- CarlosFGInvitado
Posible baja RBE, ¿Cuándo hacerla?
Dom Nov 25, 2012 3:40 pm
¡Hola!
El año que viene no me pasaré por poco del tope de 22.000€. Pero en mi empresa podemos cobrar una paga extra a finales del primer trimestre, por lo que si cobrara esta paga, me pasaría de los 22.000€.
¿Como creéis que debería actuar? ¿Doy de baja la ayuda en enero por si las moscas? ¿Espero a ver si cobro la prima y la anulo ese mes? ¿Alguna experiencia? En la oficina de mi ciudad no han sabido darme una respuesta...
No me gustaría que me penalizaran en 2013 al comprobar mi renta.
¡Muchas gracias!
El año que viene no me pasaré por poco del tope de 22.000€. Pero en mi empresa podemos cobrar una paga extra a finales del primer trimestre, por lo que si cobrara esta paga, me pasaría de los 22.000€.
¿Como creéis que debería actuar? ¿Doy de baja la ayuda en enero por si las moscas? ¿Espero a ver si cobro la prima y la anulo ese mes? ¿Alguna experiencia? En la oficina de mi ciudad no han sabido darme una respuesta...
No me gustaría que me penalizaran en 2013 al comprobar mi renta.
¡Muchas gracias!
- martukiInvitado
Re: Posible baja RBE, ¿Cuándo hacerla?
Lun Nov 26, 2012 6:46 am
Hola buenos días, a mi me pasa algo parecido y aunque este año no llego a los 22.000 el año que viene si por lo que mi idea es en enero darla de baja para que no me afecte a la declaración de 2014. Ahora tengo que averiguar el como la doy de baja.
- AlguienArrendando que es gerundio
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Re: Posible baja RBE, ¿Cuándo hacerla?
Vie Dic 07, 2012 5:54 pm
El artículo 4 del decreto establece:
El beneficiario deberá comunicar de inmediato al órgano que le reconoció el derecho a la ayuda cualquier modificación de las condiciones que motivaron el reconocimiento, para que resuelva lo que proceda y lo comunique al Ministerio de Vivienda.
Yo entiendo que si en marzo cobras esa paga, debes de enviar un escrito a tu CCAA comunicando que solicitas la baja porque te vas a pasar de ingresos, y ya está. A partir de ese momento ya no cobras, pero si cobrarías Enero y febrero, porque en esos meses no te pasas de ingresos, ahora bien fíjate bien cuando te envíen la resolución de baja que aparece bien claro que el motivo es por superar ingresos, no deberías tener ningún problema. Has comunicado inmediatamente el cambio de tus ingresos.
Otro caso sería el de alguien que no tiene ningún extra como Martuki, solo que le han subido el sueldo y ese nuevo sueldo hará que se superen los 22000 euros. Pues lo suyo es comunicarlo el mes que nos han subido el sueldo, si es enero, pues enero. si es en mayo, pues en mayo.
Darla de baja es simplemente un escrito dirigido a la CCAA donde te tramitan la RBE, poniendo bien clara la fecha de baja y el motivo, que en este caso sería por superar ingresos.
Ahh Martuki sino quieres declararla en 2013 solicita la baja con fecha 31/12/2012. Si la solícitas con fecha de enero cobrarás el mes de enero y lo tendrás que declarar.
Esto es una interpretación personal mía de lo que leo en el decreto, en relación con las incidencias y procedimientos de reintegro que tienen muy preocupados a un montón de foreros que ahora tienen que devolver y con intereses lo que percibieron indebidamente, y eso fastidia más que no cobrarlo.
Salu2,
El beneficiario deberá comunicar de inmediato al órgano que le reconoció el derecho a la ayuda cualquier modificación de las condiciones que motivaron el reconocimiento, para que resuelva lo que proceda y lo comunique al Ministerio de Vivienda.
Yo entiendo que si en marzo cobras esa paga, debes de enviar un escrito a tu CCAA comunicando que solicitas la baja porque te vas a pasar de ingresos, y ya está. A partir de ese momento ya no cobras, pero si cobrarías Enero y febrero, porque en esos meses no te pasas de ingresos, ahora bien fíjate bien cuando te envíen la resolución de baja que aparece bien claro que el motivo es por superar ingresos, no deberías tener ningún problema. Has comunicado inmediatamente el cambio de tus ingresos.
Otro caso sería el de alguien que no tiene ningún extra como Martuki, solo que le han subido el sueldo y ese nuevo sueldo hará que se superen los 22000 euros. Pues lo suyo es comunicarlo el mes que nos han subido el sueldo, si es enero, pues enero. si es en mayo, pues en mayo.
Darla de baja es simplemente un escrito dirigido a la CCAA donde te tramitan la RBE, poniendo bien clara la fecha de baja y el motivo, que en este caso sería por superar ingresos.
Ahh Martuki sino quieres declararla en 2013 solicita la baja con fecha 31/12/2012. Si la solícitas con fecha de enero cobrarás el mes de enero y lo tendrás que declarar.
Esto es una interpretación personal mía de lo que leo en el decreto, en relación con las incidencias y procedimientos de reintegro que tienen muy preocupados a un montón de foreros que ahora tienen que devolver y con intereses lo que percibieron indebidamente, y eso fastidia más que no cobrarlo.
Salu2,
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