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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

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zoe
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty He recibido tu mail MAMBA!!

Jue Jun 02, 2011 1:37 pm
Hola Mamba!
Muchas gracias por tu escrito, lo estoy adaptando tb a mi caso y espero que me funcione, pq vaya faena lo que nos están haciendo a todos.
Cualquier cosa os voy contando.

Muchas gracias por compartirlo.

Saludos
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rojiss
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Jun 02, 2011 5:40 pm
mamba83 escribió:hola!

si quieres que te mande el escrito que yo preparé, dejame tu correo electrónico y te lo envío para que eches un vistazo, aunque no sé si te servirá de mucho...

un saludo

me lo podrias mandar a mi tambien haber si me puede servir? vamosconlafresca@hotmail.com
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letycc19
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty De nuevo el mensaje

Jue Jun 02, 2011 6:06 pm
He recibido de nuevo un mensaje,de que tengo una incidencia,y verificacion de pago,algo así,asique imagino que en breve recibiré la resolucion
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letycc19
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Ah

Jue Jun 02, 2011 6:09 pm
Pues yo no he alegado nada....porque sobrepaso los límites pero por lo que he leído da igual que sean por extras..en fin..
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letycc19
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty que lio

Vie Jun 03, 2011 10:31 am
Ahora resulta que la incidencia es que me deben dos meses!!! me voy ahora mismo a darme de baja!
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Xalem
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Al final...

Vie Jun 03, 2011 12:12 pm
Buenos dias a todos,
ya he hecho los recados.
1- He ido a la oficina del abogado (consumidores) y me ha pedido, que les pida las cantidades que solicitan y ponga una hoja de reclamaciones, diciendo que no estoy deacuerdo y voy alegar.
2- He ido a la oficina que lleva las reclamaciones de la devolución de la ayuda, y al decirles que voy alegar me han pasado amablemente a una oficina para ver que se me reclama. Aunque en la carta dice ejercicio 2008/2009, solo me piden lo que cobre el 2008, unos 980€ mas, menos.
Me confirman, que ahora lo único que podría alegar, sería si mi declaración del 2008 fuera inferior a 22.000€. Además me han dicho que va para largo, que hasta que me piden que devuelva ese dinero, faltan minimo 2 cartas más, y que claro con el verano por medio...
Que cuando reciba la carta final de pago, puedo alegar, bien sea por los intereses que me piden o para intentar solitar el abono en plazos. Pero se pueden presentar alegaciones sobre las cantidades a devolver a posterior, ya que la primera carta solo notifica que te has pasado de 22.000€.( ni cantidades, ni % de intereses)
Y por último, me han comentado que mucha gente se ha excedido de ese límite, pero que si no les dan orden de reclamarselo, no se lo están pidiendo.
Así que ya sabeis, si habeis recibido la carta, que os informen que años realmente os piden o que cantidades aproximadamente.
Espero haberos ayudado un poquito con las dudas, un saludo y animos a todos!
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letycc19
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty alegaciones

Dom Jun 05, 2011 8:05 pm
Por favor me podéis pasar vuestro modelo de alegación?? me he decidido a presentarlo.
El viernes fui a vivienda a darme de baja y me recomendaron hacerlo,por si el que lo leia era benévolo y quisiera quitar el interés.Gracias!!!
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letycc1986
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty pero

Dom Jun 05, 2011 8:11 pm
cuántas cartas has recibido? yo sólo una,en la cuál pone que si transcurrido los 3 meses no eh recibido notificación alguna,todo el proceso preescribe y no podrán reclamarme nada..y ya han pasado dos meses...aunque cuento con el pago,el caso es que a mí no me han dicho lo que debo ni nada,donde te lo han dicho? fui a vivienda poer sólo me dí de baja,no me informaron d enada más pues no sabían..
De quién depende qué pdan el dnero?



Xalem escribió:Buenos dias a todos,
ya he hecho los recados.
1- He ido a la oficina del abogado (consumidores) y me ha pedido, que les pida las cantidades que solicitan y ponga una hoja de reclamaciones, diciendo que no estoy deacuerdo y voy alegar.
2- He ido a la oficina que lleva las reclamaciones de la devolución de la ayuda, y al decirles que voy alegar me han pasado amablemente a una oficina para ver que se me reclama. Aunque en la carta dice ejercicio 2008/2009, solo me piden lo que cobre el 2008, unos 980€ mas, menos.
Me confirman, que ahora lo único que podría alegar, sería si mi declaración del 2008 fuera inferior a 22.000€. Además me han dicho que va para largo, que hasta que me piden que devuelva ese dinero, faltan minimo 2 cartas más, y que claro con el verano por medio...
Que cuando reciba la carta final de pago, puedo alegar, bien sea por los intereses que me piden o para intentar solitar el abono en plazos. Pero se pueden presentar alegaciones sobre las cantidades a devolver a posterior, ya que la primera carta solo notifica que te has pasado de 22.000€.( ni cantidades, ni % de intereses)
Y por último, me han comentado que mucha gente se ha excedido de ese límite, pero que si no les dan orden de reclamarselo, no se lo están pidiendo.
Así que ya sabeis, si habeis recibido la carta, que os informen que años realmente os piden o que cantidades aproximadamente.
Espero haberos ayudado un poquito con las dudas, un saludo y animos a todos!
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letycc1986
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty dejo mi e-mail

