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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Mar Oct 23, 2012 10:58 pm
Buenas noches,

Misma situación que vosotros. Me ha llegado hoy el SMS. Iré a vivienda a presentar escrito para que paren mi RBE, aunque mi caso es bastante curioso, me concedieron la renta en 2009 desde Septiembre y a mi me han bajado el sueldo en 2010, no se porque ahora me vienen reclamando. Igual es un fallo de ellos de estimación de salario anual.

Si tengo alguna noticia mas lo voy poniendo por aqui.

Un saludo
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mnc
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Devolver Ayuda Asturias

Miér Oct 24, 2012 9:23 am
Hola,

Yo también estoy en la misma situación, hasta ahora me ha llegado la carta del año 2009 y ayer un SMS que también me he pasado en 2010. Justo ayer estuve consultando con un abogado y la verdad que no me lo pintó muy bien, su conclusión después de revisar todo lo de 2009 fue que tendría que pagar y que en caso de ir a juicio su opinión es que tendríamos muy pocas posibilidades de ganar...

Yo ya he contactado con sajur (que también ha escrito en este foro) y veo que en Asturias hay más gente (Astur, Yelinston...), creo que podríamos intentar juntarnos y ver si se puede hacer algo, quizás tengamos que pagar pero por lo menos meter ruido, hablar con sindicatos o prensa, son decisiones políticas y como tal sólo les tocaremos las narices si se sabe que nos piden devolverlas, quizás no nos sirva para eludir pagar pero al menos se sabrá lo que pasa.

También me gustaría saber si alguien más ha contactado con abogados y tienen opiniones diferentes sobre el caso y ven que hay algo por donde podamos recurrir...

Un saludo.
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blamar84
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty nadie conoce a nadie

Miér Oct 24, 2012 9:41 am
Entre los que estamos aquí

alguien conoce a alguien o le han hablado de alguien que conozca a alguien... que haya tenido que devolver el dinero?

porque que nos manden cartas o sms nos acojona, pero lo que realmente me acojona personalmente es tener que devolver el dinero.

A mi encima me reclaman por haberme pasado en 2010, pero es que en 2011 cambie de casa y me la volvieron a conceder!

En fin, nadie entiende nada, pero lo que me interesa saber es si tengo que empezar a pedir en la puerta del supermercado... si existe el caso de alguien que haya tenido que devolver el dinero.

un saludo a todos
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saestem
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Oct 24, 2012 9:52 am
mnc escribió:Hola, que hiciste respecto a la carta del 2009?ya devolviste la ayuda del 2009?reclamaste?sabe alguien algo acerca de las condiciones de devolución, plazo y demás...;

Yo también estoy en la misma situación, hasta ahora me ha llegado la carta del año 2009 y ayer un SMS que también me he pasado en 2010. Justo ayer estuve consultando con un abogado y la verdad que no me lo pintó muy bien, su conclusión después de revisar todo lo de 2009 fue que tendría que pagar y que en caso de ir a juicio su opinión es que tendríamos muy pocas posibilidades de ganar...

Yo ya he contactado con sajur (que también ha escrito en este foro) y veo que en Asturias hay más gente (Astur, Yelinston...), creo que podríamos intentar juntarnos y ver si se puede hacer algo, quizás tengamos que pagar pero por lo menos meter ruido, hablar con sindicatos o prensa, son decisiones políticas y como tal sólo les tocaremos las narices si se sabe que nos piden devolverlas, quizás no nos sirva para eludir pagar pero al menos se sabrá lo que pasa.

También me gustaría saber si alguien más ha contactado con abogados y tienen opiniones diferentes sobre el caso y ven que hay algo por donde podamos recurrir...

Un saludo.
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mambita
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty devolución del dinero

Miér Oct 24, 2012 10:26 am
Por lo que yo sé, no se ha reclamado la devolución de los importes (he leído bastantes noticias sobre el tema, conozco a bastantes afectados y tal).

yo cuando presenté las alegaciones me dijo que, consciente o insconscientemente, si has cobrado algo que no te tocaba percibir, lo normal y lógico y legal es que te lo reclamen. Ahora bien, me dijo que el tema de los intereses no estaba tan claro, eso ya depende de cuanto tiempo lo has cobrado sin tener derecho a ello, si cuando te han mandado la primera notificación has renunciado o has seguido cobrando, etc. Cada caso es distinto.

