- GongonInvitado
Posible superación de los 22.000 euros
Miér Jun 06, 2012 1:48 pm
Hola a todos.
Os cuento mi caso, mi problema, a ver si alguien sabe de esto, porque las tres veces que he llamado al teléfono de Vivienda sólo han servido para liarme más.
Pedí la ayuda en Septiembre de 2011, y acabaré de percibirla en Junio de 2012. Según el que me atendió, tengo que contar que no me pase de los 22.000 euros desde septiembre de 2011. No por años naturales. Entiendo así que aunque en 2011 mi salario bruto ha sido de unos 26000 euros eso no importa, porque lo importante es desde el momento en que me conceden la ayuda hasta que ésta se extingue (en ese caso no los superaría). En 2012 mi salario bruto probablemente será inferior a 22.000. Ante este panorama, ¿qué hacer?
Gracias.
Os cuento mi caso, mi problema, a ver si alguien sabe de esto, porque las tres veces que he llamado al teléfono de Vivienda sólo han servido para liarme más.
Pedí la ayuda en Septiembre de 2011, y acabaré de percibirla en Junio de 2012. Según el que me atendió, tengo que contar que no me pase de los 22.000 euros desde septiembre de 2011. No por años naturales. Entiendo así que aunque en 2011 mi salario bruto ha sido de unos 26000 euros eso no importa, porque lo importante es desde el momento en que me conceden la ayuda hasta que ésta se extingue (en ese caso no los superaría). En 2012 mi salario bruto probablemente será inferior a 22.000. Ante este panorama, ¿qué hacer?
Gracias.
- anónimoInvitado
Re: Posible superación de los 22.000 euros
Miér Jun 06, 2012 5:05 pm
Para empezar: NI IDEA. Con esto quiero decir que lo que escribiré es lo que supongo, pero no tengo ninguna certeza.
El requisito de renta menor a 22.000 euros se comprueba cuando haces la declaración de la renta y esta comprende el año natural, por lo que lo normal es que cuando hagas la declaración de la renta de 2011 y vean que superas los 22.000 euros, te exigan la devolución del dinero. Ahora bien, con la nueva normativa, que te permite declarar la RBE cuando la cobras y no cuando deberías recibirla, probablemente no tengas que incluir la RBE en esta declaración, si no como anexo en la del año que viene, y por ahí igual escapas al control (aunque lo dudo, supongo que SI tienes obligación de hacer la declaración de la renta, aunque no declares en ella importes de la RBE, e igualmente cuando la presentes podrán comprobar que te has pasado del límite de renta y te exigiran la devolución).
De todas formas, yo iría con paciencia a tu oficina de vivienda a hablar el tema en persona, y si no te es posible, procuraría obtener una respuesta por escrito (escribiendo a la oficina tu consulta), que siempre será más claro y se lo pensarán mas que por teléfono.
El requisito de renta menor a 22.000 euros se comprueba cuando haces la declaración de la renta y esta comprende el año natural, por lo que lo normal es que cuando hagas la declaración de la renta de 2011 y vean que superas los 22.000 euros, te exigan la devolución del dinero. Ahora bien, con la nueva normativa, que te permite declarar la RBE cuando la cobras y no cuando deberías recibirla, probablemente no tengas que incluir la RBE en esta declaración, si no como anexo en la del año que viene, y por ahí igual escapas al control (aunque lo dudo, supongo que SI tienes obligación de hacer la declaración de la renta, aunque no declares en ella importes de la RBE, e igualmente cuando la presentes podrán comprobar que te has pasado del límite de renta y te exigiran la devolución).
De todas formas, yo iría con paciencia a tu oficina de vivienda a hablar el tema en persona, y si no te es posible, procuraría obtener una respuesta por escrito (escribiendo a la oficina tu consulta), que siempre será más claro y se lo pensarán mas que por teléfono.
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