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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

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monfor
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 9:06 pm
Patri, buscate un abogado mañana mismo, yo tambien voy a hacerlo.

Si, desde luego que esto es denunciable, si pasaba esto, deberían haberme informado antes o haberme echo firmar dichas condiciones...

Ahora, yo no tengo dinero como para afrontar dicho gasto, y me mate a hacer extras para superar los malditos 22.000 euros, y llegue a los 22.500 si lo llego a saber, no hago extras...
y si lo llego a saber más aun no llego a pedir la ayuda en mi vida...

Nos piden el dinero a quien no lo tiene, para luego dárselo a Bárcenas, este gobierno es de vergüenza!
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patri
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 9:19 pm
Yo seguiré intentando que la empresa me arregle lo que ha hecho mal en su día, porque yo no me paso realmente de los 22000, h sido un fallo de mi empresa.....y si no lo consigo, tendré que buscarme un abogado....ya iré contando.

ALGUIEN HA PAGADO YA ALGO????? O SABE CUANTO TIENE QUE PAGAR????? es que no veo a nadie que le haya llegado ya lo que tiene pagar o cuanto es la famosa demora.....

ANIMO MONFOR
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monfor
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 9:21 pm
Patri Si es una devolucion durante ese año, te ajustan cuanto tienes que devolver... Si te ha llegado la famosa carta de citacion, los meses que hayas cobrado mas ademas un porcentaje de demora, lo tienes que devolver todo y encima te piden más aun...
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patri
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 9:28 pm
perdona monfor, no entiendo lo que quieres transmitirme
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monfor
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 9:32 pm
Ah patri, pues arregla lo de la empresa,
te decia que te piden todo el tiempo que has cobrado la ayuda....mas intereses.
y buscate un abogado, yo haré lo mismo.
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patri
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 9:59 pm
todo el tiempo que has cobra o la ayuda?????? o el año que te has pasadO DE ÑOS 22000?????? QUIEN TE HA INFORMADO DE ESO??????
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patri
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 10:01 pm
todo el tiempo que has cobra o la ayuda?????? o el año que te has pasadO DE ÑOS 22000?????? QUIEN TE HA INFORMADO DE ESO??????
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monfor
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 10:07 pm
Llama al 900 900 707 o personate en algun sitio, yo no te puedo decir nada hasta que no consulte, segun dicen por aqui si es el año entero si te avisan ahora,
o si renuncias tu a la ayuda te lo regularizan por tramos...
pero si yo hubiera sabido algo de esto o como funciona, no estaría aqui, de echo no hubiera pedido en mi vida la maldita ayuda!! como voy a pagar este dinero si no tengo ni para el alquiler... ¿si me proporcionan ellos un trabajo? maldito PP!! vaya panda de ladrones!!
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monfor
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 10:12 pm
Alfonso6 escribió:Conoceis algun caso que haya recurrido la devolución de la RBE? Es verdad que algunos implicados se han juntado para hacer frente a esta estafa? Me parece increible que nos pidan devolver esta miseria, para ellos no para nosotros, mientras otros se dedican a saquer, en cantidades mareantes, las arcas publicas, a llevarse dinero a paraisos fiscales, sobresueldos, etc. Creo que deberiamos juntarnos para presionar y no dejar que nos tomen el pelo, yo estaría dispuesto si hay más gente interesada.

Gracias


Alfonso puedes hacer una petición de firmas en Change.org algo así como petición de firmas para la estafa de la Renta Basica de Emancipación, indicando que se dieron a miles de personas dichas ayudas, y que ahora el gobierno pide a mas de 9000 jóvenes que las devuelvan, debido a que se pasaron de los limites haciendo horas extras, con sus finiquitos, etc... Indicando que primero dan una ayuda para que se vayan de casa, y luego los hunden, y pon por aquí la página para firmarla, y luego al facebook de todos...
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monfor
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 10:14 pm
Estamos todos en esta situación:

http://www.diariodenavarra.es/20100820/economia/8-000-beneficiarios-deben-devolver-renta-basica-les-proporciono-vivienda.html?not=2010082020591733&idnot=2010082020591733&dia=20100820&seccion=economia&seccion2=nacional&chnl=30
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patri
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 04, 2013 10:18 pm
gracias monfor!!!!! ya iré contando en que queda mi súper injusticia, que encima yo no me pasoooooooo!!!!!!! suerte a todos los que estén en mi situación o en alguna parecida
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blamar84
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty vaya tela

