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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

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kaiser77
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Vie Ene 31, 2014 2:25 pm
Reputación del mensaje :100% (1 voto)
Por mi experiencia con AAPPs, el mito ese del papel transpapelado es como el mito de las plazas dadas a dedo, todos sabemos que existe por un amigo del tio del cuñado del hijo del perro de su gato... es decir, nadie sabe con datos reales o pruebas si es verdad más allá del rumor o de lo mal que te caiga ese. No digo que las AAPP sean perfectas, pero puedo asegurar que se pierde muy poco y más bien nada sin querer sobre todo por el marrón que le cae al que sea. Por lo que ese plan, es muy malo.

En este hilo hay alguno que ha ganado con sentencias firmes, aunque como todo depende del juez y de tu abogado. Necesitas a abogados que hayan currado de y con esto y que sepa por donde "mea el enfermo".
La base del caso por lo que dijo algún abogado de aquí es: "Error provocado con mala intención" vs "Lo que pone en la ley". Todo se basa en eso. Normalmente esto es raro que vaya al TSP, los servicios jurídicos estan colapsados y cada vez hay menos gente y están más puteados, por lo que se intenta llevar lo mínimo. Además hay que ver una cosa muy simple, se sabe que el 80-90% de la gente paga justo después de ladrar en el bar, apenas otro 8% responde, y menos del 1% va a los tribunales (esto es válido para todo lo que sea quejarse como las timofonicas).

Si te ríes con esa, como vieras mis resoluciones cuando me dijeron que tenía que pagar 3000€ más en impuestos porque mi piso valía el doble, si que te ibas a reír.
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Vie Ene 31, 2014 4:14 pm
nada, creo que lo que voy a hacer es tirar pa ´lante. Asique, si algún abogado de Asturias es asiduo al foro, que se ponga en contacto conmigo. Algo tan evidente... supongo yo que no haya que dar muchas vueltas.

Pasa que igual me meto en mil o dos mil euros...no?? alguien ha ido a juicio???
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Joanb
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Buenas

Vie Ene 31, 2014 8:37 pm
Hola a todos, a mi también me ha llegado la carta. No sé si se ha dado algún caso como el mío pero en Julio del 2011 se me acababa la ayuda porque cumplía los 30 años. El caso es que justo ese año me pasé 120 euros, pero claro yo supuse que habiendo cobrado solo 7 meses, no pasaría de los 22.000, pues nada, que es el año completo aunque solo hayas cobrado la mitad.

Yo la verdad es que no le veo lógica alguna.
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Alguien
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Sáb Feb 01, 2014 6:25 pm
Reputación del mensaje :100% (2 votos)
Joana, yo creo que tu caso, si es tal y como lo cuentas, es posible que te salves. Te han mandado una carta precisamente para que te "defiendas". Yo en tu caso haría un escrito de alegaciones aportando todas las nóminas del año y cualquier otra cosa que hayas cobrado las cuales deben de sumar 22.000 y pico. Y ese importe debe ser el mismo de la casilla 009 (creo que es esa) de tu declaración de la renta del año en cuestión,

Después tienes que sumar tus ingresos brutos desde enero hasta julio fecha en que cumpliste 30años.

Si consigues acreditar que hasta el 31 de julio ganaste menos de 12833€. Que es el resultado de proporcionar 22000 €.

22000/12=1833,33 importe máximo mensual. Multiplicado por 7 meses 12833€. Si hasta el 31 de julio ganaste menos de esa cifra deberían admitirte las alegaciones pues tu cumplías requisitos.

También puedes aportar nuevo contrato de trabajo (caso de que ascendieras después de dejar de recibir la RBE).

Suerte con las sumassss
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Joanb
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 03, 2014 8:44 pm
Hola Alguien,

Rectifico, aún no he recibido la carta, lo que recibí es el SMS, estoy a la espera de la carta.