Creo que habrá que esperar, a mi que me manden un sms diciendome que se cancela el pago de 2009 y de 2010 me parece surrealista, porque yo en esos años no la cobraba... En el caso de Cataluña, me parece rarísimo que se pongan a reclamar unas ayudas (es una cosa muy impopular) con unas elecciones a la vuelta de la esquina (esto igual es anecdótico, pero yo x mi parte estoy tranquila) Smile

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AnaCuenc
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Mensaje superado ingresos 2010

Miér Oct 24, 2012 12:31 pm
Hola, yo también he recibido ese mismo mensaje, cuando llevo un año sin cobrar la ayuda y me dicen que me la paralizan, no lo entiendo.....
Mi duda es, en mi declaración de la renta del año 2010, las retribuciones dinerarias (Casilla 001) me aparece 20309,18€, en rendimiento neto (Casilla 015) me aparece 22681.62€ y en rendimiento neto reducido (Casilla 021) me aparece 20029,62€
¿En que casilla me tengo que fijar? por que yo si sumo las nominas he recibido 20.309€
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Erika94
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty SMS y pregunta en la oficina de vivienda de Madrid

Miér Oct 24, 2012 12:56 pm
Hola,

Veo que somos muchos los que recibimos ayer el mensaje de 2010. Yo cobré 4 meses, hasta abril, por llegar a la edad límite de 30 años. Efectivamente me pasé por 203 euros. Llamé al 012 y me dijeron que tenía que esperar a que me enviasen la dichosa carta.
Como no estaba muy convencida acudí a la oficina de la vivienda de la Comunidad de Madrid que tiene en Avenida de Asturias 30. Allí me aclararon varias dudas:

1. ¿Tengo que devolver la ayuda completa o solo 2010? En principio, si no has superado los 22.000 euros otros años, solo hay que devolver lo del año que te han reclamado. En este caso 2010.

2. ¿Tengo que pagar intereses de demora? Sí. Me comentaron que no sabían el porcentaje y que dependería de cada caso en particular.

3. ¿Qué hago ahora si quiero pagar? Nunca se había dado el caso de alguien que hubiera realizado el pago en los años en los que lleva vigente la ayuda. Me comentaron que tenía dos opciones: esperar a la carta donde se propone un trámite de audiencia para alegaciones y después de la presentación de las alegaciones o de la conformidad, llegaría la carta de pago para efectuar el ingreso correspondiente. La otra opción es presentar un formulario multifunción (que me facilitaron y que está disponible en cualquier organismo oficial) en el que le pidiera al Ministerio que me enviara la carta de pago directamente para poder liquidar la deuda. También me dijeron que probablemente, como el proceso ya está iniciado, me llegará la carta igual (la del trámite de audiencia).

4. Si no tienen claro qué es lo que hay que hacer ¿por qué nos han enviado ese mensaje? Me dijeron que en principio era para que "la gente se moviese" y que estaban esperando órdenes para ver qué es lo que tenían que hacer.

Yo lo que he decidido hacer es esperar a que me llegue la carta y si en el mes de diciembre no me ha llegado, presentar en cualquier ventanilla única de la Comunidad de Madrid el impreso que me facilitaron dirigiéndome al Ministerio para solucionar el tema. Así, si el año que viene, me llega la carta de pago y quieren añadir más intereses de demora tengo algo que respalde que yo lo he querido solucionar antes.

Un saludo y espero que os haya aclarado algo...
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Jorgeee
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Oct 24, 2012 3:02 pm
ESO ES LO QUE HA DICHO SARA_MZ

eres escoria de la sociedad y no mereces ni el aire que respiras.

Sinceramente tus padres se podían haber ahorrado el tenerte porque para semejante desecho sin aspiraciones que eres, mejor que te hubieran abortado.

Todo esto teniendo en cuenta que respondes por responder, en base al total desconocimiento de lo que en este post se dice y encima con exigencias como "rapidito".

Tu sigue con tu mierda sueldo por la mierda de trabajo que tendrás, y viviendo a base de subvenciones en vez de aspirar a algo digno que te permita no ser más que basura reemplazable.


eso ya no es falta de respeto, palabras asi son muy duras y tristes de leer, que solo pueden salir de una persona emocionalmnete y mentalmente totalmente enferma. sara_mz, si puedes por favor borra tu texto, es tan triste que hayas dicho algo asi, necesitas ayuda en algo? igual no te encuentras bien? nunca habia leido algo taaaaan feo. supongo que podrán averiguar el IP de tu ordenador y denunciarte.
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Sara_mz
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Oct 24, 2012 3:17 pm
bueno, pido disculpas a la chica que insulté. me he pasado, lo siento.
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MeToo
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty 22.000€ o 1.500€ mensuales

Miér Oct 24, 2012 3:53 pm
Hola a todos!