Lun Jun 06, 2011 11:40 am
Por si pudiérais enviarme la alegación vuestra,para tener más o menos una idea.Gracias!

Letycc_86@hotmail.com
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timada
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty algun afectado de castilla leon por superar ingresos RBE?

Lun Jun 06, 2011 10:37 pm
Ya veo que mi caso no es único. Recibí seis meses la ayuda al alquiler en 2009,y me comunicaron que se extinguió el derecho por cumplir los 30. Hasta ahi bien.(aunque cobre tarde mal y nunca, todo sea dicho). Ahora me mandan un sms de que en 2009 supere los ingresos y se suspende cautelarmente mi ayuda (está archivada desde hace dos años!!!!). Al final del 2009 sí q había superado los iingresos, pero soy interina, no sé el tiempo q voy a trabajar, así que cuando cumplí los 30 y se archivó el expediente todavia no sabía si iba a trabajar o no.
En fin, esto es un desproposito, no he recibido aún carta, pero supongo que esta al caer. Por favor, alguien de CASTILLA Y LEON que le hayan mandado el mensaje y sepa cómo va el tema en esta comunidad??????Y me diga si ha recibido ya carta o se ha informado..lo agradecería mucho.
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TIMADA
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Jun 09, 2011 6:58 pm
Por si hay alguien de castilla y león afectado en el foro, hoy me han dicho en la junta que todavía no se han mandado las cartas requiriendo el pago en esta comunidad. También decir que después de llamar a cuatro o cinco teléfonos (ninguno gratuito , por cierto) no han sabido darme ninguna información sobre cuál es exactamente la sanción que tienes que abonar junto con el total de la ayuda recibida. Nadie sabe cuánto es el interés de demora que se aplica en estos casos.
Si alguien que ya haya sido requerido me puede decir que porcentaje o cantidad por demora te piden, lo agradecezco, visto que en la admon nadie lo sabe (increible, como todo el proceso en general).
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marions
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty paso de 22.000

Vie Jun 10, 2011 11:52 am
Hola,
Explico primero mi caso, que es parecido a los demás.
Yo presenté la RBE en marzo del 2008 y la estube cobrando (con retrasos y sin intereses) hasta marzo del 2009 que cumplí los 30.
En agosto del 2010 recibí una carta certificada que me informaban que en el 2008 habia superado el límite de 22.000, es cierto que cambié de trabajo en octubre y entre indemnización y nuevo sueldo me pasé y no lo comuniqué però aun así Adigsa en Cataluña me recomendó presentar alegaciones ya que cuando solicité la RBE cumplia los requisitos y hasta el octubre así fué. Lo presenté y les conté mi historia.
En marzo del 2011 recibo un sms que me dice que hay una incidencia y que me conecte a rbe.vivienda.es con una contraseña. Allí me dicen que me ponga en contacto con mi comunidad para presentar alegaciones. Lo hago, otra vez en Adigsa, les explico que yo ya he presentado alegaciones y me dicen que ellos no saben que más, que llame al ministerio y que después les llame para contarlo ya que no saben que esta pasando. EN el ministerio me dicen que mande una carta explicandolo y en Adigsa me dicen que creen que no saben que decirme pero que esta carta se va a perder en la inmensidad, que segun ellos debo esperar. Mi angustia es que me claben los puñeteros intereses de demora y a la vez mi alucinamiento y cabreo por la incompetencia del ministerio va en augmento!!!!!!!!!
Alguien esta en esta situación? Alguien sabe que hacer?
Gràcias
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patricia
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Jul 11, 2011 6:34 pm
Hola chic@s, no cuento mi caso xq es l mismo q el vuestro, me piden las ayudas del 2008, a estas alturas! Alguien que ya las haya pagado? Yo hoy he recibido la carta para que presente las alegaciones q quiera en 15 días. He leído que nos la reclaman a 8000 españoles... Soy de Zaragoza y las veces q h ido a preguntar a vivienda tb m han atendido fatal. Contad cm vais cn los tramites y si a alguien ya le ha llegado la carta de pago x favor...
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rbe
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty ¿Pero alguien ha devuelto algo?

