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Soulth1984
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Renta,deducción autonómica y deposito de fianza . Empty Renta,deducción autonómica y deposito de fianza .

Miér Mayo 21, 2014 3:54 am
A ver una cosa que me aclare porque últimamente estoy teniendo varios problemas con ese asunto y me surgen muchísimas dudas al respecto.
Tengo que claro que existen 2 tipos de deducciones por alquiler. La estatal (general para todos) y la autonómica (que varía segun que comunidad y exige ciertos requisitos).
A este ese punto todo claro, ahora bien...pongamos un ejemplo. Yo tengo una RBE que le consta a hacienda que la estoy percibiendo y como tal me la aplican en el borrador,haciendo los cálculos con retenciones de irpf y demas te sale un resultado, luego declaras tu alquiler y te aplican la deduccion estatal con lo cual la cifra se modifica a favor tuyo, y luego ademas te aplican una deduccion autonomica cumpliendo ciertos requisitos ( que ellos deben saber y debe constar en su sistema porque para eso es "hacienda") que nunca me han preguntado, pero que yo se que los cumplo porque al menos para mi comunidad son los siguientes:
- Que la base imponible general no sea superior a 20.000 € en individual ó 30.000 € en el supuesto de opción por la tributación conjunta.
- Las cantidades satisfechas por el alquiler excedan del 10 por 100 de la base imponible general obtenida en el periodo impositivo.
- Es necesario la declaración por parte del contribuyente del NIF del arrendador, de la identificación catastral de la vivienda y del canon arrendaticio anual.
Bien, por lo tanto resumiendo el resultado sale mas a mi favor porque se me aplica de forma automatica esa deduccion a la que tengo derecho.
Ahora viene la duda existencial, he leido algo sobre un requisito para la deduccion autonomica que es que el casero debe depositar una fianza...la famosa fianza que yo le llamo.Yo jamas he leido tal cosa en los requisitos y es mas, tampoco se menciona ninguna excepcion por ayudas o lo que sea...porque yo digo, mi casero jamas me ha pedido una fianza para su alquiler y por tanto no me ha hecho falta pedir ese famoso prestamo para la fianza al estado.Ahhhh espera un momento, igual se refiere a que ese requisito famoso de la fianza es aplican a aquellas personas que en su dia el estado, vivienda o quien fuera...prestara a los jovenes para asi estos pagar la fianza que sus caseros exigian y que éste a su vez se viera obligado a depositarla en la oficina de vivienda de su comunidad.Despues de todo este rollo y demas mi pregunta es, ese requisito es obligatorio aunque no hayas pagado fianza a tu casero y por consiguiente este no esta obligado a depositarla en vivienda ya que el paga de por si una serie de impuestos cada x meses porque tiene varios pisos y locales en alquiler? o el deposito de la fianza al que se refiere es al prestamo que ha hecho el estado a los jovenes que en su dia solicitaron la rbe y pidieron esa fianza al estado para darsela al casero y que este tiene que si o si depositarla en vivienda? Ahi lo dejo...si alguien supiera darme un poco de luz en este tema lo agradeceria, Gracias.

PD: Como dato que aporto sobre la idea que tengo es que no se que tiene que ver el depositar una fianza (si es que el casero la exige claro) supuestamente a nivel autonomico para aplicar una deduccion autonomica en cuyos requisitos para su obtencion no aparece nada sobre depositar dicha fianza y excepciones por subvenciones del gobierno, cuando ya de por si la RBE te la aplican de forma automatica en el borrador y sin que hayas declarado lo que tengas que declarar. Lo mas logico seria pensar que entonces la RBE afecta de forma directa independientemente de la deduccion estatal y autonomica que tengas, ya que ambas se aplican despues y ambas tienen sus requisitos.
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otromas
Invitado

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Miér Mayo 21, 2014 11:37 am
El depósito de la fianza como requisito para la deducción autonómica es para cualquier persona que alquile un piso, siempre en la comunidad donde lo alquile se exija.

