- antoniosanchezNoob
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Duda carta de poder para alquilar en México
Lun Oct 05, 2020 5:56 pm
Hola, soy español y mexicano, aunque actualmente me encuentro viviendo en España. El caso es que en breves me voy a ir a vivir a México y me gustaría saber si allá otra persona puede firmar un contrato de alquiler en mi nombre. Supongo que se puede pero quiero saber si con una plantilla como esta serviría https://modelos-de.com/cartas/poder/ o si por el contrario necesito acudir a un notario ¿Alguien ha vivido algo parecido? No quiero llegar allá y que el contrato no tenga validez
Muchas gracias a todos
Muchas gracias a todos
Re: Duda carta de poder para alquilar en México
Vie Dic 04, 2020 3:36 pm
Si amigo si es posible pero debes notarizarlo para que de esta manera tenga mas credibilidad y validez la carta. Esa plantilla de poder la veo perfecta.
- Mariano-GutierrezNoob
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Re: Duda carta de poder para alquilar en México
Miér Oct 20, 2021 11:34 pm
Hola!!
He revisado el modelo que pones y está bien, pero creo que le faltan unos detalles en las cláusulas, pero mírate los ejemplos que hay aquí quizá alguno te sirva como a mi. Igual no está de más mostrárselo a un abogado.
Suerte!!
He revisado el modelo que pones y está bien, pero creo que le faltan unos detalles en las cláusulas, pero mírate los ejemplos que hay aquí quizá alguno te sirva como a mi. Igual no está de más mostrárselo a un abogado.
Suerte!!
- JoserogerAlquilado/a
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Re: Duda carta de poder para alquilar en México
Jue Nov 04, 2021 5:51 am
Requisitos o elementos de la carta poder:
Se debe contar con los siguientes elementos. Nombre completo y firma de la persona que otorgará el poder y a quien se le está otorgando dicho poder.
Debe incluir dentro del cuerpo del escrito la palabra “otorgo”.
Mencionar el poderdante de forma precisa, clara y sencilla cuál es el propósito y, de preferencia, cuáles son las actividades que realizará el apoderado o representante por las que se le está otorgando el poder.
También debe establecerse la vigencia durante la cual se podrán hacer uso de las facultades. Es decir, la fecha de inicio y de finalización del poder otorgado. Es importante mencionar, que en ocasiones si no se establece una fecha de vigencia y se establece de forma clara para qué propósito y actividad se esta otorgando el poder, este terminará de manera natural una vez que el apoderado haya concluido dichas actividades o propósito.
Es un documento privado firmado por el otorgante en presencia de 2 testigos. Por lo cual deberá contener el nombre y la firma de cada uno de ellos.
Es importante saber que el apoderado podrá realizar todo tipo de actividades o negociaciones que no excedan la cantidad de $123,220.00 M.N., es decir, hasta mil veces el salario mínimo general vigente. Ya que la legislación aplicable (el Código Civil Federal) establece que, excediendo dicha cantidad deberá otorgarse el poder ante un Notario Público o ratificada las firmas ante el Notario, juez o autoridad administrativa ante quien se presente.
Es necesario que se señalen las actividades y facultades que desempeñará el apoderado o representante. Pues en caso de que el apoderado lleve a cabo o se exceda de las actividades o facultades distintas a la que les otorgo el poderdante, deberá responder el apoderado por dichos actos de manera personal.
Se debe contar con los siguientes elementos. Nombre completo y firma de la persona que otorgará el poder y a quien se le está otorgando dicho poder.
Debe incluir dentro del cuerpo del escrito la palabra “otorgo”.
Mencionar el poderdante de forma precisa, clara y sencilla cuál es el propósito y, de preferencia, cuáles son las actividades que realizará el apoderado o representante por las que se le está otorgando el poder.
También debe establecerse la vigencia durante la cual se podrán hacer uso de las facultades. Es decir, la fecha de inicio y de finalización del poder otorgado. Es importante mencionar, que en ocasiones si no se establece una fecha de vigencia y se establece de forma clara para qué propósito y actividad se esta otorgando el poder, este terminará de manera natural una vez que el apoderado haya concluido dichas actividades o propósito.
Es un documento privado firmado por el otorgante en presencia de 2 testigos. Por lo cual deberá contener el nombre y la firma de cada uno de ellos.
Es importante saber que el apoderado podrá realizar todo tipo de actividades o negociaciones que no excedan la cantidad de $123,220.00 M.N., es decir, hasta mil veces el salario mínimo general vigente. Ya que la legislación aplicable (el Código Civil Federal) establece que, excediendo dicha cantidad deberá otorgarse el poder ante un Notario Público o ratificada las firmas ante el Notario, juez o autoridad administrativa ante quien se presente.
Es necesario que se señalen las actividades y facultades que desempeñará el apoderado o representante. Pues en caso de que el apoderado lleve a cabo o se exceda de las actividades o facultades distintas a la que les otorgo el poderdante, deberá responder el apoderado por dichos actos de manera personal.
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