A mi me está pasando lo mismo, ayer recibí el famoso SMS y estoy esperando que me envíen la contraseña para poder entrar en la web de la RBE. Durante el año de 2010 mi sueldo era de exactos 22.000€ pero por cuenta de una paga extra (bonus), cobré un poco más.

Pero, aquí hay una cosa: entre las condiciones que hay que cumplir para percibir la ayuda está el sueldo máximo de 22.000€ O INGRESOS MENSUALES QUE NO SUPEREN LOS 1.500€ NETOS. Os copio la info sacada de la web de Fomento:

"Disponer de una fuente regular de ingresos inferiores a 22.000 euros brutos anuales. Esto incluye a los trabajadores por cuenta propia (1) o ajena, a los becarios de investigación, y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad.

Si tus ingresos mensuales, aproximadamente, no superan los 1.500 euros netos, podrás acogerte a la ayuda. Ocho de cada 10 jóvenes empleados están en esta situación."

Por eso, mi duda: debido a mi paga extra, he superado por poco los 22.000€ en el año de 2010, pero excpeto en el mes que percibí el "bonus" ese, todos los demás mi sueldo NETO fue superior a 1.500€.

¿Alguien sabe si esa información nos puede ayudar?

link de la web: http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/_ESPECIALES/VIVIENDA_JOVEN/INFO_INQUILINOS/02_condiciones.htm
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Erika94
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: 22.000€ o 1.500€ mensuales

Miér Oct 24, 2012 4:03 pm
Hola MeToo,

Por lo que me dijeron ayer en la oficina de la vivienda de la Comunidad de Madrid, aunque nos pasemos por un único céntimo al ser más de 22.000 euros en el cómputo anual, debemos devolver la ayuda.

Un saludo
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MeToo
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Rectificación

Miér Oct 24, 2012 4:17 pm
Arreglando la última frase:

Por eso, mi duda: debido a mi paga extra, he superado por poco los 22.000€ en el año de 2010, pero excpeto en el mes que percibí el "bonus" ese, todos los demás mi sueldo NETO NO fue superior a 1.500€.
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MeToo
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: 22.000€ o 1.500€ mensuales

Miér Oct 24, 2012 4:38 pm
Gracias, Erika94! Smile

Pues me parece muy injusto. Yo sabía que durante ese año mi sueldo fijo sería justito los 22k, pero que era posible que percibiera alguna paga extra, que es el variable, de acuerdo con mi desempeño y el de la empresa... Podría haber sido 0€ como podría haber sido más de lo que percibí....

Igualmente en cuanto me llegue la cartita, intentaré justificar con eso... Estoy acojonada, me parece fatal que al momento de solicitar la ayuda NADIE sepa dar ese tipo de infiormacion con antelación. Veo por el foro que somos MUCHOS los que hemos tenido ese problema y para mí siempre ha estado claro que el tope de 22k se referia a mi sueldo bruto y FIJO anual.

¿Alguien aqui que haya efectivamente hecho el pago y pueda decirnos como funciona, si se puede pagar en cuotas, interés, etc...?

Gracias a todos!
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xia555
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Oct 24, 2012 9:26 pm
sara_mz:
La distribución salarial
El salario bruto medio anual en España fue de 22.790,20 euros por trabajador en el año 2010. La diferencia entre este salario medio y el salario más frecuente o modal (16.489,96 euros) fue de más de 5.000 euros. Esto significa que había pocos trabajadores con salarios muy altos, pero que influyeron notablemente en el salario medio.
fuente www.ine.es
lo frecuente de la sociedad española es vivir en los "estrato inferiores" segun tus palabras.
de todos modos respeto tu opinión.
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hugor
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Oct 25, 2012 10:58 am
En la resolución pone exactamente lo siguiente:(lo había puesto por error en otro sitio)
"De acuerdo con el articulo 42.3 de la citada ley, la administración competente dispone de un plazo de 3 meses, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido este plazo, según lo previsto en el articulo 44.2 de la misma ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará al archivo de las actuaciones sin prejuicio de que se pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no prescribe."

Alguien que me lo explique ??? Gracias
P.d: En mi caso ya pasaron 3 meses desde que presenté mis alegaciones (aprox 6 de Julio)



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mambita
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty a qué ley te refieres?

Jue Oct 25, 2012 12:10 pm
Hugor, a qué ley te refieres exactamente?