Llamé a Madrid y les conté el caso. Fui cobrando la RBE sin problemas porque ningún año me pasé, y en el 2011 se me acabó en Julio por cumplir 30. Yo me desentendí completamente, y a final de año resulta que me pasé 120 euros. Pues me dicen que no, que tengo que devolverlo, que es el año completo. Y les comenté eso, que vale, pero que yo sólo cobré siete meses, que en un principio debería ser la parte proporcional, que esa parte proporcional tampoco la paso, ya que los ingresos gordos son los últimos dos meses. Pues la chica me dijo que no, que contaba todo el año.

La verdad es que no me fío, debería consultarlo con algún abogado que sepa y que me asesore, porque no es normal tener que devolver siete meses más supongo impuestos de demora y toda la pesca...
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kaiser77
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 03, 2014 8:54 pm
Joanb escribió:Hola Alguien,

Rectifico, aún no he recibido la carta, lo que recibí es el SMS, estoy a la espera de la carta.

Llamé a Madrid y les conté el caso. Fui cobrando la RBE sin problemas porque ningún año me pasé, y en el 2011 se me acabó en Julio por cumplir 30. Yo me desentendí completamente, y a final de año resulta que me pasé 120 euros. Pues me dicen que no, que tengo que devolverlo, que es el año completo. Y les comenté eso, que vale, pero que yo sólo cobré siete meses, que en un principio debería ser la parte proporcional, que esa parte proporcional tampoco la paso, ya que los ingresos gordos son los últimos dos meses. Pues la chica me dijo que no, que contaba todo el año.

La verdad es que no me fío, debería consultarlo con algún abogado que sepa y que me asesore, porque no es normal tener que devolver siete meses más supongo impuestos de demora y toda la pesca...

Eso tenlo por seguro, no se devuelve un mes, todo de una vez. Yo lo pregunte y me dijeron que la ley era así y punto.
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Alguien
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Feb 03, 2014 9:41 pm
Reputación del mensaje :100% (1 voto)
Yo creo que tienes posibilidades. Consúltalo bien, es cierto que hay que devolver el año entero, si uno incumple requisitos el año entero. Pero si tu cumplías requisitos a 31 de julio, pues cumples y eso es lo que tienes que acreditar.

Suerte.
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uli
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Feb 12, 2014 11:29 pm
a veces da rabia haber pedido la ayuda por cosas como estas que contáis
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kaiser77
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Mar Feb 18, 2014 9:55 pm
Reputación del mensaje :100% (1 voto)
A mi ya me llego la carta y me han que a pagar... a buenas horas pedí algo que luego me quitarían. Ya me pude al menos haber esperado a Enero del año siguiente.
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kronen
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Mar Mar 04, 2014 3:20 pm
Buenos dias el otro día me entere que tenia una notificación en hacienda al recogerla resulta que es una reclamación de rbe, por lo visto me reclaman tres meses de 2010 por superar ingresos. Resulta que hice la renta conjunta y por ese motivo sobrepasan los 22000 pero mi aportación si esta muy por debajo de los 22000. Por otro lado al cambiar varias veces de domicilio desde vivienda me han intentado localizar en la antigua dirección así que ellos han cerrado expediente como moroso y lo han pasado a hacienda. Esta me reclama ahora el importe y no se presentar para alegar que es todo un error y que no tengo culpa de que me intentaran localizar donde no toca
Alguna idea???
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ankbass
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Mar 05, 2014 10:00 am
Hacía tiempo que no me pasaba por aquí pero veo que todo sigue igual.
Yo llevo con la ayuda retenida por incidencia desde octubre de 2012. Superé el límite de ingresos en 2010, por suerte solo cobré un mes ese año. Me informaron de la incidencia mediante un sms, y me dijeron que me tendría que llegar la carta para las alegaciones y todo eso, pero no ha llegado. He llamado a Junta de Castilla y León y Ministerio, he mandado cartas y he registrado escritos para que me solucionen esto, me han llegado a llamar desde el ministerio para que solucionase la incidencia poniéndome en contacto con la Junta... He removido todo lo que he podido sin volverme loco.
La sorpresa me la acabo de llevar cuando tras consultar al 012 ayer, me han llamado esta mñana de la Junta y una señorita me ha explicado muy amablemente que no tengo forma alguna reclamar la carta de pago porque Junta y Ministerio no se ponen de acuerdo en como se debe hace esto. Así de claro y así de crudo. Que lo único que puedo hacer es sentarme a esperar y que es probable que incluso den por derogada la RBE (más aún) y ni siquiera se paguen las cantidades pendientes.
Me acaban de dejar flipando.
Si alguien conoce algún modo de poner una queja formal o similar a la adminsitración para que me solucionen esto estaría agradecido. Ya no sé qué coño más puedo hacer.
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Alguien
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Mar 05, 2014 5:08 pm
Reputación del mensaje :50% (2 votos)
Presenta un escrito con registro de entrada a la CCAA pues son los competentes para revocar el año 2010. Pon que quieres devolver lo cobrado en 2010 y que renuncias a hacer alegaciones. Si no te envían nada lo reenvias al Ministerio para que les recuerden a la CCAA lo que tienen que hacer y sino te hacen caso al Defensor del pueblo. No se si será tu caso pero tienes que saber que si en 2011 12 y 13 no te has pasado de ingresos tienes derecho a cobrar los pagos retenidos eso si siempre que devuelvas 2010.
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benoitpalma
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Mar 05, 2014 5:22 pm
Reputación del mensaje :100% (1 voto)
Buenas tardes a tod@s,