Mar Feb 05, 2013 10:12 am
Hola a todos, hace tiempo que no escribo por aqui

Por otro lado, Patri, la definición de procedente/improcedente no depende de que fueras indefinida o no. En todo caso estaríamos hablando de un despido o de un fin de contrato. Si tienes todo lo que firmaste, podrás ver qué es lo que notifica tu empresa: una indemnización de 8 días por año, 20 días por año, 45 días por año....
La indemnización por despido, ya sea de 20 días, de 33 ó de 45, ni cotiza ni tributa.
La indemnización por fin de contrato de 8 días, en su caso, tributa y cotiza.
Lo de que las obras se transforman en indefinido al cabo de tres años, no es así. Puede mantenerse indefinidamente en tanto dure esa obra o no varíen las condiciones del servicio en cuestión.

En mi caso, he cambiado de domicilio a finales de mes así que no sé dónde llegarán las cartas, porque os lo han notificado mediante carta certificada no?
Qué plazo de alegaciones os han dado?

Si me lo notifican, probablemente me busque un abogado, estoy dispuesta a pagar, pero sólo lo ilegalmente cobrado, es decir: si me pasé por unos beneficios de noviembre, pago noviembre y diciembre, pero desde enero? estamos tontos?? menudo negocio! Y los intereses son claramente abusivos.
Además, en 2012 no me he pasado porque no ha habido beneficios en mi empresa, pero me paralizaron la ayuda en Septiembre, así que Septiembre, octubre, noviembre y diciembre me lo deben y eso sí que estaría bien cobrado.

Si hay alguien en Madrid que esté con abogados, por favor que me pase el contacto, es mejor tratar con un abogado que esté enterado del tema. mi mail es blamarmat@gmail.com

Gracias!

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huevo
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Me piden que devuelva la ayuda...

Mar Feb 05, 2013 7:19 pm
Hola,
Soy de Madrid y ayer mismo me llegó la carta....me indican que en el 2009 y 2010 cobré más de 22.000euros y que procederán a reclamarme que lo devuelva más los intereses...Yo en su dia tenia un sueldo fijo pero luego podia o no hacer horas extras, guardias, conceptos que la empresa o nos pagaba en tiempo libre o en dinero pero yo no podia saberlo...en fin, que no sé muy bien que hacer, si gastarme dinero en un abogado o que....¿alguien ha llegado a devolver algo???
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Loremacu
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Feb 06, 2013 7:57 am
si, huevo, claro, gastate cientos o miles de euros en un abogado y juicios, y va el abogado a luchar contra una ley bien definida del gobierno español, no?

otra veeeez....limite de ingresos son 22.000 €, lo has superado, por lo cual no te corresponde y te toca devolverlo.

si es que lo ponen tan claro, mas claro que el agua que el limite son 22 mil euros, no entiendo que quieres reclamarles, si no hay nada que hacer, has ganado de mas y ya esta.
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Nuka
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Nueva declaración

Miér Feb 06, 2013 9:44 am
Buenos días,

Después de leeros a todos, he visto que no soy la única a la que le ha pasado esto. Mi pregunta es la siguiente, al hacer la declaración de la renta de 2010 he indicado que tenía unos ingresos de 2520€ de la renta básica de emancipación, por lo que a la hora de devolverme hacienda, no es la misma cantidad que si en esa casilla hubiese puesto 0€. Si yo ahora tengo que devolver esos 2520 más intereses, ¿podría hacer una declaración de la renta nueva con esa casilla a 0, ya que voy a devolverlo y es como si no lo hubiese cobrado, y ver si hacienda me tendría que haber devuelto otra cantidad?