Miér Jul 13, 2011 6:58 pm
Hola a todos/as,

espero no repetirme mucho. A mí me mandaron la famosa carta de que había sobrepasado el límite en 2008 y que tenía 15 días para alegar. Concretamente yo me pasaba por 100 euros, es decir, 22.100, todo por unos extras en diciembre. Esto que os digo lo alegué en su momento y todavía no he recibido nada y eso que alegué en septiembre de 2010. Todo esto en la Comunidad de Madrid.

Está claro que muchos de nosotros han alegado porque hay algunos que se han pasado por 10 euros, otros por 20, otros 70 yo por 100 y creemos que tenemos razón. Otra cosa es pasarse por miles de euros (aunque si son porque te han despedido y te dan el finiquito no es lo mismo!!).

Mi pregunta es, ¿hay alguien que realmente haya devuelto el dinero y que le hayan dicho la cantidad a devolver? Es decir, si han devuelto 2008, 2009 y 2010, o sólo el año en que sobrepasaron el límite.

Saludos y animo a todos!!
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beatrizbbb
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Gran ayuda

Miér Jul 27, 2011 9:30 pm
Gracias por sus mensajes, me son de mucha ayuda.
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Rsp
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty dos cuestiones importantes

Jue Jul 28, 2011 5:35 pm
buenas tardes,

Hay dos cuestiones que no me quedan claras, y sobre las que he encontrado información contradictoria. Os cuento, a ver si alguien tiene una respuesta, o experiencia sobre esto.

1- Computa la propia RBE como ingresos (dentro de los famosos 22000)?- A pesar de que yo había leido que no, la respuesta del Ministerio de Vivienda y de la Comunidad de Madrid (que hasta hoy decía otra cosa) es que SÍ.

2- La carta anunciando la suspensión cautelar de la renta, supone la baja de la RBE? - La respuesta parece ser que NO. Así que un consejo: cuando os llegue la carta, aunque la Comunidad Autonoma de turno os diga que no tenéis que hacer nada más que esperar la carta de pago (práctica de Madrid), hay que darla de baja (no vaya a ser que sigan corriendo los intereses...)

El punto de los intereses no me queda nada claro. En la Comunidad de Madrid dicen que únicamente se devengan por el tiempo en el que se cobró la renta indebidamente -hasta su suspensión-, pero no sé por qué, eso no me cuadra mucho.

Alguien ha conseguido "regularizar la situación"? Alguién ha recibido la famosa "carta de pago" en Madrid? como narices se calculan esos intereses de demora?

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feiblada
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Mar Ago 23, 2011 6:15 pm
Hola a todos. ¿Os importaría pasarme el modelo de carta de alegaciones? Gracias, tengo hasta el viernes para presentarlo
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mafian
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Sep 12, 2011 10:35 pm
Buenas noches.
Os explico a modo de resumen mi caso. Tengo la concesión de la RBE desde Agosto de 2009, y a partir de Marzo de este mes he dejado de percibirla. En Agosto me dirigí a la Oficina de RBE de Sevilla y me notificaron que habia una incidencia abierta porque habia superado la cantidad de los 22000 € anuales. Ha pasado un mes, y no me lo han notificado ni por SMS ni me ha llegado la carta. Según he leido, el procedimiento para evitar pagar los intereses de demora es renunciar a la ayuda en el momento en el que cobras más del límite. En mi caso, no fue asi, y fueron ellos quiénes me suprimieron los pagos. Entiendo así, que tendré que pagar la cantidad de los intereses de demora? Según he leido, son el 5% sobre el montante de la devolución, ¿podéis confirmármelo por favor? También estoy interesada en saber cuantos plazos como máximo tenemos para devolverlo.

Muchas gracias por vuestras respuestas.

Un saludo.
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P
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Dom Sep 18, 2011 2:10 am
Hola a todos! Hay alguien que hay recibido ya la carta en la que comuniquen la cantidad exacta a devolver, los intereses y el modo de proceder?

Todos hablamos de las cartas recibidas... Pero hay alguien que ya haya devuelto el dinero? Yo soy de Bizkaia, y al igual que muchos recibí la carta en Mayo, la recurrí pero no sirvió de nada, me contestan que tengo que pagar, pero no sé ni la cantidad exacta, ni los intereses ni los plazos ni nada!

Un saludo y mucho ánimo a todos!
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letycc19
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty seguimos igual

Mar Oct 04, 2011 1:33 pm
De momento no hay noticias de nada...hace ya meses recibi la notificación,hice un escrito,y bueno d emomento no se sabe nada..queda por saber cantidad ,plazos..etc...
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ANA
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Devolucion en Cataluña

Vie Oct 07, 2011 11:38 pm
Hola a todos,
.
quería saber si alguien de Catalunya ha recibido la carta para la devolución de la ayuda. Estoy preocupada porque he cambiado de dirección... y aunque lo comuniqué me da miedo que no llegue y me embarguen la nómina o algo así..........

