 22.000 euros– también debe declararse: el Estado la considera una "ganancia patrimonial no sujeta a retención". Dependiendo de las circunstancias económicas y personales de cada contribuyente se aplica una retención distinta.
■Impuesto de patrimonio
Todos aquellos cuyos bienes superen el millón de euros están obligados a declararlo.
Comprar una casa tiene premio
Una de las grandes novedades de este año es que la deducción generalizada por la compra de vivienda sigue vigente para todas las rentas pese a que el anterior Ejecutivo la suprimió en enero de 2011. Aún así, las transacciones de casas descendieron un 22,7% en marzo con respecto al mismo mes de 2011.
Pagar menos a Hacienda o que nos devuelvan más es el objetivo de todos los contribuyentes ahora que estamos en plena campaña de la Renta 2011. En materia de vivienda conviene saber qué apartados fiscales son claves para conseguir el máximo ahorro posible. Consuelo Villanueva, directora de empresas y particulares de Sociedad de Tasación nos hace algunas recomendaciones a tener en cuenta.
¿Qué puedo desgravar?
■Mejoras de la vivienda habitual
En este epígrafe figuran las obras que se ejecuten en beneficio del medio ambiente (mejoras en las instalaciones térmicas, instalación de paneles solares) o que se adapten a las necesidades de personas con discapacidad o mayores de 65 años (ascensores, rampas, dispositivos de acceso...), así como los trabajos para que la casa o el edificio tengan acceso a Internet y a la TDT. Aplicable a todos los declarantes y hasta un máximo de 9.040 euros anuales.
■Apoyo a la discapacidad
Esta deducción podrá llegar a los 12.080 euros si de lo que se trata es de adaptar elementos comunes de un edificio o una vivienda donde habiten personas con discapacidad.
■Viviendas no habituales
También pueden beneficiarse de deducciones, de hasta un 20%, con un máximo de 6.750 euros por contribuyente y para rentas no superiores a 71.007,20 euros.
■Viviendas en régimen de alquiler
Tanto el inquilino como el arrendador tienen sus propias desgravaciones. Si eres inquilino y tu renta no supera los 17.000 euros, la rebaja fiscal será del 100%. A partir de esa cantidad y hasta 24.000 euros, las deducciones varían de forma gradual, mientras que los que superen esta última cifra no pueden acceder a ninguna ayuda fiscal en concepto de vivienda. Por otro lado, si eres arrendador, podrás desgravar el 60% de los ingresos del alquiler, y en caso de que tu inquilino sea menor de 30 años, estarás exento de tributar.
■La luz no se deduce
Los gastos que correspondan a la factura del agua, la luz o el gas no están incluidos dentro de la cuantía que desgrava, con independencia de que sea el inquilino quien los afronte.
■Renta básica de emancipación (RBE)
La ayuda de 210 euros para menores de 30 años –cuyos ingresos anuales no superen los 22.000 euros– también debe declararse: el Estado la considera una "ganancia patrimonial no sujeta a retención". Dependiendo de las circunstancias económicas y personales de cada contribuyente se aplica una retención distinta.
■Impuesto de patrimonio
Todos aquellos cuyos bienes superen el millón de euros están obligados a declararlo.
Comprar una casa tiene premio
Una de las grandes novedades de este año es que la deducción generalizada por la compra de vivienda sigue vigente para todas las rentas pese a que el anterior Ejecutivo la suprimió en enero de 2011. Aún así, las transacciones de casas descendieron un 22,7% en marzo con respecto al mismo mes de 2011.
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