Es decir:

  • no tiene nada que ver con que te hayan dado una ayuda para la fianza por parte del Estado o lo que sea, y no tiene nada que ver que tu casero te haya exigido una fianza para alquilar el inmueble.
  • ahora bien, no todas las comunidades autónomas exigen que presentes ese depósito para aplicar la deducción autonómica. Si en los documentos referentes a la comunidad donde vives no lo indica, no tienes que darle más vueltas (si te fijas en los requisitos para Madrid o Comunidad Valenciana, ahí lo indica claramente).

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Soulth1984
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Miér Mayo 21, 2014 1:12 pm
Antes que nada muchas gracias por contestar otromas, y la verdad es que estaba algo asustado porque claro aquí a veces se leen unas burradas que ni te imaginas y claro siempre te deja en la duda y como que se te mete el miedo en el cuerpo. Después de mucho indagar es lo que tu bien dices, es una fianza que puede o no exigir la comunidad, en este caso en Canarias no lo exigen y los arrendatarios no están obligados a hacerlo, de hecho fui a vivienda y la que me atendió me dijo que casi ningún casero suele depositar la fianza porque no están obligados a hacerlo (en Canarias). A efectos tener la RBE y la declaración hacienda ya te incluye la RBE al ser a nivel estatal y si pediste un préstamo para la fianza también te lo incluyen directamente, otra cosa como bien dices es que para aplicarte la deducción autonómica se requiera la fianza. He leído y de hecho también llame a otro numero de vivienda y me indicaron que no existe tal requisito para beneficiarse de esa deducción, por tanto ya salgo de las dudas y se que todo lo tengo ok. Espero que esto sirva de ayuda a aquella gente que tiene sus dudas y que por favor a aquellos que no están seguros de lo que hablan que se informen bien antes de dar una información porque lo que generan es mas confusión y miedo en personas que leen este foro, un saludo y gracias otromas por contestar.
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kuku
Invitado

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Miér Mayo 21, 2014 4:16 pm
Hola Soulth1984,

tengo muy malas noticias para ti, porque en Canarias SI QUE ES OBLIGATORIO el deposito de la fianza. El depósito de la fianza del alquiler en Canarias deberá hacerse en el plazo de un mes desde la formalización del contrato de arrendamiento y está regulado en las siguientes disposiciones:

- Decreto 45/1985 de 22 de febrero, por el que se regula la emisión de papel de Fianza en materia de vivienda.

- Disposición Adicional Séptima de la Ley 5/1996 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Solo si ha depositada, tu podrás deducirte el alquiler a nivel autonomo.
Si lo haces, sin que este depositada, te tocará devolverlo todo.
Y el otro tema, de si un casero no pide fianza, eso tambien es ilegal. Todos los caseros al alquilar un piso estan obligados a pedir un mes de fianza por ley. Al celebrar un contrato de arrendamiento, la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 36, exige la entrega por parte del arrendatario de una cantidad en concepto de fianza.
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otromas
Invitado

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Miér Mayo 21, 2014 4:25 pm
Vamos a ver:

El depósito de la fianza en el órgano autonómico que corresponda es obligatorio en todo el estado español. Por tanto, un casero debe pedir fianza para que el contrato sea a todas luces legal, y depositarla en ese órgano. Si no lo hace, el casero se enfrenta a una multa en el caso de que se investigue. Por lo visto no es algo que suela pasar si el inquilino no denuncia la situación. Yo sé que uno de mis caseros declaraba el alquiler en su renta, pagando el 0% por tener un inquilino menor de x años y trabajando, y no tenía fianza depositada en ningún lugar (yo no había dado ninguna fianza para alquilar ese piso) y jamás se le reclamó nada al respecto.

Sin embargo, en cada comunidad autónoma se exigen unos requisitos para acceder a la desgravación autonómica. En muchas de ellas se exige presentar el recibo del depósito de la fianza. Si el chico dice que en Canarias no aparece este requisito y se lo ha mirado bien, pues tendrá razón.