Primero de todo, agradeceros a todos la aportación. Llevo un año siguiendo cualquier comentario (desde que recibí el SMS) y hoy me decido a aportar.
El 01 de marzo, ya salí en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Ayer fui al IBAVI, y pregunté por las posibles alegaciones.
En pocas palabras, me dijeron que las presentara, pero que tenía poca esperanza.
En mi caso, lo que más rabia me da es que me di cuenta que había pasado de los 22 000€, que fui al ibavi y que ellos me dijeron que no me preocupara, que si la agencia tributaria no había dicho nada, que no pasaba nada.

En fin, ni ellos sabían lo que tenían que decir.

Ayer, tras redactar mis alegaciones, me entró "rabieta" y me dio por publicar un escrito en Tumblr (quien lo quiera leer es este enlace http://goo.gl/EfnfYU ) y les pedí a varios periodistas en Twitter que dieran a conocer mi caso y el de más gente (@benoitpalma para los que quieran ver lo que puse).

Pues bien, hoy me han llegado peticiones de información y una petición de entrevista de parte de Onda Cero.

Estoy pendiente de que me llamen, pero estoy "acojonaito" y avergonzado porque nunca iba a pensar que mi "pataleta" iba a hacer ruido.

Os mantengo informado. Personalmente, la única esperanza que tengo es que llegue a oídos de nuestros dirigentes, y que se les caiga la cara de vergüenza y echen para atrás el reembolso de la ayuda.

Tengo poca fe, pero algo habrá que hacer, ¿no?

Saludos a todos!!!
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benoitpalma
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Mar 06, 2014 12:49 pm
Hola a todos,

Hoy ya he ido a entregar mis alegaciones en el Ibavi. Respuesta del funcionario cuando le he preguntado qué plazo tenían para contestar: "cuando contesten.".

¡Tócate los coj***s!