Muchas gracias
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Ribex
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Feb 06, 2013 6:59 pm
Buenas,

Aquí otro más de los damnificados por la puñetera ayuda. No

Ok, me ha llegado la carta que me he pasado de los 22000 € en 2010, y bla, bla, bla...

Tengo varias dudas. A ver si me podéis echar una mano...

Para los que vivís en Madrid, ¿donde habéis mandado la carta de las alegaciones? Porque en el documento que me mandan, no pone nada. Ni donde personarme, ni donde mandar las alegaciones.

Por otra parte. Yo cobraba la ayuda, pero a medias con mi novia. Entiendo que únicamente he de devolver la parte que me corresponde. Es decir, los 105 euros x 12 meses + intereses, ¿no?

¿Y los intereses son de un 5% hasta la fecha que me lo han comunicado, no? jajaja. Esta parte es la que más me flipa, porque si me lo hubieran comunicado a finales de 2014, entiendo que habría tenido que devolver otros 2 años más de intereses. Vaya panda de ladrones, hijos de su p...madre...

¿Modelo hay alguno para presentar? ¿Busco en Google? Es que como no encuentre ningún modelo, igual me planteo mandarles las nóminas adjuntadas a un folio escrito de mi puño y letra cagándome en sus muertos directamente.

Y por último y la duda que más me asusta. Yo sólo me pasé de los ingresos en el 2010, pero durante 2011 y 2012 estuve cobrándola también, pero en esos 2 años no me pasé de los ingresos.

La cuestión es, ¿al no realizar la baja de la ayuda en su momento (finales de 2010), ¿voy a tener que devolver también todo 2011 y 2012? Espero que no, porque como sea así, lo llevan claro. Directamente voy al juzgado y les digo que me metan en la trena por moroso, pero yo a estos no les pago ni un puto duro.

Desde luego en la dichosa cartita, únicamente hacen referencia al 2010.

Un saludo,

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Xtr
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Feb 06, 2013 7:37 pm
Muy buenas,

Soy beneficiario de la ayuda. Hasta ahora no llegaba a los 22.000 pero este año (2013) creo que voy a andar al limite. Me podeis decir que casilla de la declaración es la que se tiene en cuenta?

¿Las retribuciones en especie también computan para esos 22.000?

Si preveo que me paso este año, los meses que he cobrado de este año, los tengo que devolver?


Gracias.
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empanao
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Feb 07, 2013 12:21 pm
hola! pues estamos en lo mismo que otros muchos. soy de madrid y acabo de recibir una carta de fomento que me dice q me pasé de los 22.000 en 2009 y 2010. no pone nada de cifras y me dice q se abre ahora el plazo de alegaciones.
Alguien tiene por ahí una copia para hacer las alegaciones (más que nada para poner que soy idiota y que no me miré los papeles que firmé)
mi correo: lsalces@hotmail.com
os lo agradecería mucho
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juliculi
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Feb 07, 2013 3:13 pm
MONFOR: ¿si me proporcionan ellos un trabajo? maldito PP!! vaya panda de ladrones!!.


jaja, que bueno. la ley la aprobó zapatero, que no era no del PP, sino del PSOE y las condiciones que habia que cumplir para acogerse a esta ayuda, las aprobó el PSOE por lo tanto que tendrá que ver el PP?? Ellos solo han bajado la ayuda y gracias al PP ahora tienes que devolver menos....JAJAJJAJA

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Alfonso6
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Feb 07, 2013 8:58 pm
El PP fue el que dijo que cuando llegará al poder procedería a anular la devolución de la ayuda por parte de los afectados, alegando que la ley del PSOE no tenía ni pies ni cabeza. En cambio cuando ha llegado al poder sigue con las correspondientes tramitaciones para que devolvamos una ayuda en la que no se se hablaba para nada de los ingresos imprevistos (guardias, horas extras....), y algunos, como es micaso, encontrandonos ahora en paro. Es una verdadera verguenza, una supina verguenza, más teniendo en cuenta que hay por ahí una serie de pillos que aprobechan su condición pública para robar dinero y llevarlo a paraisos fiscales. Como va a haber trabajo, si el dinero que se podia invertir para crear puestos de trabajo se ido fuera.