Que la fianza sea obligatoria según la LAU no significa que hacienda lo compruebe. De hecho, la desgravación estatal no da ningún problema en este sentido porque solo requiere presentar prueba de pago de las mensualidades (y no recuerdo si también el contrato de arrendamiento). Y yo, personalmente, he tenido que devolver la desgravación autonómica y he podido practicar la estatal sin problemas en el mismo ejercicio, no existiendo fianza ninguna y por tanto no estando depositada en ningún sitio

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otromas
Invitado

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Miér Mayo 21, 2014 4:38 pm
Y adjunto link al manual de la declaración:

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/DIT/Contenidos_Publicos/CAT/AYUWEB/Biblioteca_Virtual/Manuales_practicos/Renta/Manual_renta_patrimonio_2013_es_es.pdf


En la página 574 aparecen los requisitos en Canarias: no se menciona el depósito.

En la 628 aparecen los requisitos para Madrid: se indica expresamente el depósito de la fianza.

(el número de las páginas es el del documento PDF, no el de la numeración de cada una).
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JaimeMIL
Invitado

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Miér Mayo 21, 2014 6:05 pm
Hola,

soy de Canarias.
Si ke es obligatorio el deposito de la fianza, se puede leer en el Boleton Oficial de Canarias (BOC) DECRETO 45/1985 en la pagina web de gobiernodecanarias.org
Saludos
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Soulth1984
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Miér Mayo 21, 2014 7:28 pm
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Es obligatorio y a dia de hoy ni en vivienda, "ojo" vivienda no saben nada al respecto. Llame y fui personalmente, por un lado me dijeron en VIVIENDA que no se exige una fianza por alquiler y que los caseros la piden si lo desean y si no no, el depositarla no es oblogatorio, y por telefono me han leido los requisitos y ahi NO aparece nada al respecto, comprendo que esos requisitos estaran al dia porque asi me lo han informado en VIVIENDA esta misma mañana asi que creo que mejor que ellos no lo sabe nadie, encima pregunte en 2 sitios diferentes y no les suena nada de eso. Yo las 2 vecss que ido a declarar la persona me ha puesto la deduccion directamente porque le facilito el nif del arrendador, que SI es un requisito para landeduccion
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Soulth1984
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Miér Mayo 21, 2014 7:31 pm
En este punto, hay alguien de canarias que sepa de SEGURO que eso es 100% fiable y que no se puede deducir autonomicamente por no haber una fianza? Fianza que por cierto no es obligatoria en canarias segun me informan en vivienda.
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Soulth1984
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Miér Mayo 21, 2014 7:45 pm
Y otra cosa, hablamos de fianza en concepto de deduccion autonomica a la hora de hacer la declaracion. Igual hay otro tipo de fianza pero que compete solo al arrendatario por ley y que no afecta a que yo tenga o no esa deduccion, no se si me explico...
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Soulth1984
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Miér Mayo 21, 2014 7:47 pm
JaimeMIL podrias pasarme el enlace directo del BOC en el que pone lo que estamos tratando aqui? Gracias.
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JaimeMIL
Invitado

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Miér Mayo 21, 2014 10:11 pm
Hola,

lee aqui
http://www.mundojuridico.info/deposito-de-la-fianza-del-alquiler-en-canarias/
Y aqui
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/1985/026/boc-1985-026-001.pdf


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Soulth1984
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Miér Mayo 21, 2014 10:35 pm
Ya lo lei pero al margen de que eso afecte al arrendador y no a mi ya que ahi pone que es obligacion de el, donde pone que es requisito para la deduccion autonomica, que es de lo que estamos hablando en este tema. Ya me he leido esa pagina miles de veces y no niego el hecho de que por ley ÉL tenga que pagar fianza, impuestos o lo que sea, que los paga cada 3 meses, sino donde aparece la relacion entre el derecho de tener deduccion autonomica con depositar la fianza...
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padal
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Vie Mayo 23, 2014 11:23 am
a mi me pasa algo parecido quiero declarar solo estatalmente xq mi casero no tiene la fianza pero al declarar se pone automaticamente la autonomica, no se puede declarar solo una parte????
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otromas
Invitado

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Vie Mayo 23, 2014 1:20 pm
Al poner el alquiler en la desgravación estatal, la cuantía que se te desgrava corre a cargo del estado (un 50%) y de la comunidad autónoma (el otro 50%). Por eso aparece dividida en dos casillas, estatal y autonómica.