No he entendido mucho eso que comentas...
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Pandoras22
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Oct 25, 2012 7:22 pm
Reputación del mensaje :50% (2 votos)
Creo que soy la primera, pero a mi ya me llego la carta con las cantidades a devolver . Por cuatro meses de ayuda en 2008 me cobran el 5% de interés unos 131 € , 970 € en total, los intereses los cobran hasta el 2012 y eso que en el 2010 cuando me comunicaron que no tenía derecho a la ayuda renuncie a ella , pero no me dejaron pagarla por que en la oficina de vivienda no sabían que resolución tomar, que alomejor solo teníamos que pagar la diferencia , recuerdo ademas al director de vipasa en una entrevista decir que haber que hacian ..que eran muchos casos.....jajaja, ahora me lo piden todo y con dos años de interés más. Temblando estoy porque en 2009 también me excedí pero los doce meses...
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comadrejas
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Oct 25, 2012 7:34 pm
Pandoras22 escribió:Creo que soy la primera, pero a mi ya me llego la carta con las cantidades a devolver . Por cuatro meses de ayuda en 2008 me cobran el 5% de interés unos 131 € , 970 € en total, los intereses los cobran hasta el 2012 y eso que en el 2010 cuando me comunicaron que no tenía derecho a la ayuda renuncie a ella , pero no me dejaron pagarla por que en la oficina de vivienda no sabían que resolución tomar, que alomejor solo teníamos que pagar la diferencia , recuerdo ademas al director de vipasa en una entrevista decir que haber que hacian ..que eran muchos casos.....jajaja, ahora me lo piden todo y con dos años de interés más. Temblando estoy porque en 2009 también me excedí pero los doce meses...

Hola Pandoras22. Pues ya nos irás contando que ocurre finalmente. Tu alegaste algo cuando recibiste la carta de que te habias pasado del límite? No habrá prescrito la deuda, tenemos que conseguir enterarnos si prescribe y si es asi a que tiempo prescribe.

Un saludo y suerte
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saestem
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Oct 25, 2012 8:02 pm
Holla Pandoras22:
..y cunato tiempo te dan para que pagues los 970E¿?
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Pandoras22
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Vie Oct 26, 2012 9:55 am
Reputación del mensaje :100% (1 voto)
En cuanto al tiempo de devolucion llame a vipasa y no lo saben, me dicen que esta en la carta de pago pero yo no veo nada, me estaré volviendo lela, oye que pue ser.., si hace referencia a una ley, tendré que buscarla, en cuanto a los interés desde el 2010 que quise pagar a 2012, lo único que me dicen es que efectivamente el ministerio no dejo que se pagara y que haga una alegación, que las cantidades a liquidar son provisionales a la espera de las mismas. Na, iré a un abogado y os voy contando. Por otra parte respondiendo a comadrejas, una amiga que trabaja en la administración del principado me dijo que estas cosas prescriben a los 4 años, pero no se desde qué momento empieza a contar,si cuando te dan la ayuda, cuando la recibes o cuando te abren el expediente.
Siento no poder ser de más ayuda, en cuanto me vaya enterando de más os aviso.
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Pandoras22
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Vie Oct 26, 2012 11:29 am
Ya lo vi..., Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el cinco del segundo mes posterior o, si este no fuera habil, hasta el inmediato hábil siguiente.
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Para Pandora

Vie Oct 26, 2012 12:52 pm
Pandora, te deje otro mensaje en el tema de ASTURIAS RECLAMA AHORA LA AYUDA, respecto a los intereses. Te dan en la carta la opción de alegación respecto a la liquidación que te ponen? Lo digo porque ahi podrias alegar lo del tema de intereses e incluso la opción de pagar a plazos. Si se lo comentas a un abogado ya nos cuentas. Te dejo mi e- mail si me quieres escribir
es sanjur6@hotmail.es , soy de Oviedo y también tengo que pelearme con Vipasa.
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ciudadan
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Para Pandora

Vie Oct 26, 2012 3:21 pm
Hola Pandora! Una duda importante, la carta donde te reclaman las cuantías, quién te la remite el Ministerio o tu Comunidad Autónoma. Un saludo.
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Pandoras22
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Vie Oct 26, 2012 4:10 pm
Según me dijeron en el ministerio, estos recibieron una circular para delegarlo todo a las comunidades autónomas, la carta a mi me la mandan desde vivienda en Gijón aunque los expedientes están en Vipasa.
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saestem
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 7 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Oct 29, 2012 9:32 am
Hola Nanocc:
Al final, tuviste que devolver el dinero de la rbe?te dieron plazos?

nanocc escribió:hola a todos. he estado esta tarde en la oficina de la vivienda de la comunidad de madrid, y me han confirmado q hay q DEVOLVER TODO EL DINERO.... en mi caso, 5040 eurazos... me tiene q llegar una carta con el dinero y la forma de pago... nos la han metido doblada... como nos ha afectado en la declaracion de hacienda, una vez hecho el ( o los pagos) en la prox declaracion hay q indicar cuanto dinero hemos perdido por haber devuelto la ayuda....
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