Es una verguenza¡¡¡¡¡¡
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monfor
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Feb 07, 2013 8:59 pm
Esta claro que es un engaño y que intentan hacer negocio con nosotros... de manera ilegal, claro esta, porque a nadie informaron de estas condiciones, que ahora modifican y se sacan de la manga, porque en el decreto del 2007 no aparecen.
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blamar84
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty ya me llegó..

Vie Feb 08, 2013 9:39 am
Bueno, pues ya me llegó la cartita de que me pasé de ingresos en el 2010.

y lo cojonudo es que me llegó a mi antigua casa, menos mal que mi ex- casera me ha advertido del papelito...

Ahora mismo me pongo con la carta de alegaciones, que me flipa que ellos me den 15 días, pero luego se dan 3 meses para resolver algo, y si se pasan de esa fecha lo archivarán, pero sin perjuicio de que cuando les dé la santa gana lo vuelvan a abrir... vamos un cachondeo!! Así que la gente que sigue esperando varios años después una contestación tampoco pueden vivir en tranquilidad, se supone que es silencio administrativo, pero luego nunca se sabe!!

En mi caso me pasé por una paga de beneficios que dio la empresa en la nómina de Noviembre, y que no era previsible.
Tengo pensado adjuntar copia de mis 12 nóminas, para que vean que el día que llegué a 22.000 euros fue el 27 de Diciembre de 2010. Estoy dispuesta a devolver la parte ilegalmente recibida, entiendo que la ayuda no es compatible con unos ingresos mayores a 22.000 euros, pero oiga, si me pasé en diciembre, devuelvo Diciembre!!!
Lo de los intereses ya me parece hasta abusivo... tendré yo culpa de que sean más lentos que el caballo del malo. Cuando además, en 2011 pedí la ayuda para un domicilio distinto, y me la volvieron a aceptar... y yo ya habia presentado la declaración de 2010...

y a todo esto, yo ya he cambiado de casa, por lo que no puedo tirarme tres meses con un juego de llaves de la antigua para ir a ver el correo de vez en cuando, así que les pondré bien subrayadita la nueva dirección.

Alguien preguntaba lo de hacienda... se tiene en cuanta la base imponible casilla 001 de rendimientos del trabajo. Por lo tanto (que yo sepa) no estarían incluidas las retribuciones en especie

Si vais teniendo novedades... por aqui nos leemos

Abrazos!

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mambita
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Novedades en Catalunya¿?

Vie Feb 08, 2013 12:25 pm
hola a todos,

Alguien de catalunya ha recibido novedades de Adigsa recientemente? A mi sólo me llegó la primera carta en 2009 pidiendo que presentara alegaciones tras superar el límite de ingresos. pero nada más...

A ver si me podéis indicar alguno si la cosa os ha prosperado o está todo parado

en algún post anterior he leído eso de hacer una petición en Change.org o donde sea, no descarto hacerlo si la reclamación prospera (y no me refiero a la devolución de lo cobrado indebidamente, sino al tema de los intereses, que como mucho de vosotros, tengo dudas sobre qué nos van a reclamar). Tampoco es descabellado hacer una reclamación conjunta a nivel autonómico de varios afectados...

Si algún paisano sabe algo... agradecería que me informara

Saludos
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aran_v
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty otra más

Vie Feb 08, 2013 12:45 pm
hola!! Me he quedado pasmada al leeros.. cuanta gente que le ha pasado lo mismo! Que manera de robarnos en nuestra cara! Me ha llegado la dichosa carta, y queria saber a los que ya le han pedido ese dinero:

Finalmente te lo piden? Se paga completo lo que te "han dejado"?
Hay maneras de pagarlo? (es decir, poco a poco.. o todo de golpe)
Hay alguna manera de reclamar todo esto?

si pudierais ayudarme os lo agradecería mucho! estoy perdida!

gracias!
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Ramelow
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 11 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Vie Feb 08, 2013 3:38 pm
Buenas,

Soy nuevo en este foro aunque entre en el hace un par de años cuando salio todo el tema de la devolucion de la RBE.