Por otro lado, en otro apartado de la declaración están las desgravaciones autonómicas. Si ahí vuelves a poner los datos del alquiler, te aparecerá otra desgravación autonómica en el resultado, que es la que te reclaman en caso de no tener la fianza depositada (si es que ésta es requisito en tu comunidad autónoma).

Un ejemplo:

Pagas 500 euros mensuales de alquiler: 6000 euros anuales.

Desgravación estatal del 10% (aprox):
600 euros de desgravación de los cuales:
300 van a la casilla estatal
300 van a la casilla autonómica

Desgravación autonómica del 15 % (en cada comunidad es una cifra, pongo esto por poner algo):
900 euros de desgravación (suelen tener un máximo también, digamos que son 800)
800 euros que te desgravas por tu comunidad autónoma (por máximo).

Si en tu comunidad exigen la fianza y no la tienes, tendrás que devolver los 800 que resultan de incluir el alquiler en las desgravaciones autonómicas, pero no los 300 que aparecen en la casilla autonómica tras introducir la desgravación estatal.

Si descargas el programa PADRE verás claramente que son dos cosas distintas.
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Soulth1984
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Vie Mayo 23, 2014 1:30 pm
Reputación del mensaje :100% (1 voto)
Bueno al menos cuando yo lo hice por la web para modificar el borrador, al meter el alquiler me deducía solo la parte estatal, no me metía la autónomica. Yo mas tarde metí la autonómica porque me interesaba, pero me daba la opción. Aun así fui a la oficina a hacer la declaración, ahí si que la que me antendió me dedujo tanto estatalmente como autonómicamente, imagino que porque al facilitar el NIF del arrendador y cumplir una serie de requisitos ya ella vio en su sistema que podía deducirme autonómicamente porque de las 2 veces que la he hecho, nunca me han preguntado lo de la fianza, simplemente me ponen la deducción autonómica y listo.En resumen, creo que una deducción no implica la otra.
PD: Yo en mi caso me deduzco autonómicamente porque en Canarias la fianza no es requisito para poder obtener esa deducción, imagino que en otras comunidades en las que SI es un requisito solo te interesa hacerlo de forma estatal ya que no hay fianza depositada y por tanto no puedes tener esa deducción.
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Soulth1984
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Vie Mayo 23, 2014 1:33 pm
Creo que otromas lo ha explicado mejor imposible, de todas formas si tienes dudas échale un vistazo a lo que te dice.

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padal
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Vie Mayo 23, 2014 1:45 pm
Gracias amigo Very Happy 
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Mamamia
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Vie Mayo 23, 2014 2:52 pm
"ya ella vio en su sistema que podía deducirme autonómicamente porque de las 2 veces que la he hecho, nunca me han preguntado lo de la fianza, simplemente me ponen la deducción autonómica y listo.En resumen, creo que una deducción no implica la otra"


ella en su sistema no ve nada ni comprueban si tienes los requisitos para alguna deduccion, ya sea la del alquiler o la e tener hijos o la por reformas en la vivienda. puedes meter lo que quieras, ya que lo firmas y con tu firma aceptas y reconoces que estos datos son ciertos.
luego hacienda las comprueba y pueden pedir justificantes.