Por cierto, informaros también que me acaba de contactar la Cope para concertar una entrevista.
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laila29
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Mar 06, 2014 12:58 pm
avisa cuando sea para escucharla y mete caña!!!!
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ankbass
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Mar 06, 2014 3:57 pm
Alguien escribió:Presenta un escrito con registro de entrada a la CCAA pues son los competentes para revocar el año 2010. Pon que quieres devolver lo cobrado en 2010 y que renuncias a hacer alegaciones. Si no te envían nada lo reenvias al Ministerio para que les recuerden a la CCAA lo que tienen que hacer y sino te hacen caso al Defensor del pueblo. No se si será tu caso pero tienes que saber que si en 2011 12 y 13 no te has pasado de ingresos tienes derecho a cobrar los pagos retenidos eso si siempre que devuelvas 2010.
Todo esto lo he hecho ya. La CCAA siempre da largas diciendo que como la pasta es del ministerio ellos me tienen que dar la carta. Los de fomento dicen que la CCAA es la que gestiona, que tienen que ser la CCAA. Me llegaron a mandar por carta 3 folios de artículos de la ley donde hacían referencia a que la CCAA tiene la competencia, ese mismo escrito se lo volví a mandar a la CCAA por medio del registro, pero nanai. Ni contestan. Esta semana mandé un correo a lo del Defensor del Pueblo, a ver si cuela.
Seguiré registrando escritos y removiendo lo que pueda, pero la verdad cada día tengo menos esperanza. Ya sé que como en los años siguientes he cumplido tengo derecho a cobrarlo, y llevo un buen montante acumulado ya.
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benoitpalma
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Mar 10, 2014 11:18 am
laila29 escribió:avisa cuando sea para escucharla y mete caña!!!!

Al final, salgo hoy en Cope Mallorca a las 12h30 aproximadamente. Qué nervios! A ver si nos escuchan algún sinvergüenza de los que hicieron la ley y nos piden que la devolvamos y cambian de opinión.

Os dejo el vínculo del audio, es en el minuto 27:

http://www.cope.es/index.jsp?seccion=1724&idioma=es_ES&activo=9&id=2014031013480002
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lavilla
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Sáb Mar 15, 2014 12:58 pm
a mi me reclaman todo 2012, si alguno consigue no pagarlo que diga como lo ha hecho pls, no se como voy a pagarlo si tengo que devolverlo
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benoitpalma
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Petición creada

Lun Mar 31, 2014 2:06 pm
Buenos días a tod@s,

Después de unos días de inactividad, vuelvo a la carga con este tema. Acabo de crear la siguiente petición:

http://www.change.org/es/peticiones/ministerio-de-fomento-y-las-oficinas-auton%C3%B3micas-de-vivienda-paralizar-y-anular-el-proceso-de-reintegro-de-la-renta-b%C3%A1sica-de-emancipaci%C3%B3n-por-haber-superado-los-22-000-anuales-pese-a-su-previa-concesi%C3%B3n?utm_source=guides&utm_medium=email&utm_campaign=petition_created

A ver si conseguimos firmas y podemos paralizar todo esto. La he creado porque no he visto ninguna similar (al menos ninguna a nivel estatal) Por favor, si ya existe, avisadme y anulo esta.

Saludos!
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cri cri
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty retribuciones en especie cuentan?

Mar Abr 01, 2014 12:17 pm
Hola gente,
Tengo una duda, he pedido el borrador de la renta de 2013, y este año me salen unas retribuciones en especie que el año pasado no me salían, no se si es cosa de mi empresa, o es que han cambiado algo.

El caso es que en retribución dineraria incluida en nomina, no me he pasado por muy poco de los 22.000 ya que el año pasado me subieron el sueldo, pero hice cálculos, y lo que es dinero bruto en nomina haciendo la parte proporcional de todo el año no me pasaba , por lo que cancele la ayuda, pero a fecha 31 de diciembre.

El caso es que he visto que me indica que la retribución dineraria es menos de 22.000 pero luego me sale una retribución en especie de no llega a 100 € que hace que me pase por muy, muy poco….. (tengo cheques de comida y seguro medico) pero que yo sepa estas cosas empiezan a tributar para este año…

Tengo miedo de que me pidan ahora devolver todo el 2013, por solo pasarme 50 €  ¿sabéis si esas retribuciones en especie cuentan para el cálculo de los 22.000 €? Estoy acojonada…
A alguien le ha pasado? En que casilla me tengo que fijar para saber si realmente me he pasado o no?

