- josen02002Noob
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si mevoy de un piso de alquiler sin cumplir contrato que pasa.
Jue Nov 22, 2012 11:15 pm
Hola, tengo una pregunta. si me voy del piso en el que estoy de alquier avisando con 30 dias pero sin cumplir el año pactado en el contrato, ¿que pasa? . ¿El casero puede demandarme por algo o exigirme el pago de los meses restantes para cumplir el contrato?. muchas gracias de antemano y si alguien sabe del tema y puede que me mande algun enlace de alguna ley donde explique todo lo que me puede pedir o demandar. mil gracias!!!!!
- SasquachtArrendando que es gerundio
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Re: si mevoy de un piso de alquiler sin cumplir contrato que pasa.
Vie Nov 23, 2012 12:45 am
Te dejo un link que te puede servir, aunque la ley de alquileres se ha modificado en parte por lo que puede que te beneficie en algo:
http://www.idealista.com/news/archivo/2010/04/27/0180079-es-posible-irse-de-un-piso-de-alquiler-antes-del-fin-del-contrato
En numerosas ocasiones una persona que vive de alquiler puede querer cambiar de piso o dejar el que tiene alquilado. Un cambio de trabajo, quedarse desempleado, un divorcio o simplemente el deseo de vivir en otra casa más grande o más barata pueden ser alguna de las razones. sin embargo, en esos momentos recuerda que tiene un contrato con su casero que le obliga a permanecer en el mismo por un tiempo. ahí, siempre surge la duda: ¿es posible irse de un piso de alquiler antes de que finalice el contrato?
la ley de arrendamientos urbanos (lau) es la que regula el proceso de alquiler de un piso y es clara:
1) inquilino y propietario pactan libremente la duración del contrato en el momento en que se alquila la vivienda y si no se acuerda plazo ninguno, la ley entiende que éste es de un año
2) al finalizar este periodo, el inquilino puede prorrogar el contrato por plazos anuales hasta llegar a 5. de este modo cuando se alquila una casa el propietario se compromete ante el inquilino, pero también éste adquiere un compromiso ante el dueño de la casa
en circunstancias como las anteriores (cambio de residencia, paro, variación de prioridades) es cuando se prueban las restricciones del alquiler y cuando se comprueba que la "libertad" pretendida al vivir arrendado es en algunos casos limitada, ya que si alguien empezó un contrato en diciembre con duración de un año, sólo puede abandonar el piso en los siguientes meses de diciembre previo aviso de 30 días al casero
pero si en primavera se encuentra un piso más interesante puede resultar tentadora la idea de mudarse sin esperar a que finalice el contrato o la anualidad vigente. Esto no es recomendable puesto que la ley obliga en este caso al inquilino a pagar al propietario una indemnización por incumplimiento de contrato que puede llegar a ser el total de las mensualidades que quedan hasta que finalice el plazo acordado
¿y si es por causa justificada como un cambio de trabajo o un divorcio? pese a ello, la ley es clara: el inquilino no puede abandonar el piso unilateralmente porque se considera incumplimiento de contrato y, según la ley, tendrá que indemnizar al propietario
la negociación inquilino-casero, la opción más razonable
aunque lo más probable es que el propietario gane una demanda contra un inquilino que deje el piso a las bravas, conviene ser razonable y buscar una salida pactada. Ni siquiera al casero le conviene cerrarse en banda ni agarrarse al contrato porque el proceso para cobrar puede ser largo (siete meses de media y hasta dos años es el tiempo que se alargó un proceso judicial en 2008, según los datos del consejo general del poder judicial) y costoso (pudiendo superar los 6.000 euros). además, siempre existe la incertidumbre de cómo interpretará el juez las motivaciones del inquilino para abandonar la casa
por ello, lo más rentable tanto para inquilino como para propietario será mostrarse razonable y buscar una salida pactada. los expertos recomiendan a quien vive de alquiler y de pronto se ve en la necesidad de dejar la vivienda que actúe de buena fe y comunique al dueño de la casa su intención de irse lo antes posible
también le recomiendan que ayude al casero a buscar a alguien interesado en la casa (un amigo, un compañero de trabajo, un familiar o incluso un vecino del bloque que quiera cambiarse de casa) para que ésta no quede vacía en ningún momento. así, desde que la casa sea alquilada nuevamente, el inquilino original dejará de tener que seguir pagando la renta, con lo que tanto propietario como inquilino resolverán su problema
si no se encuentra sustituto lo más razonable es indemnizar al propietario, explica fernando encinar, director del servicio de estudios de idealista.com, ya que vamos a incumplir el contrato y el inquilino le va a causar una reducción de ingresos, que el propietario tendrá que poner en alquiler la vivienda cuando no pensaba hacerlo. en este sentido se puede valorar una indemnización que cubra el tiempo que el propietario va a tener la vivienda vacía y que podría llegar a un importe máximo de hasta 2 meses de la renta del alquiler, un periodo más que razonable para que el casero encuentre un nuevo interesado en la misma, según encinar
http://www.idealista.com/news/archivo/2010/04/27/0180079-es-posible-irse-de-un-piso-de-alquiler-antes-del-fin-del-contrato
En numerosas ocasiones una persona que vive de alquiler puede querer cambiar de piso o dejar el que tiene alquilado. Un cambio de trabajo, quedarse desempleado, un divorcio o simplemente el deseo de vivir en otra casa más grande o más barata pueden ser alguna de las razones. sin embargo, en esos momentos recuerda que tiene un contrato con su casero que le obliga a permanecer en el mismo por un tiempo. ahí, siempre surge la duda: ¿es posible irse de un piso de alquiler antes de que finalice el contrato?