Yo fui de los primeros en Madrid en recibir la ayuda a principios del 2008 y la deje de recibir automaticamente en Marzo del 2010 justo cuando cumplia 30 años.

Os cuento mi caso brevemente aunque es muy muy parecido al de muchos por aqui.

Recibi la primera notificacion de que tenia que devolver la RBE recibida en 2008 y 2009 a principios del 2010.

Al poco de recibirla presente mis alegaciones. Recuerdo que presente como ducmentacion una fotocopia de mi contrato laboral, mis nominas, mis retenciones y una declaracion firmada por mi jefe indicando que si me habia pasado de mi sueldo se debia a las horas extras realizadas para el proyecto en el que trabajaba y que no eran parte de mi sueldo habitual.

Mi sueldo estaba muy cercano a los 22mil euros anuales cuando me concedieron la ayuda (y 5 años despues sigue exactamente igual) pero esas horas extras y algun otro incentivo que no estaba en mi contrato pero que mi jefe tuvo a bien concederme hizo que me pasara el primer año en 39 euros y en 400 el segundo.

Pues bien, casi 3 años despues de todo aquello, como muchos de vosotros recibi en octubre el sms de que tambien en 2010 me habia pasado de ganancias. Para ser sincero he de decir que como solo fueron 3 meses de ayuda no me fije si ese año mis ganancias fueron superiores o no a los famosos 22mil por lo qeu ahora me tocara volver a revisar papeles de hace 2 años.

Hoy, pasare por casa de mi antigua casera a por la notificacion de correos de que tengo que recoger la carta certificada en la que imagino que menotificaran como a vosotros que en 2010 tambien supere los ingresos. Eso si, de las alegaciones que presente hace 2 años aun no se nada. Eso significa que ya han prenscrito¿? Supuestamente tenian unos meses para contestarme y no lo han hecho....¿Puedo estar tranquilo o no significa absolutamente nada? Lo que seria ya la repera es que 3 años despues de leer mis alegaciones me digan que tengo que pagar toda la ayuda y encima con los intereses hasta el 2013 o el año que tengan a bien notificarme el que tengo que pagar.....

Comprendo a los que dicen que la ayuda tienen unos limites bien definidos y que si me he pasado tenia que haberlo comunicado para que me anularan la ayuda. Tienen su razon. Pero no es menos cierto que la situacion en la que nos colocaban a los trabajadores no era muy buena. O al menos eso creo ¿Que podia haber hecho yo? Negarme a realizar las horas extras porque me interesaban mas los 2mil euros de la ayuda que 100 euros en horas extras? Notificarle a la administracion que me iba a pasar sin saber realmente si lo iba a hacer (imaginad que las horas extras las hago en Marzo y luego el resto del año sigo normal, tendria que haber echado cuentas por anticipado....)? ¿Y si luego me hubieran bajado el sueldo o dejado de hacer horas extras.....tendria que haber vuelto a solicitar la ayuda? ¿Si la ayuda era mensual porque ahora para devolverla se considera como una ayuda anual?

Me pongo en el caso de un comercial que tenga un sueldo base, pongamos 18mil, y que luego por cada venta tenga un complemto que depende del humor del jefe. ¿Tiene que estar echando cuentas de cuanto puede vender para no pasarse de esos 22mil? ¿Tiene que llegar a un acuerdo con su jefe para trucar las cuentas y poder recibir la ayuda?

Entiendo que haya gente en peor situacion cobrando auntenticas miserias y que necesiten esa ayuda mas que yo. Pero yo cumpli en su momento los requisitos para que me fuera concedida la ayuda y si gane de mas no fue porque me subieran el sueldo o tuviese una segunda fuente de ingresos, sino proque trabaje lo que me pedieron en mi empresa, ni mas ni menos.

Por no hablar de que para los que vivimos en Madrid, esa ayuda era muy beneficiosa ya que aqui pocas habitaciones puedes pagar por menos de 300 euros al mes (contando gastos)

En fin, creo qeu la administracion deberia de estudiar cada caso por separado y antes de emitir la carta de devolucion y causar todos los transtornos que eso implica estudiando muy mucho el caso de cada uno.

Saludos!
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