Muchas gracias por vuestra ayuda.
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jorgito_
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Mar Abr 01, 2014 12:43 pm
Benoit, es buena idea, te aconsejo que abras un nuevo hilo con el mensaje y el link a las firmas para que sea más visible
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Mau
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Miér Abr 02, 2014 4:40 pm
Cri Cri, te cuento mi experiencia.

Según tengo entendido, tienes que sumar el total de los apartados Rendimientos del trabajo y el total de Rendimientos del capital mobiliario. Yo en 2012 estuve a punto de pasarme, y en 2013 me he pasado en los 22.000€, por lo que tengo que devolver la RBE de 2013.

Ya sabía que me iba a pasar por poco, así que solicité por adelantado este enero devolver la RBE de 2013 para que así no tuviera que tributar por los importes de la ayuda (que tributan en la renta). Para solicitar la devolución fui a la entidad responsable de mi Comunidad Autónoma (Andalucía) y comuniqué el hecho; en el mismo impreso de solicitud que te dan solicité carta de pago de las cantidades recibidas (te recomiendo hacer la entrega de la solicitud por el Registro que haya allí, ya que te sellan la solicitud).

Luego fotocopié a color esa solicitud sellada, redacté escrito firmado solicitando lo mismo y mandé ambos documentos al Ministerio de Vivienda. Hice esto, ya que sabiendo que me va a tocar devolver el dinero, al menos que no me cobren los intereses dentro de 2/3 años cuando revisen los expedientes RBE.

P.D. Me pusieron muchas pegas los funcionarios de la Comunidad Andaluza, dándome largas diciendo que no pasaba nada si me había pasado, que ya me lo pedirían, etc. Pero al final presenté la solicitud. Si al final te pide el dinero el Ministerio te los va a pedir con intereses, y es un pico.

Saludos y suerte!
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zarkos
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Abr 03, 2014 5:14 pm
Buenas.

Voy a intentar resumir al máximo. Solicité una ayuda en Julio de 2008 en una vivienda y comencé a cobrarla. En 2010 me cambié de piso, la volví a solicitar y me la aprobaron pero no comenzaron a pagarme nunca porque en 2008 supere por 120€ el limite de los 22.000€

El caso es que me deben todos esos meses que he pagado religiosamente ya que nunca más he vuelto a superar el tope máximo, y aún habiendo puesto una reclamación en 2010 y otra en 2013, solicitando que se me deduzca la cantidad que recibí en 2008 nunca me contestaron.

Hoy recibo una carta certificada donde me dicen que tengo que pagar los meses de 2008 que recibí más intereses, 1260€ mas unos 400€ de intereses. He ido al instituto de la vivienda de mi comunidad, y no saben darme una respuesta, lo logíco sería ya que si ellos me deben a mi unos 6.000€, que resten los 1700€ que me pegaron en 2008 cuando me pasé del tope.

Ahora no se si debería pagarlos para intentar cobrar todo lo que me deben, si no pagar porque tengo dudas de que estén pagando lo atrasado...

Hablamos de que me van dejar de pagar más de 4.000€ y no se que hacer...
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laila29
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Abr 14, 2014 6:42 pm
hola zarkos,

yo desde luego no pagaría nada hasta que no me pagasen ellos lo que me deben
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torrente18
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Reclamacion de la renta 2010 en la 2014

Vie Abr 25, 2014 12:59 pm
Buenas a todos yo soy otro de los damnificados, debo un año entero mas intereses, dado que ya estas mas que jo...dos alguno ha conseguido reclamar que le devuelvan lo que perdió en la declaración de hacienda del año que cobro la prestación? He leído un comentario que decía que al ir a reclamarlo le dijeron que ya no se podía que lo tenia que meter en la próximo declaración como que perdidas patrimoniales haciendo constar el importe de lo que nos toque devolver como si fuera una multa....que porcentaje creéis que se puede recuperar?..alguien esta mas puesto al día? Un saludo
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 19 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

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