Gracias.
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LuisQnk
Invitado

Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Caso ganado Devolución RBE en Contencioso

Vie Nov 18, 2011 7:19 pm
Hola a todos, mi caso es similar al vuestro, solicité la ayuda en 2008 y me la concedieron si problemas. Me cambiaron las circunstancias y sin acordarme de los famosos 22000€ pasó el año. Ya en 2010, me hicieron la revisión de hacienda famosa, que muchos estais pasando ahora, y entiendo vuestra indignación y miedo, me pidieron devoverlo todo ¡¡Y CON INTERESES DE DEMORA¡¡. Me mandaron la carta para ver si quería alegar y obviamente lo hice asesorado de mi abogada, aunque sin muchas esperanzas, sólo con la esperanza de que en el procedimiento hubiera algún despiste de los funcionarios y me pudiera salvar.

Asi que para formular las alegaciónes pregunté, para poder ponerme en contacto con algún abogado y dí creo que con la,mejor. Os dejo el nombre y la forma de contactar, que hemos ganado en el Juzgado de lo Contencioso y nos enviaron la sentencia del Juzgado, menos mal, si no menuda púa.

Se llama Pilar Herráiz Sanz, podeis llamarla al número 610954770 es de Madrid, aunque podría llevar casos por toda España.

Me llevó el caso desde el principio, me realizó las alegaciones en mi caso a la Consejería de Vivienda, donde obviamente me las desestimaron (están deseando pillar pasta de donde sea). Puesto que me lo denegaron fuimos al contencioso,nos dieron el señalamiento a finales de verano de este año, mientras mi abogada me fué pidiendo documentación, para ver por qué camino podríamos ganar el juicio. Me mantenía informado en todo momento, me asesoraba si me llegaba algún nuevo documento y estábamos en contacto permanentemente. De trato claro, y amable, ¡¡es un crack¡¡, en el juico fué implacable. Fácil no ha sido, pero le dió la vuelta a la tortilla de tal manera, que el juéz hechó para atrás todo lo expuesto por la administración y nos dió la razón.

Si no os lo creis llamadla, no perdeis nada y puede ahorraros soltar mucha pasta.

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feiblada
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Lun Nov 21, 2011 7:30 pm
Me acaba de llegar una carta con la revocación del derecho a la renta básica de emancipación , y la verdad, no me aclara nada el asunto.

Me pone que realizadas las comprobaciones, "SUS INGRESOS BRUTOS ANUALES HAN EXCEDIDO EL LIMITE LEGAL ESTABLECIDO Y SE HA COMUNICADO INMEDIATAMENTE (CUMPLIENDO CON LA OBLIGACIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 3.4 DEL RD 1472/2007)

Y resuelve:
"La revocación del derecho a la Renta Básica de Emancipación del interesado con efectos en el periodo comprendido..."
"Si de la fecha de efectos económicos de la revocación del derecho o de las causas que motivan esta resolución , se deriva la existencia de ayudas indebidamente percibidas, se tramitara un expediente de reintegro con las garantías de procedimiento establecidas en la ley 38/2008...., que en su caso, sera notificado con la propuesta de liquidación a efectos de su ingreso o la presentación de documentos y alegaciones que el interesado estime oportuno antes de dictarse la resolución con la liquidación definitiva "
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LuisQnk
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Jue Nov 24, 2011 12:00 pm
Feiblada te aconsejaría que le dieras un toque a la que fué mi abogada por el mismo caso que te pasa a ti, Pilar Herráiz Sanz, su número 610954770, es de Madrid. Habla con ella.

Ganamos el asunto en el Contencioso, lo planteó de tal manera que el Juez nos dio la razón en todo.

Suerte, pero que sepas que se puede ganar. Repito lo mismo que en el primer post que publiqué, ésta abogada me ha ahorrado tener que devolver las ayudas. Es un crack
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feiblada
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Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda? - Página 4 Empty Re: Incidencia límite de ingresos superado. ¿Hay que devolver la ayuda?

Vie Nov 25, 2011 8:19 am
LuisQnk escribió:Feiblada te aconsejaría que le dieras un toque a la que fué mi abogada por el mismo caso que te pasa a ti, Pilar Herráiz Sanz, su número 610954770, es de Madrid. Habla con ella.

Ganamos el asunto en el Contencioso, lo planteó de tal manera que el Juez nos dio la razón en todo.

Suerte, pero que sepas que se puede ganar. Repito lo mismo que en el primer post que publiqué, ésta abogada me ha ahorrado tener que devolver las ayudas. Es un crack

Ok, pero cuanto cuesta la abogada?
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