la ley de arrendamientos urbanos (lau) es la que regula el proceso de alquiler de un piso y es clara:
1) inquilino y propietario pactan libremente la duración del contrato en el momento en que se alquila la vivienda y si no se acuerda plazo ninguno, la ley entiende que éste es de un año
2) al finalizar este periodo, el inquilino puede prorrogar el contrato por plazos anuales hasta llegar a 5. de este modo cuando se alquila una casa el propietario se compromete ante el inquilino, pero también éste adquiere un compromiso ante el dueño de la casa
en circunstancias como las anteriores (cambio de residencia, paro, variación de prioridades) es cuando se prueban las restricciones del alquiler y cuando se comprueba que la "libertad" pretendida al vivir arrendado es en algunos casos limitada, ya que si alguien empezó un contrato en diciembre con duración de un año, sólo puede abandonar el piso en los siguientes meses de diciembre previo aviso de 30 días al casero
pero si en primavera se encuentra un piso más interesante puede resultar tentadora la idea de mudarse sin esperar a que finalice el contrato o la anualidad vigente. Esto no es recomendable puesto que la ley obliga en este caso al inquilino a pagar al propietario una indemnización por incumplimiento de contrato que puede llegar a ser el total de las mensualidades que quedan hasta que finalice el plazo acordado
¿y si es por causa justificada como un cambio de trabajo o un divorcio? pese a ello, la ley es clara: el inquilino no puede abandonar el piso unilateralmente porque se considera incumplimiento de contrato y, según la ley, tendrá que indemnizar al propietario
la negociación inquilino-casero, la opción más razonable
aunque lo más probable es que el propietario gane una demanda contra un inquilino que deje el piso a las bravas, conviene ser razonable y buscar una salida pactada. Ni siquiera al casero le conviene cerrarse en banda ni agarrarse al contrato porque el proceso para cobrar puede ser largo (siete meses de media y hasta dos años es el tiempo que se alargó un proceso judicial en 2008, según los datos del consejo general del poder judicial) y costoso (pudiendo superar los 6.000 euros). además, siempre existe la incertidumbre de cómo interpretará el juez las motivaciones del inquilino para abandonar la casa
por ello, lo más rentable tanto para inquilino como para propietario será mostrarse razonable y buscar una salida pactada. los expertos recomiendan a quien vive de alquiler y de pronto se ve en la necesidad de dejar la vivienda que actúe de buena fe y comunique al dueño de la casa su intención de irse lo antes posible
también le recomiendan que ayude al casero a buscar a alguien interesado en la casa (un amigo, un compañero de trabajo, un familiar o incluso un vecino del bloque que quiera cambiarse de casa) para que ésta no quede vacía en ningún momento. así, desde que la casa sea alquilada nuevamente, el inquilino original dejará de tener que seguir pagando la renta, con lo que tanto propietario como inquilino resolverán su problema
si no se encuentra sustituto lo más razonable es indemnizar al propietario, explica fernando encinar, director del servicio de estudios de idealista.com, ya que vamos a incumplir el contrato y el inquilino le va a causar una reducción de ingresos, que el propietario tendrá que poner en alquiler la vivienda cuando no pensaba hacerlo. en este sentido se puede valorar una indemnización que cubra el tiempo que el propietario va a tener la vivienda vacía y que podría llegar a un importe máximo de hasta 2 meses de la renta del alquiler, un periodo más que razonable para que el casero encuentre un nuevo interesado en la misma, según encinar
- josen020Invitado
si mevoy de un piso de alquiler sin cumplir contrato que pasa.
Vie Nov 23, 2012 4:55 pm
Muchas gracias, me solucionas bastante la duda. Gracias por el enlace. Un saludo.
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