Ayudas al alquiler de vivienda en Canarias 2017
Jue Ago 10, 2017 9:25 am
La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, a través del Instituto Canario de la Vivienda, publica en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) un total de tres convocatorias de ayudas en materia de Vivienda. En concreto, se publica la convocatoria de subvenciones dentro del programa de ayuda al alquiler de vivienda para el año 2017, por un importe que asciende a 1.276.000 euros; las ayudas a la rehabilitación de edificios, con un importe de 1.800.000 euros, y a la implantación del informe de evaluación de edificios, cuya partida asciende a 100.000 euros para el presente año.
Estas ayudas se convocan tras la firma el pasado miércoles, 26 de julio, en Madrid, de la prórroga para 2017 del convenio para la ejecución del "Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016", y dando respuesta, de esta forma, a la indicación de la consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, Cristina Valido, de publicar en el menor plazo de tiempo posible, la convocatoria de las distintas líneas de ayudas contempladas en el citado convenio. Además, la consejera del área anuncia que el Gobierno tiene previsto incrementar la partida destinada al programa de Ayudas al Alquiler hasta 5.000.000 euros, así como hasta 242.000 euros al programa de Evaluación de Edificios, "con el fin de dar respuesta al mayor número posible de solicitantes".
En relación a las subvenciones al Alquiler, hay que recordar que a estas ayudas pueden acceder la persona que sea titular o esté en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda; no sea titular de una vivienda en propiedad; que la vivienda para la que se pide la ayuda constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario y que la unidad de convivencia cuente con unos ingresos mensuales máximos de 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple (IPREM), -índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas- y cuyo alquiler sea menor o igual a 450 euros mensuales. La convocatoria establece el importe a subvencionar en el 40% de las cantidades de los recibos de alquiler presentados, con un límite máximo de 2.160 euros.
Las personas interesadas cuentan con un plazo de 10 días a partir de la publicación de esta convocatoria para presentar la documentación necesaria. Las solicitudes se dirigirán a la dirección del Instituto Canario de la Vivienda, en el modelo oficial que se inserta como Anexo de la convocatoria, disponible también en la web que el Instituto Canario de la Vivienda tiene habilitada en la dirección de Internet www.gobiernodecanarias.org/vivienda, así como en la sede electrónica del Instituto Canario de la Vivienda (https://sede.gobcan.es/vivienda/).
Las solicitudes se podrán presentar en los registros correspondientes de las sedes del Instituto Canario de la Vivienda, sitos en la calle Profesor Agustín Millares Carlo, nº 18, Edificio de Usos Múltiples II, 35071-Las Palmas de Gran Canaria, y en la calle J.R.Hamilton, nº 16, Edificio Daida, 38071-Santa Cruz de Tenerife. Asimismo la solicitud también podrá presentarse en la sede electrónica del Instituto Canario de la Vivienda (https://sede.gobcan.es/vivienda/), así como en cualquier otro registro y oficina contemplado en el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Estas ayudas se convocan tras la firma el pasado miércoles, 26 de julio, en Madrid, de la prórroga para 2017 del convenio para la ejecución del "Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016", y dando respuesta, de esta forma, a la indicación de la consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, Cristina Valido, de publicar en el menor plazo de tiempo posible, la convocatoria de las distintas líneas de ayudas contempladas en el citado convenio. Además, la consejera del área anuncia que el Gobierno tiene previsto incrementar la partida destinada al programa de Ayudas al Alquiler hasta 5.000.000 euros, así como hasta 242.000 euros al programa de Evaluación de Edificios, "con el fin de dar respuesta al mayor número posible de solicitantes".
En relación a las subvenciones al Alquiler, hay que recordar que a estas ayudas pueden acceder la persona que sea titular o esté en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda; no sea titular de una vivienda en propiedad; que la vivienda para la que se pide la ayuda constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario y que la unidad de convivencia cuente con unos ingresos mensuales máximos de 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple (IPREM), -índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas- y cuyo alquiler sea menor o igual a 450 euros mensuales. La convocatoria establece el importe a subvencionar en el 40% de las cantidades de los recibos de alquiler presentados, con un límite máximo de 2.160 euros.
Las personas interesadas cuentan con un plazo de 10 días a partir de la publicación de esta convocatoria para presentar la documentación necesaria. Las solicitudes se dirigirán a la dirección del Instituto Canario de la Vivienda, en el modelo oficial que se inserta como Anexo de la convocatoria, disponible también en la web que el Instituto Canario de la Vivienda tiene habilitada en la dirección de Internet www.gobiernodecanarias.org/vivienda, así como en la sede electrónica del Instituto Canario de la Vivienda (https://sede.gobcan.es/vivienda/).
Las solicitudes se podrán presentar en los registros correspondientes de las sedes del Instituto Canario de la Vivienda, sitos en la calle Profesor Agustín Millares Carlo, nº 18, Edificio de Usos Múltiples II, 35071-Las Palmas de Gran Canaria, y en la calle J.R.Hamilton, nº 16, Edificio Daida, 38071-Santa Cruz de Tenerife. Asimismo la solicitud también podrá presentarse en la sede electrónica del Instituto Canario de la Vivienda (https://sede.gobcan.es/vivienda/), así como en cualquier otro registro y oficina contemplado en el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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