un ejemplo: llevo muchos años deduciendome el alquiler a nivel estatal y nunca, nunca han pedido los justificantes de las transferencias ni el contrato de alquiler. o acaso cuando confirmas y modificas el borrador tienes que adjuntar las transferencia realizadas? yo puedo tener un contrato de alquiler de 3 años pero quizas ya vivo con mis padres y con mi novia en otra casa y podria poner en la declaracion que mensualmente pago 500 € por deducirme. nadie lo comprueba en el momento de hacer la declaracion, sino una vez presentada y aunque ya te han devuelto el dinero te pueden investigar, por lo cual siempre hay que ser sincero.
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padal
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Vie Mayo 23, 2014 2:56 pm
Si a mi me pasó xro fue sin querer.
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Soulth1984
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Sáb Mayo 24, 2014 12:18 am
"ella en su sistema no ve nada ni comprueban si tienes los requisitos para alguna deduccion"
o sea se limita a deducirte algo que no sabe si te corresponde o no...es como decir, bueno si el dia de mañana te corresponde pues cojonudo, que no te corresponde , tranquilo que ya hacienda se te echa encima, yo por si acaso te lo deduzco, ni siquiera te pregunto y ya veremos que pasa.Creo que por lógica, independientemente de que quieras timar a hacienda, cosa que veo jodida, normalmente te preguntan...soltero? con hijos? has vendido alguna propiedad? bla bla bla, ya luego ellos investigaran si eso es cierto o no, pero PREGUNTAN es a lo que yo me refiero y no te meten deducciones a la buena de dios. Vale que no lo compruebe ni lo vea, pero tampoco puede poner algo que no sabe, asi que imagino que lo pone porque tiene indicios y datos que le permiten hacerlo sin tener que preguntar, digo yo.En mi caso vio que tenia la RBE, por tanto he cobrado una ayuda durante 12 meses, para cobrar esa ayuda he tenido que pagar un alquiler mes a mes, porque si no hay una comprobacion mensual de que estas pagando el alquiler no hay RBE, creo que ha muchos les ha pasado que por retrasos o problemas a la hora de hacer las transferencias les ha salido incidencias en los pago de la rbe y no han cobrado como deben, por tanto si le sale que he tenido una ayuda de X dinero durante el año pasado creo que es logico pensar que la has recibido durante ese año porque has ido pagando el alquiler y en consecuencia junto con otros requisitos ella te deduce automaticamente sin preguntar. No creo que nadie en su sano juicio toque algo tan delicado como es eso sin preguntar, mi opinion.

"llevo muchos años deduciendome el alquiler a nivel estatal y nunca, nunca han pedido los justificantes de las transferencias ni el contrato de alquiler"

Se puede deducir un alquiler sin presentar un contrato que certifique que estas pagando dicho alquiler? Imagino que entonces lo deduces de palabra porque a mi siempre, siempre, siempre me han pedido el contrato, aunque igual solo es por ver las cantidades y nada mas, cosa que tambien le puedes decir tu directamente. Bueno es posible, aunque me resulta raro.

En resumen a lo que voy es que no creo que te metan deducciones por la cara, otra cosa es que te pregunten y tu mientas, ahi el problema te lo buscas tu.
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Astovi
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Sáb Mayo 24, 2014 12:56 pm
http://www.spaviv.es/portal/informacion/fiscalidadCCAA.php
Deducciones por alquiler en las Comunidades Autónomas:
Comunidades que tienen que acreditar la constitución del depósito obligatorio de la fianza:
 Andalucía
 Islas Baleares
 Galicia
 Madrid
 Comunidad Valenciana
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hello2000
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Dom Mayo 25, 2014 8:42 pm
Se puede deducir un alquiler sin presentar un contrato que certifique que estas pagando dicho alquiler?

Correcto. Por poder deducir, puedes, otra cosa es que sea correcta. La mayoria de las personas presentan la declaracion con el programa PADRE o confirman o modifican el borrador, acaso ahi el ordenador te pide que le enseñes el contrato de alquiler?

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Soulth1984
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Dom Mayo 25, 2014 9:01 pm
La mayoria de las personas presentan la declaracion con el programa PADRE o confirman o modifican el borrador, acaso ahi el ordenador te pide que le enseñes el contrato de alquiler?
Cierto, lo pensé después. ^^
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otromas
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Lun Mayo 26, 2014 11:27 am
El contrato y los justificantes de pago (y el resguardo del depósito de la fianza si la Comunidad lo requiere) te los reclaman luego, cuando revisan la declaración (y si la revisan, claro).

En mi comunidad autónoma sí que es necesario el resguardo. Sé que durante años (hasta hace 3) a nadie de mi entorno le solicitaron nunca el resguardo, el contrato o los justificantes de pago de cada mes. Por tanto se aplicaban las dos deducciones y no había ningún problema, es de suponer que en Hacienda no revisaban estos temas. Sin embargo, desde hace 2 o 3 años ponen mucho más empeño y reclaman la documentación (en mi caso, un año después de presentar la declaración). La única explicación -no oficial- que me han dado es que con la crisis se han puesto mucho más serios y revisan mucho más.
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